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29/03/2024. 15:28:20

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El Gobierno tramita la reforma de la Ley del aborto por el procedimiento de urgencia

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El Gobierno dio ayer el primer paso para reformar la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Con la aprobación del anteproyecto por parte del Consejo de Ministros, se inicia ahora el camino para su aprobación definitiva, que el Ejecutivo quiere acortar al haber tramitado la norma por la vía de urgencia. Con dicha fórmula podría por ejemplo obviar el informe del CGPJ si el órgano rector de los jueces se retrasa en su emisión.

Según adelantó el Ejecutivo, el texto aprobado ayer consta de un artículo único y de una parte final compuesta por diez disposiciones finales, que modifican otras normas, como las normas laborales y de la Seguridad Social y la Ley General de Publicidad.

En cuanto a los novedades de la ley, cabe destacar las siguientes:

  • Las jóvenes de 16 y 17 años podrán abortar sin necesidad de permiso de los padres. Se recupera, por tanto, lo que establecía la ley de plazos aprobada por Zapatero en 2010. Además, las mujeres con discapacidad no tendrán que pedir el permiso de sus tutores legales para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo.
  • Asimismo, se elimina el período de reflexión de 3 días y la información obligatoria que se entregaba a las mujeres. Esa información será de carácter optativo, a petición de la mujer que acude a abortar.
  • Regula la objeción de conciencia, “un derecho fundamental e individual de cada profesional, sin que ello impida el efectivo derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo”, afirma el Gobierno. Se crea también un registro de facultativos objetores, “donde se deberá manifestar la voluntad de objetar con carácter previo y por escrito”.
  • Incorpora la previsión de la proximidad del domicilio para permitir que las mujeres de una comunidad autónoma fronteriza con otra puedan acudir al hospital del otro territorio si es más cercano.
  • Prevé de que cada centro cuente con ambos métodos para las interrupciones de los embarazos, tanto el quirúrgico como el farmacológico para que sea la mujer la que libremente decida cuál de ellos quiere.
  • Se incorpora una incapacidad temporal para aquellas mujeres que interrumpan su embarazo, voluntariamente o no, con el objetivo de que se puedan recuperar de la intervención.

Anticoncepción

Para garantizar el acceso a métodos anticonceptivos barrera, estos se distribuirán de manera gratuita en institutos, centros penitenciarios y centros de servicios sociales. Asimismo, se ampliará su financiación pública, dando prioridad a los de última generación, y se promoverá el desarrollo y la investigación de la anticoncepción masculina para fomentar la corresponsabilidad de los hombres. La píldora del día después será de acceso gratuito en los centros de salud y en los futuros centros públicos de atención especializada en derechos sexuales y reproductivos, y tendrá que estar disponible en todas las farmacias.

Embarazo y parto

La ley abarca también aspectos relacionados con el embarazo y el parto. Habrá un nuevo permiso preparto desde la semana 39 de gestación, compatible con el posterior permiso de maternidad, y se promocionarán las buenas prácticas gineco-obstétricas y de parto respetado a través de un protocolo que recoja las directrices internaciones y nacionales al respecto.

Salud menstrual

El derecho a la salud menstrual aparece por primera vez recogido en la legislación española como parte del derecho fundamental a la salud de todas las mujeres: «La regla va a dejar de ser un tabú», afirmó ayer la ministra de Igualdad, Irene Montero.

Las principales novedades son que se regula una incapacidad temporal pagada íntegramente por el Estado para aquellas mujeres que tengan reglas dolorosas e incapacitantes y que los productos vinculados a la higiene y la gestión menstrual serán dispensados de forma gratuita en centros educativos, penitenciarios y de servicios sociales.

Violencias reproductivas

Finalmente, se reconocen como formas de violencia contra las mujeres la explotación reproductiva, el aborto y el embarazo forzados, y la esterilización y la anticoncepción forzosas, tal y como recoge el Convenio de Estambul.

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