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20/04/2024. 08:39:27

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Adelante con esa huelga

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El CGPJ no ha entrado a valorar ni a resolver la existencia o inexistencia, legalidad o ilegalidad, de un hipotético derecho de huelga de Jueces y Magistrados; sino que ha constatado la ausencia de un marco legal regulador específico del ejercicio de tal derecho. En consecuencia, ha especificado la imposibilidad de acceder, por la falta de la necesaria cobertura normativa, a las pretensiones formuladas, es decir, a fijar servicios mínimos y tener por tales los señalados por quienes suscribieron los escritos recibidos. Además, ni en el acuerdo adoptado por el Pleno ni en la declaración institucional, se recoge ninguna referencia a la existencia o no del derecho de huelga, ni a las consecuencias de su supuesto ejercicio, ni a medidas disciplinarias de ninguna clase. Así que la huelga sigue en pie.

Adelante con esa huelga

Según reafirma un comunicado de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, la convocatoria de huelga para el día 18 de febrero ha sido debidamente anunciada al CGPJ y al Ministerio de Justicia, cumple con todos los requisitos formales de legalidad y se trata del ejercicio de un derecho fundamental del que no están privados.

Una vez así, cualquier Juez o Magistrado puede ir a la huelga, con independencia de que hubiere sido o no convocada a nivel territorial en su demarcación, y al margen de su asistencia y del sentido del voto que hubiere podido emitir en las Juntas, Reuniones y Asambleas de Jueces.

Foro Judicial Independiente y Francisco de Vitoria se comprometen, en cualquier caso, a dar el asesoramiento, apoyo y defensa jurídica necesario a los jueces que pudieran verse afectados disciplinariamente por participar en la huelga.

Respecto a los servicios mínimos, su fijación es una facultad de la autoridad gubernativa que, conforme a la ley, podrá determinar lo que considere necesario mantener en beneficio de los ciudadanos usuarios del servicio público afectado por la huelga. El CGPJ ha declinado la posibilidad de establecer servicios mínimos, y, conforme afirman los convocantes, queda bajo su responsabilidad las consecuencias de esta decisión. En caso de que el CGPJ no los haya fijado a 48 horas de la huelga, harán pública una recomendación para que se respeten como servicios mínimos aquellas actuaciones judiciales imprescindibles y urgentes por razón de su especial naturaleza.

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