- La resolución implica, además, dos sanciones accesorias que obligan a la plataforma de alquiler de viviendas turísticas a rectificar los incumplimientos identificados, eliminando los contenidos ilícitos publicados, y a hacer pública la multa impuesta.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dirigido por Pablo Bustinduy, ha sancionado con 64 millones de euros (64.055.311 €) a la plataforma online de alquiler de viviendas turísticas Airbnb por, entre otros motivos, publicar anuncios de alojamientos turísticos sin licencia. La resolución deviene firme y agota la vía administrativa tras resolverse el recurso de alzada interpuesto ante el ministro de Consumo.
La resolución implica, además, dos sanciones accesorias que obligan a la plataforma a rectificar los incumplimientos identificados, eliminando los contenidos ilícitos, y a hacer pública la multa impuesta. Las infracciones de la normativa de consumo, identificadas en un total de 65.122 anuncios en Airbnb, que han dado lugar a esta resolución son las siguientes:
Prácticas comerciales desleales con personas consumidoras y usuarias
(infracción letra M del artículo 47.1 del TRLGDCU):
Publicar anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, contraviniendo las obligaciones de la mayoría de normativas autonómicas que exigen indicar el número de registro en la publicidad; así como publicar anuncios con números de licencia que no se corresponden con los registros oficiales, o sin información veraz sobre la naturaleza jurídica de los anfitriones, incurriendo en publicidad engañosa.
Por todo ello, se impone una sanción por infracción grave por importe de 64.055.311 €, equivalente a seis veces el beneficio ilícito obtenido por AIRBNB como consecuencia de las prácticas sancionadas durante el tiempo en que los anuncios permanecieron publicados desde el apercibimiento del Ministerio hasta su retirada. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid había respaldado previamente la orden de retirada dictada por el Ministerio.
Incumplimiento del régimen u obligaciones de los contratos celebrados a distancia
(infracción letra T del artículo 47.1 del TRLGDCU):
Omisión de información sobre la naturaleza jurídica del anfitrión del alojamiento turístico anunciado.
Infracción leve sancionada con 10.000 €.
Obstrucción o negativa a suministrar datos o facilitar labores de información, vigilancia o inspección
(infracción letra I del artículo 47.1 del TRLGDCU):
La plataforma no respondió a los requerimientos de Consumo durante la instrucción del expediente.
Infracción leve sancionada con 10.000 €.
Incumplimiento de órdenes o medidas provisionales dictadas para evitar riesgos o lesiones a consumidores
(infracción letra O del artículo 47.1 del TRLGDCU):
Infracción grave sancionada con 55.000 €.
En el ámbito de la vivienda, el Ministerio mantiene expedientes sancionadores en curso contra agencias inmobiliarias por posibles prácticas abusivas contra inquilinos en la gestión del alquiler. Estas iniciativas se enmarcan en el objetivo de atajar la crisis de la vivienda en España, uno de los principales problemas del país, según ha declarado Pablo Bustinduy.
“Hay miles de familias que viven al límite a causa de la vivienda, mientras unos pocos se enriquecen con modelos de negocio que expulsan a las personas de sus hogares”, ha manifestado, añadiendo que “ninguna empresa en España, por grande o poderosa que sea, puede estar por encima de la ley”.

