LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

20/04/2024. 13:20:39

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

BLOG LEXA: JURISPRUDENCIA LABORAL NOVEDOSA

¿Puede la empresa obligar al trabajador a aportar su móvil personal para su geolocalización?

El Tribunal Supremo considera que, si bien la medida adoptada por la empresa es legítima en términos de competitividad, no cumple con los estándares constitucionales y legales, al existir otras formas de poner en marcha dicho plan empresarial.

SUPUESTO DE HECHO

Un sindicato presenta demanda de conflicto colectivo, a fin de que se declare la nulidad del denominado por la empresa Proyecto Tracker, que supone la obligación del trabajador con categoría de repartidor de aportar a la empresa su teléfono móvil personal con conexión a internet y la aplicación informática de la empresa que permite la geolocalización del dispositivo y del trabajador durante su jornada laboral.

La empresa informó al Comité de Empresarial que las nuevas contrataciones quedarían adheridas a dicho proyecto y que en sus contratos se incluía dicha cláusula de ceder el móvil personal a la empresa.

El sindicato muestra su disconformidad con este hecho, pues considera que la herramienta de trabajo debe ponerla la empresa y no el trabajador.

Tras varias reuniones entre los sindicatos y la empresa para intentar llegar a un acuerdo, finalmente no se consigue.

Ante esto, la empresa recurre en casación ante el Tribunal Supremo, recurso que por otra parte es impugnado por el sindicato.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

La cuestión litigiosa consiste en determinar si es conforme a Derecho el plan de la empresa para localizar a sus trabajadores que desempeñan la función de repartidores.

Considera el Alto Tribunal que la empresa ha incumplido los requisitos de información y consulta previa establecidos en el artículo 64.5 del Estatuto de los Trabajadores en relación con la implantación del proyecto de geolocalización, al tiempo que se vulneraba el derecho a la protección de datos personales.

En el caso que nos ocupa, el TS no está analizando un pacto entre empresa y trabajador, sino la forma en la que se implanto dicho proyecto (unilateralmente) por la empresa del que, además de no haberse informado debidamente a la representación legal de los trabajadores, éstos discrepan porque establece causas de suspensión y extinción vinculadas a conductas del empleado al margen de las exigencias legales.

Por otro lado, el Tribunal Supremo considera insuficiente la compensación económica a cambio de la aportación del terminal y la conexión a Internet, necesarias para la instalación de aplicaciones informáticas de la empresa que facilitaban la geolocalización de los trabajadores durante el reparto.

Además, observa el Tribunal que se incurrió en «abuso de derecho» por parte de la compañía, ya que se hacía responsable al trabajador de cualquier impedimento en la activación del sistema, mediante la suspensión del contrato con pérdida de salario.

Por ello, la Sala no cuestiona si la geolocalización es el método idóneo para tal fin, sino si los pasos dados para ello cumplen con las normas vigentes establecidas.

De esta forma, concluye el Tribunal Supremo que el plan de la empresa no supera los criterios constitucionales ni legales, cuando existen otras formas de ejecutar ese sistema

CONCLUSIÓN

El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la empresa, pues considera que no puede aceptarse que la aportación por parte del trabajador de su móvil personal sea lo mismo que si lo aporta la empresa ya que en ese caso no estarían en juego derechos de los trabajadores como los que aquí se están debatiendo.

¿Quieres leer la sentencia?

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

Blog

Te recomiendo

Grupo LEXA combina el ejercicio de Abogacía y Asesoría laboral. Consolidado con más de 15 años de experiencia y nominado para los premios "The Lewis Issac Awards 2022" está especializado en todas las áreas del derecho laboral, tanto individual como colectivo, así como en Seguridad Social.

Cuenta además con una nueva herramienta inteligente LexaGo que permite resolver las consultas laborales on-line con un clic! y se encuentra disponible 24/7.  El hecho de que sean Abogados y Graduados Sociales los que actualizan la herramienta, aporta una visión más completa, con calidad y actualidad a la resolución de las consultas. Consultas prácticas además siempre apoyadas en jurisprudencia.

LexaGo ha sido reconocida por Expansión como una de las start up legaltech con más proyección en 2022.