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26/04/2024. 16:30:13

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Deseos tributarios locales para 2022

Jefa de Servicio de Gestión Tributaria y Catastro del Excmo. Ayuntamiento de Marbella

El presente texto iba a tratar, en un primer momento, sobre los retos tributarios locales a los que nos enfrentaremos a lo largo del próximo año. Ahora bien, sabedora de que resulta imposible plantearse retos si ciertas necesidades básicas no se encuentran aún cubiertas, he decidido resumir las grandes inquietudes de aquellos que operamos diariamente en este ámbito.

Cierto es que la financiación local nunca ha sido una cuestión prioritaria para el legislador estatal, pero la actual crisis socio-económico-sanitaria derivada de la COVID-19 no ha hecho más que poner de manifiesto la precariedad de nuestro sistema.

Tras decretarse el estado de alarma, fueron innumerables las peticiones formuladas por los contribuyentes que tenían como objetivo minorar, e incluso anular, las cantidades que éstos debían ingresar en las arcas municipales, todo ello a raíz de la paralización de la actividad económica.

¿Qué ocurrió en aquel momento? Pues que la falta de previsión nos condujo a un callejón sin salida, en el que los ayuntamientos no pudieron dar una respuesta adecuada a muchas de las solicitudes por carecer de las herramientas para ello. De ese modo, se hizo patente la rigidez del sistema tributario local, sin un mínimo margen de actuación, lo que llevó a la Federación Española de Municipios y Provincias a interesar del Estado una rápida respuesta a las cuestiones más apremiantes, respuesta que nunca llegó.

Uno de los aspectos más polémicos fue la imposibilidad de establecer nuevos beneficios fiscales con carácter retroactivo, para reducir la cuota de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y del Impuestos sobre Actividades Económicas del ejercicio 2020 (si quieres leer más sobre este asunto pincha aquí).

Por tanto, el deseo que pedimos al año 2022 es que se acometa, de una vez por todas, la tan esperada reforma de la financiación local. Este es el único medio de arrojar seguridad jurídica a las administraciones locales que, no olvidemos, son las que más cerca se encuentran de los ciudadanos.

La mayoría de las necesidades actuales aparecen recogidas en el Informe de 26 de julio de 2017 que la Comisión de Expertos para la revisión del modelo de financiación local evacuó en cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de febrero de 2017. Destáquese que, pese a haber transcurrido más de cuatro años, poco, o nada, se ha avanzado en la materia.

A modo de resumen, y por actualizar las necesidades más relevantes y acuciantes en relación con la parte de ingresos municipales, subrayamos lo siguiente:

  • Impuestos sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, por todos conocido como Plusvalía.

Seguimos a la espera de que el legislador llene el vacío dejado en la Ley reguladora de las Haciendas Locales tras la declaración de inconstitucionalidad y nulidad, en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor, de los apartados 1 y 2.a) de su artículo 107 y apartado 4 del artículo 110 (véase Sentencia del TC 59/2017, de 11 de mayo).

Lo mismo se espera respecto del artículo 107, apartado cuarto, tras ser declarado inconstitucional en los casos en los que la cuota a satisfacer sea superior al incremento patrimonial realmente obtenido por el contribuyente (Sentencia del TC 126/2019, de 31 de octubre).

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

La nada simple coordinación entre gestión catastral y tributaria, a cargo de Administraciones diferentes, sigue suponiendo un incremento notable del número de litigios, así como de la complejidad de los mismos.

Es por ello por lo que pensamos que la reforma de dicho tributo debería ser capaz de dotar de mayor autonomía a los entes locales.

Resulta interesante la reciente apuesta del Estado por el valor de referencia, del que hablaremos en otra publicación. Esta figura puede suponer una buena solución a los problemas surgidos en torno a impuestos de titularidad autonómica y estatal; sin embargo, no se ha aprovechado la oportunidad para solventar problemas de índole municipal como los que nos acechan en relación con el cálculo de la cuota de la Plusvalía.

¿Quieres leer algo más sobre la relación entre gestión tributaria y catastral?

  • Prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias.

El Estado sí dio un paso decisivo para intentar resolver el debate surgido en relación con la naturaleza de las retribuciones que las concesionarias obtienen de los usuarios por la prestación de un determinado servicio público. De tal forma que, entre la opción de tasa y la de precio privado, decidió considerarlas prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias, dejando claro, en el artículo 20.6 de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, que las mismas deben quedar reguladas mediante ordenanzas.

Pero hasta aquí llegó el papel del legislador. Nada señaló sobre extremos de gran relevancia como, por ejemplo, si existe un límite cuantitativo máximo o mínimo en la imposición de tales prestaciones.

  • Tasa del 1,5%

El dominio público local, y en concreto la contraprestación que obtienen los ayuntamientos por la autorización de su ocupación, sigue siendo objeto de debate.

Respecto de la conocida como tasa del 1,5% (tasa que se cobra a empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general), resultan relevantes los últimos pronunciamientos del Tribunal Supremo; demostrándose, una vez más, que los tribunales se ven obligados a resolver cuestiones de enorme complejidad que quedarían resueltas si el legislador cumpliera la función que le corresponde.

¿Quieres leer más sobre este pronunciamiento del TS?

En definitiva, esperamos que la reforma de la financiación local se ejecute con premura. Ahora que el Ministerio de Hacienda acaba de anunciar el arranque de los trabajos para la reforma fiscal autonómica, no se entendería que aquélla se postergara aún más en el tiempo.

De no llevarse a cabo tal innovación legislativa, la tormenta perfecta que en estos momentos se cierne sobre la parte más importante de los ingresos de titularidad local, puede terminar por derribar las nada sólidas arcas municipales. Mientras tanto, los ayuntamientos permanecerán atados de pies y manos, a verlas venir.

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