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08/10/2024. 22:48:46
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Se adoptan medidas contra ayudas públicas a empresas extracomunitarias

Abogada de Uría Menéndez

La Unión Europea acaba de publicar el 23 de diciembre de 2022 el Reglamento sobre subvenciones extranjeras, que introduce medidas de control de operadores de países terceros que adquieran participaciones en empresas de la Unión Europea con ayuda de subsidios públicos. También afectará a intervenciones en el mercado europeo de operadores de países extracomunitarios que reciban ayudas estatales, por ejemplo cuando participen en procedimientos de contratación pública.

El Reglamento, en el que las instituciones europeas llevan trabajando más de dos años, ha sido aprobado por el Parlamento y el Consejo de la Unión Europea. La norma empezará a aplicarse a partir del 12 de julio de 2023, mientras que la obligación de notificación que se impone a las empresas en determinados casos no se aplicará hasta el 12 de octubre de 2023. No obstante, el Reglamento tendrá una aplicación retroactiva de cinco años, lo que permitirá a la Comisión Europea examinar cualquier ayuda otorgada por un país tercero desde el 12 de julio de 2018 si considera que todavía puede tener un impacto en el mercado interior, lo cual introduce un elemento de inseguridad notable.

El objetivo perseguido es extender a países terceros el control que la Unión Europea aplica ya a las ayudas de Estado que conceden los Estados miembros a sus empresas. Además, la intención es que la Unión Europea sea precursora de medidas que podrían más adelante extenderse a nivel global, en el seno de la Organización Mundial del Comercio. Se valorará positivamente que los países de las empresas afectadas dispongan de un régimen de control de ayudas propio, con el ánimo de extender este tipo de medidas, que hasta la fecha solo la Unión Europea aplica. Aunque se espera que la norma afecte especialmente a ciertos países —como China— que con frecuencia apoyan a sus empresas, será aplicable a cualquier país.

La Comisión Europea será la responsable del control establecido, si bien los Estados miembros podrán advertirle sobre la existencia de ayudas públicas extracomunitarias. Las empresas y terceros interesados también podrán alertar a la Comisión Europea. Esta dispondrá de amplios poderes: podrá remitir solicitudes de información, realizar inspecciones e investigaciones sectoriales o de determinados tipos de subvenciones. La Comisión Europea tomará en consideración toda la información recibida de los interesados, las empresas afectadas y países terceros para realizar una valoración ponderada de la situación, teniendo en cuenta los aspectos positivos y negativos que concurran. Podrá imponer condiciones o aceptar compromisos propuestos por las partes que pongan remedio a los problemas identificados, o incluso prohibir la concentración o la adjudicación del contrato público. En caso de incumplimiento, podrá imponer multas de hasta un 10 % de la facturación de las empresas afectadas.

Requerirán autorización previa las concentraciones facilitadas por subsidios extranjeros de al menos 50 millones de euros de empresas cuya facturación en la Unión Europea exceda de 500 millones de euros. También deberá notificarse la percepción de subsidios extranjeros de al menos 4 millones de euros en procedimientos de contratación pública que superen los 250 millones de euros. Si la contratación pública se divide en varios lotes, la notificación solo se exigirá cuando el valor agregado de los lotes por los que compita la empresa que haya recibido el subsidio exceda de 125 millones de euros. Los subsidios recibidos por subcontratistas y proveedores también deberán reportarse. En cualquier caso, la Comisión Europea podrá requerir a las empresas que presenten una notificación aunque no superen estos umbrales o examinarlas de oficio con posterioridad a la ejecución de la concentración o a la adjudicación del contrato público. Solo las subvenciones inferiores a 200.000 euros se consideran exentas de control. En el marco de dicha revisión ex post, la Comisión no podrá anular decisiones de adjudicación de licitaciones públicas, pero sí tendrá poderes para ordenar la disolución de concentraciones que ya hayan sido implementadas, lo que sin duda puede generar inseguridad jurídica.

La norma está en línea con las medidas de protección que se han adoptado recientemente, como son las relativas a inversiones extranjeras y a la introducción de una tasa a las importaciones de bienes de países terceros que compensen las emisiones de carbono generadas en su producción. Todas ellas buscan proteger a las empresas europeas en momentos de dificultad; pero, sin lugar a duda, conllevarán nuevas obligaciones a las que las empresas extranjeras deberán prestar particular atención.

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