El Real Decreto 1163/2005, de 30 de septiembre, por el que se regula el distintivo público de confianza en los servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 241, de 8 de octubre, establece los requisitos que tienen que contener los códigos de conducta, y que son los siguientes:
