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23/04/2024. 13:46:36

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POR DIRECTIVA, A TRASPONER EN DOS AÑOS

Nueva reglamentación para los pagos de facturas

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La Directiva establece plazos específicos para el pago de las facturas y el derecho a la indemnización en casos de morosidad en las transacciones comerciales con independencia de si se llevan a cabo entre empresas públicas o privadas o entre éstas y los poderes públicos.

Varias facturas pinchadas.

La crisis, el mercado único y la necesidad de contar con reglas estables de comercio en territorio de la UE se traduce en una Directiva. Tras dos años desde que comenzó el proceso normativo, esta semana la Comisión Europea ha aprobado el texto que deberá incorporarse al Derecho español en plazo de dos años.

La Directiva aumenta la protección de los acreedores y contribuye al mejor funcionamiento del mercado interior de la UE, fomentando la competitividad de las empresas y, en particular de las pequeñas y medianas empresas (PYME).

Plazos de pago

Bajo las nuevas reglas, el acreedor tendrá derecho a intereses de demora sin necesidad de notificación previa si después de haber cumplido sus obligaciones contractuales no recibe la cantidad adeudada a tiempo -a menos que el deudor no sea responsable del retraso-. El acreedor tendrá derecho a esos intereses de demora desde el día siguiente a la fecha o al término del plazo de pago fijado en el contrato.

Si la fecha o el plazo de pago no se fija en el contrato el acreedor tendrá derecho a intereses de demora a los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura. Si la fecha de la recepción de la factura es incierta, 30 días después de la fecha de recepción de los productos o servicios. Si el deudor recibe la factura antes que los bienes o servicios, 30 días después de la recepción de los productos o servicios.

Como regla general, en las operaciones entre empresas del plazo de pago fijado en el contrato no excederá de 60 días, salvo acuerdo expreso en el contrato y siempre que no sea abusivo para el acreedor. Estas excepciones cubrirá los casos que requieren plazos de pago más amplios.

Una excepción contemplada en la Directiva permitirá a determinadas empresas públicas, así como hospitales e instituciones públicas de salud, ampliar el plazo de pago hasta 60 días.

La indemnización por costes de cobro

El acreedor tendrá derecho a obtener una indemnización por los gastos incurridos debido a la morosidad del deudor, tales como la contratación de un abogado o el empleo de una agencia de cobro de deudas.

La Comisión Europea publicará en Internet los tipos de interés legal (del tipo de referencia del banco central, más del 8%) que se aplican a los efectos de la morosidad en las transacciones comerciales.

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