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29/11/2025. 03:28:39
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Canal de denuncias y contratación pública: riesgos y consideraciones prácticas

Directora de equipo del departamento de Derecho Público. Baker McKenzie.

Asociada del departamento de Derecho Público. Baker McKenzie

Cualquier empresa que tenga un contrato público corre el riesgo de que alguno de sus empleados (o de los de sus subcontratistas) utilice el canal de denuncias para poner en conocimiento de la entidad del sector público determinadas infracciones

Ello se traduce en un mayor riesgo de que se les impongan penalidades, de que pueda resolverse el contrato por incumplimiento culpable o que se les apliquen prohibiciones de contratar

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (Ley) – también conocida como «Ley Whistleblowing»– que entró en vigor el pasado 13 de marzo de 2023, impone a determinadas entidades la obligación de establecer un sistema interno de información (comúnmente denominado canal de denuncias) y tiene, como finalidad última, la protección total de la persona denunciante. Las empresas y organismos obligados deberán cumplir con esta obligación a más tardar el 13 de junio de 2023, salvo los municipios de menos de 10.000 habitantes y las personas jurídicas con 249 trabajadores o menos, que tienen hasta el 1 de diciembre de 2023. Si la empresa u organismo ya cuenta con uno de estos mecanismos, deberá adaptarlo a la nueva Ley antes del 13 de septiembre de 2023.

Como vemos, esta obligación aplica tanto al sector privado como al público. En el presente artículo, ponemos el foco en los principales impactos que tendrá la Ley en la contratación del sector público y, en especial, sobre los contratistas y subcontratistas que operan en el mismo.

Así, la Ley obliga a disponer de un canal de denuncias interno a «todas las entidades que integran el sector público«, definiendo un ámbito subjetivo equiparable, en gran medida, al sector público definido en la actual Ley de Contratos del Sector Público. Asimismo, la Ley prevé que, mediante el canal de denuncias establecido, generalmente podrá denunciarse:

  • Cualquier infracción del Derecho de la UE que afecte a los intereses financieros de la Unión, al mercado interior, o sean irregularidades respecto al Derecho de la Unión en determinados sectores, entre los cuales, se incluye la «contratación pública».
  • Cualquier acción u omisión que pueda ser constitutiva de una infracción penal o administrativa grave o muy grave.

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