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19/03/2024. 15:02:07

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Acuerdo sobre el ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado

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El Consejo de Ministros del pasado viernes recibió el informe semestral de la Oficina de Conflictos de Intereses sobre la situación patrimonial de los altos cargos de la Administración General del Estado.

La ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno en funciones, Isabel Celaá, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

La Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, en su artículo 23 establece que la situación patrimonial de los altos cargos será examinada por la Oficina de Conflictos de Intereses al finalizar su mandato para verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones reguladas en dicha ley y la existencia de indicios de enriquecimiento injustificado, teniendo en consideración los ingresos percibidos a lo largo de su mandato y la evolución de su situación patrimonial.

Por ello, el artículo 24 de la citada ley dispone que la Oficina de Conflictos de Intereses, de oficio y en el plazo de tres meses desde su cese, elaborará un informe en el que se examinará la situación patrimonial del alto cargo y que, con carácter previo a su aprobación, se deberá dar traslado al interesado para que, en el plazo de quince días, formule las alegaciones que estime convenientes. Finalizado este plazo, el informe será objeto de aprobación y notificación a los altos cargos cuya situación patrimonial haya sido examinada.

En tal sentido, la ley también establece que, si se derivaran indicios de enriquecimiento injustificado, la Oficina de Conflictos de Intereses podrá solicitar la colaboración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a los efectos de aclarar dicha información o a los órganos competentes para que, en su caso, inicien los procedimientos que resulten oportunos.

Dado que el citado artículo 24, en su apartado 5, establece que la Oficina de Conflictos de Intereses informará semestralmente al Gobierno de la actividad que desarrolle en aplicación de este artículo, es por lo que se eleva al Consejo de Ministros este informe, cerrado a 20 de abril de 2019, puesto que el último informe lo estaba al pasado 20 de octubre y fue elevado al Consejo de Ministros del 2 de noviembre.

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