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30/06/2025. 16:53:16
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Cuidado con ‘el hombre en el medio’

Decir que la tecnología ha cambiado la forma que teníamos de relacionarnos es, a estas alturas del siglo XXI, una perogrullada. Al igual que decir que no es oro todo lo que reluce. El desarrollo tecnológico, si bien ha mejorado nuestra calidad de vida en muchos aspectos también ha sido...

El caso Elitedivx: las descargas peer to peer y los derechos de Propiedad Intelectual

El Juzgado de Instrucción número 4 de Cartagena ha sobreseído la causa abierta contra los responsables de la página web Elitedivx, que daba acceso a programas de intercambio de archivos digitales peer to peer (P2P). No es un caso aislado, analizaremos el impacto que tienen estas decisiones en el mercado y en concreto, en la industria audiovisual.

Injurias graves: Gallardón vs. Losantos

Una sencilla vista de juicio penal se ha convertido en todo un evento nacional y mediático. El alcalde de Madrid buscaba el amparo de la Justicia frente a los ataques de uno de los comunicadores bandera de este país. Los testigos dan idea del alcance del conflicto: se llamó a declarar a la plana mayor del Partido Popular, al Sr. Alcaráz, presidente de la AVT, al eurodiputado Herrero-Tejedor y al director de "El Mundo". Exponemos a continuación las líneas fundamentales de la sentencia dictada.

Libertad de expresión. Cambio jurisprudencial: Paturel vs. Francia

La particularidad del caso Paturel radica en el cambio jurisprudencial que realiza el TEDH en materia de protección de la libertad de expresión: siempre se exige una cierta base factual a la libertad de expresión, no la veracidad, pero en este caso se entiende que la prueba aportada, no analizada en sede judicial por innecesaria, es suficiente base factual para entender que se ha vulnerado el artículo 10 del CEDH.

La broma de la “inflación y los impuestos”: los tributaristas somos unos tipos simpáticos

Hace muchos años se debatía mucho, muchísimo, sobre el tratamiento de la inflación en el cómputo de las plusvalías, tanto en el IRPF,...

Por fin se perpetra la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio: “lo que nunca se atreverían a hacer unos, sí lo hacen los otros”

Se aprueba el inicio del proceso para la reforma legislativa que suponga la supresión del Impuesto sobre el Patrimonio. Yo, aunque no mayor, sí...

La reforma del derecho civil foral del País Vasco

El derecho civil foral del País Vasco vive hoy, tras la reforma operada en virtud de las Leyes 3/1992 y 3/1999 del Parlamento Vasco, una nueva tesitura, con la vocación de constituir una herramienta útil para la sociedad vasca en su conjunto a la hora de regular sus relaciones jurídicas privadas en torno a una serie de ejes tales como el establecimiento de una regulación común para todo el territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el respeto por las instituciones de los derechos civiles forales territoriales vascos y la adaptación del derecho civil vasco a realidades sociales legislativas tales como las parejas de hecho.

Créditos comunicados tardíamente

La falta de insinuación tempestiva de los créditos en el concurso fue abordada y resuelta por los distintos Juzgados de lo Mercantil, entre cuyas resoluciones cebe destacar a modo meramente ejemplificativo, las siguientes: JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MADRID, mediante AUTO DE FECHA 10/03/2005 y SENTENCIA DE 25/05/2005, JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE OVIEDO, mediante SENTENCIAS DE 12/03/2007 y 23/05/2007, JUZGADO DE LO MERCANTIL DE SANTANDER, SENTENCIA DE 28/03/2007.

¿Quién paga los errores que se cometen en la aplicación de los impuestos? Lógicamente, usted

Durante las últimas semanas se ha dejado ver en la prensa una noticia según la cual diversos colectivos -gestores administrativos o asociaciones de funcionarios...

Desistimiento unilateral ad nutum y crédito al consumo: ¿Tu quoque?

En el campo de la legislación sobre protección de los consumidores, una de las técnicas empleadas por el legislador ha sido precisamente la de conceder al consumidor una facultad para desligarse ad nutum, es decir, sin justa causa, del compromiso contraído. Desde un punto de vista estrictamente jurídico esta figura merece una especial atención por su carácter realmente excepcional, puesto que se concede a una sola de las partes y, en la mayoría de las ocasiones tiene un efecto retroactivo. A día de hoy el desistimiento unilateral se encuentra previsto para supuestos de contratación de bienes y servicios celebrada fuera del establecimiento mercantil, venta a distancia o adquisición de derechos de aprovechamiento por turno de bienes inmuebles de uso turístico. Con la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo, el desistimiento unilateral encuentra también pleno acomodo normativo en el crédito al consumo. ¿La excepción se va a convertir en regla?.
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