LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

29/03/2024. 01:24:17

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Acabando con la portabilidad y con los demonios (Historias del RGPD III)

Abogado, Mediador Civil y Mercantil y Delegado de Protección de Datos

Anticipábamos la tercera cuestión: ¿Y qué es eso del formato estructurado, de uso común y lectura mecánica? O dicho de otro modo, que cómo van a darme los datos si ejercito el derecho.

ratón ordenador

El significado de la expresión anterior es, a mi juicio, complejo para el profano (no tanto para el técnico), pero para comprenderla ha de irse a la esencia: ¿Qué se busca con la portabilidad? Como señalábamos en "De la portabilidad y  otros demonios", facilitar al usuario el intercambio o movilidad de sus datos, de modo que pueda reutilizarlos en otro contexto (por ejemplo, con otro proveedor de servicios) sin tener que partir de "cero" o sin tener que realizar un ingente esfuerzo de reconstrucción.

En consecuencia, el formato en el que me proporcionen los datos debe ser siempre compatible con dicha finalidad y por ello permitir una reutilización de los datos sin necesidad de ímprobos esfuerzos. El análisis detallado de la expresión mucho de sí daría desde un punto de vista técnico, pero poniéndonos en la piel del usuario quedémonos con la idea de que deben proporcionarle los datos de forma que pueda reutilizarlos con cierta facilidad.

¿Y quién decide si pueden reutilizarse con cierta facilidad? Bueno, en función de los sectores de actividad existirán probablemente formatos más o menos habituales. ¿Y si no existen? Pues existirán otros más universales.

Oigausté y si yo, común de los mortales, me conformo con recibir los datos en formato "excel". ¿Podría ser? ¿Podría pedir que me los dieran en un pendrive en formato "hoja de cálculo"?

Pues se abre aquí una nueva puerta: Si el responsable del tratamiento se los da al  interesado directamente y el formato "excel" es común en ese sector de actividad, yo me inclino por un rotundo sí; si el responsable de tratamiento debe portar los datos directamente a otro responsable mi criterio es que también, con tal de que los datos estén protegidos, pues el responsable origen responde no sólo de transmitir los datos al responsable indicado por el interesado, sino de hacerlo en forma segura (luego de algún tipo de seguridad o encriptación habrá de hablarse).

Y seguimos, porque poner puertas al campo es imposible y de una pregunta saltamos a otra: ¿Y si el responsable del tratamiento me ofrece entregarme los datos en un determinado formato y yo quiero otro? Pues en mi criterio aguántese, que esto no es un menú a la carta o pague el importe de que le sirvan sus datos cocinados como desea (o sea, en el formato que quiera).

Cuarta cuestión: ¿Y cómo se yo, ciudadano de a pie, que tengo este derecho a  la  portabilidad?

Esta pregunta tiene una respuesta más sencilla: Porque el RGPD obliga al responsable del tratamiento a informarle de la existencia de este derecho (art. 14,2, c del RGPD).

¿Y puede informarme de cualquier modo, por ejemplo diciendo que tengo derecho a la portabilidad, sin más? No, que la información que le tienen que dar debe ser concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso, con un lenguaje claro y sencillo, ahí es nada;  bueno, bonito y barato…, no siempre resultará fácil combinar tantas cosas, pero habrá que poner empeño por parte de los responsables de tratamiento.

¿Creen que hemos agotado ya la portabilidad? Para nada, quedan aún muchas preguntas porque la portabilidad se regula en el RGPD de una forma relativamente difusa, persiguiendo un objetivo claro (la movilidad de los datos, su reutilización) pero sin delimitar los modos para llegar a dicho objetivo de forma precisa, quizás por aquello de que todos los caminos llevan a Roma.

En el tintero quedan cosas: ¿alcanza la portabilidad a datos históricos? ¿Y si se han suprimido mis datos, qué ocurre con este derecho? ¿Debe entenderse que al solicitar una portabilidad deseo que se supriman también mis datos en el responsable origen? ¿En qué plazo deberá contestar mi solicitud de portabilidad el responsable del tratamiento? Como ven, el derecho (¡y éste es solo uno de los múltiples derechos que el interesado tiene en materia de datos personales!) da para mucho; por mi parte, he intentado provocarles la curiosidad y transmitirles unas pinceladas, que por algo se empieza.

 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.