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03/05/2024. 23:38:52

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Trabajadores autónomos vs agencias de colocación

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Con fecha 6 agosto 2010, en el BOE núm. 190 se publicó la Ley 32/2010, de 5 agosto, por la que establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, cuya disp. final 2ª.3 modifica el art. 25.4 del RDLeg. 5/2000, de 4 agosto, por el que se aprueba la Ley de Infracciones y Sanciones en el orden Social, en adelante LISOS.

Una mesa con dos ordenadores.

La modificación, que entró en vigor el 6 noviembre 2010, recoge la inclusión de los trabajadores autónomos solicitantes de la prestación por cese de actividad dentro de los supuestos de infracciones graves regulados en este artículo.

Posteriormente,  el 18 septiembre 2010, en el BOE núm. 227, se publicó la Ley 35/2010, de 17 septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, en cuyo art. 18.9 se recoge nuevamente la modificación del art. 25.4 LISOS: se añade el inciso "cuando desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos" a las agencias de colocación. Entró, en vigor el 19 septiembre y se produjo a cuenta de la reforma establecida por el Real Decreto-ley 10/2010, de 16 junio, de Medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, con la misma redacción.

Dos aspectos hay que destacar de estas reformas:

1º.- En relación con la entrada en vigor de ambas modificaciones: la Ley 32/2010 pese a ser anterior en el tiempo, tiene efectos posteriores (6-11-2010) a la establecida en la Ley 35/2010 (19-9-2010), con lo cual estaría en vigor la redacción que contempla la inclusión de los trabajadores autónomos solicitantes de la prestación por cese de actividad.

2º.- El legislador no tuvo en cuenta en la redacción de la Ley 32/2010, lo que había establecido el RDley 10/2010, en relación con las agencias de colocación, y partió, para su reforma, de la redacción del art. 25.4 que había  establecido  el art. 46.13 de la Ley 62/2003, de 30 diciembre.

Posteriormente, el legislador, al redactar la Ley 35/2010 no tuvo en cuenta lo establecido para los trabajadores autónomos en la Ley 32/2010, transcribiendo al detalle la redacción establecida por el RDley 10/2010 en relación con las agencias de colocación.

De todo esto podemos deducir que el legislador ha querido contemplar ambas redacciones, esa parece su intención, es decir, la referente a las agencias de colocación del RDley 10/2010 y Ley 35/20101 y la referente a los trabajadores autónomos de la Ley 32/2010, sin embargo, técnicamente no es posible su adaptación en el texto legal ya que proviene de disposiciones legales distintas e independientes con efectos en el tiempo específicos para cada una de ellas, y  además, no da lugar a interpretarla en este sentido.

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