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06/05/2024. 06:37:28

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Modificadas las vías para acreditar la carencia de antecedentes por delitos sexuales

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El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto que introduce modificaciones en la regulación del actual Registro Central de Delincuentes Sexuales, con el fin de reforzar el cumplimiento de sus objetivos de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. La norma, el Real Decreto 407/2024, de 23 de abril, ha sido publicado en el BOE de hoy. El Gobierno aprobó además el Plan de respuesta e implementación del informe del Defensor del Pueblo sobre abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica y el papel de los poderes públicos, en cuya elaboración han participado siete ministerios.

Este registro, que se encuentra en funcionamiento desde 2016, es una herramienta básica para garantizar que nadie con antecedentes por delitos sexuales trabaje en contacto habitual con menores. Se trata de una base de datos gratuita y no pública que contiene los datos identificativos, las condenas y las medidas de seguridad impuestas a personas condenadas por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad sexual.

La reforma aprobada del Real Decreto 1110/2015 cambia la denominación del registro, que pasa a llamarse Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. De esta forma, el sistema también incluirá, a partir de ahora, información sobre las personas condenadas por trata de seres humanos, con independencia de la edad de la víctima.

La segunda novedad tiene que ver con la vía para acreditar la carencia de antecedentes por delitos sexuales. Hasta ahora, eran los ciudadanos los que solicitaban y aportaban el certificado a su empleador, y no siempre se podía saber si las personas habían cometido un delito tras haber sido contratadas. Con esta reforma, se habilita a empresas, instituciones, ONGs y algunos colegios profesionales a solicitar, de forma periódica, el certificado negativo para sus trabajadores, siempre contando con su consentimiento. Con ello, se facilita el control efectivo de los antecedentes por delitos sexuales o vinculados a la trata de seres humanos de quienes están en contacto continuo con menores.

Otra novedad destacada es que la norma habilita a las personas de entre 16 y 18 años -por ejemplo, monitores de campamento o socorristas- a solicitar este tipo de certificados directamente, y no a través de su tutor o representante legal.

También agiliza el régimen de certificación de estos antecedentes para los ciudadanos procedentes de otros países de la UE que trabajen o quieran trabajar en España, a través de la interconexión del registro con el Sistema Europeo de Información sobre Antecedentes Penales (ECRIS). Con ello, se asegura que los ciudadanos europeos tengan un certificado de ausencia de antecedentes simultáneo en relación con su país de origen y de España.

Por último, con esta reforma se equipara el régimen de cancelación de las condenas dictadas a personas condenadas por delitos sexuales por parte de jueces o tribunales extranjeros al régimen español -es decir, imposibilidad de trabajar con menores durante 30 años desde el cumplimiento de la pena-, con independencia de la norma que se aplique en el país donde se cometió el delito.

Plan de respuesta e implementación del informe del Defensor del Pueblo sobre abusos sexuales en el ámbito de la Iglesia católica

Este Plan pone en marcha medidas concretas para sensibilizar sobre este problema, evitar nuevos casos reforzando la protección a menores y saldar la deuda existente con las víctimas, en especial con aquellas que no han podido seguir un proceso penal por la prescripción de los delitos o el fallecimiento del victimario.

Con este Plan se busca que la democracia española “salde una deuda con todas las víctimas de abusos, situándolas en el centro de la acción política del Gobierno”. La intención del Ejecutivo es trabajar en colaboración con la Iglesia católica, con quien ya se han iniciado conversaciones.

Las iniciativas se ordenan en cinco ejes de acción, correspondientes con los cinco ejes de recomendaciones del Defensor del Pueblo:

  • El primer eje incluye medidas de reconocimiento y reparación.
  • El segundo eje se orienta hacia la garantía de la atención integral de las víctimas.
  • El tercer eje establece acciones para la prevención de los abusos sexuales en la infancia y la adolescencia.
  • El cuarto eje incluye medidas de formación y sensibilización.
  • Por último, el quinto eje prevé dos obligaciones para los poderes públicos.

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