El Consejo de Ministros ha aprobado el Anteproyecto de Ley por la que se incorpora al ordenamiento interno la normativa europea sobre las órdenes europeas de producción y de conservación dirigidas a los establecimientos designados y a los representantes legales a efectos de prueba electrónica en procesos penales y de ejecución de penas privativas de libertad a raíz de procesos penales, a los efectos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
Con ello se busca garantizar una vía ágil y fiable de acceso a pruebas electrónicas en la Unión Europea, facilitando así la labor de jueces, fiscales y policías. El texto prevé que los prestadores de servicios de la UE tendrán que designar a un representante legal o un establecimiento para recibir, atender y ejecutar las solicitudes de preservación y/o obtención de pruebas electrónicas presentadas por autoridades judiciales, fiscales o policiales.
De esta forma, se podrán obtener rápidamente datos relevantes para investigaciones o procedimientos penales o para localizar a una persona condenada y así ejecutar la pena. Esto cambia el esquema tradicional de cooperación europea, en el que las órdenes se dirigían de una autoridad judicial a otra autoridad judicial.
El objetivo es facilitar la actuación de la Justicia también en el entorno digital con rapidez, eficacia y plenas garantías, en un momento en el que una parte relevante de las investigaciones penales depende de pruebas electrónicas (mensajes, datos almacenados en la nube, registros digitales, etc.).
Con este anteproyecto, España incorpora a su ordenamiento jurídico el denominado paquete e-evidence, que incluye una directiva y un reglamento europeos para reforzar la cooperación judicial en la UE. Su aprobación se enmarca en las diferentes iniciativas puestas en marcha para que quien intermedia la comunicación, aloja contenidos y obtiene beneficios del espacio digital europeo asuma también obligaciones claras frente a la UE y el Estado español.

