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Blog Novedades tributarias

Las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018

Félix García

Doctor en Derecho. Ponente del TEAC

La Resolución de 8 de enero de 2018, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ha aprobado las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2018.

Aduana

Estas directrices giran en torno a cuatro grandes pilares:

1.- La prevención del fraude. Información y asistencia:

  • Nuevo modelo de asistencia al contribuyente.
  • La puesta en marcha del SII ha supuesto, desde el 1 de julio de 2017, la recepción de la información de los registros de facturación emitida y recibida de más de 50.000 empresas, que representan más del 80 % de la facturación global, y con un grado de proximidad temporal entre su entrada en las bases de datos de la Agencia Tributaria y la generación de las mismas, que supone un hito a destacar en el marco de las relaciones entre la Administración y los obligados tributarios.
  • Control del grupos multinacionales y grandes empresas.
  • Análisis patrimonial.
  • Ocultación de actividades empresariales o profesionales y uso abusivo de sociedades.
  • Análisis de nuevos modelos de negocio.

2.- La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

  • Control en los recintos aduaneros.
  • Actuaciones de comprobación y revaluación de las autorizaciones aduaneras.
  • Control del fraude aduanero, de los Impuestos Especiales y Medioambientales.

3.- El control del fraude en fase recaudatoria.

  • Adopción de derivaciones de responsabilidad.
  • Adopción de medidas cautelares.
  • Persecución del delito contra la Hacienda Pública y contrabando.
  • Control de deudores con incumplimiento sistemático de sus obligaciones fiscales (grandes deudores).
  • Seguimiento de insolvencias aparentes.

4.- La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

En el marco de los acuerdos adoptados en el seno del Consejo Superior y de los Consejos Territoriales para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, se potenciará los intercambios de información con trascendencia tributaria entre las Administraciones Tributarias del Estado y de las Comunidades Autónomas con la finalidad de incrementar la eficacia de la gestión tributaria, mejorar la asistencia a los contribuyentes y, singularmente, potenciar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida.

Así mismo, continuarán los intercambios de información sobre los datos censales más relevantes de los obligados tributarios a través del Censo Único Compartido, base de datos consolidada de información censal obtenida por las Administraciones Tributarias autonómicas y estatal.

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