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11/06/2026. 16:32:41
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Webinar Aranzadi LA LEY: La eficiencia del Servicio Público Justicia a debate: mapa organizativo y MASC

Según los expertos, la reforma procesal exige algo más que una reorganización técnica

Carlos Capa

La reforma procesal que ha traído la Ley Orgánica 1/2025 sigue levantando dudas, apoyos parciales y una discusión de fondo que, lejos de cerrarse, apenas ha entrado en su fase más interesante: la de la implantación real. Ese fue el hilo conductor del seminario web organizado ayer por Aranzadi LA LEY sobre la eficiencia del servicio público de Justicia, el mapa organizativo y los MASC, una sesión moderada brillantemente por Sonia Calaza, catedrática de Derecho Procesal, decana de, la Facultad de Derecho de la UNED y directora de Actualidad Civil y LA LEY Derecho de Familia. La decana del ICAB, Cristina Vallejo, fue sustituida por motivos de agenda por Lluís Rodríguez Pitarque.

El encuentro reunió a cinco voces especialmente afectadas por la reforma: María del Carmen Casado Navarro, letrada de la Administración de Justicia y coordinadora de la Oficina de Implantación del Ministerio de Justicia; María Dolores Hernández Rueda, magistrada de la Audiencia Nacional y jefa del Servicio de Inspección del CGPJ; Aner Uriarte Codon, magistrado y presidente del Tribunal de Instancia de Bilbao; Lluís Rodríguez Pitarque, abogado, diputado de la Junta de Gobierno del ICAB y vicepresidente primero del CGAE; y Carmen Jiménez Cardona, procuradora y decana del Colegio de Procuradores de Madrid (ICPM) .

La sesión arrancó con una idea compartida: la ley no ha nacido en el vacío, pero sí aspira a reordenar de forma profunda una planta judicial que se consideraba rígida, poco homogénea y con demasiadas disfunciones. Sonia Calaza situó el debate en esa tensión entre el texto legal y su aterrizaje práctico, y recordó que el cambio exige algo más que una reorganización técnica: reclama “un cambio cultural” basado en la coordinación, la confianza y la flexibilidad.

La nueva oficina judicial

María del Carmen Casado defendió con claridad la arquitectura de la nueva oficina judicial. A su juicio, la reforma no crea “de cero una nueva realidad”, sino que la adapta y la reorganiza para responder a una litigiosidad más compleja y a una primera instancia que necesita más capacidad de ajuste. Subrayó que la clave está en abandonar la rigidez anterior y sustituirla por un sistema de servicios comunes con capacidad de especialización y reparto inteligente del trabajo.

Su intervención dejó varias opiniones especialmente definidas: “La idea central de esta nueva oficina judicial es que tiene que ser más adaptable, más abierta”; “ya no tenemos unidades procesales de apoyo directo”; y “esto exige un cambio cultural”. Casado también defendió que las oficinas de Justicia en los municipios pueden convertir a los antiguos juzgados de paz en “oficinas de atención primaria en materia de justicia a la ciudadanía”.

La realidad de la implantación

María Dolores Hernández Rueda reconoció la ambición de la reforma, pero advirtió que “la letra está clara, pero la música no suena” todavía al ritmo que marca la ley. En su opinión, la transición está siendo muy desigual y en muchos territorios la nueva estructura es aún más aspiración que realidad.

La magistrada insistió en que no puede producirse una separación artificial entre la organización procesal y la jurisdiccional. “No se pueden distinguir y no se pueden dividir”, dijo al referirse a la idea de una bicefalia entre la dirección de servicios comunes y la función de juzgar. También alertó de que la reforma no puede convertirse en una vía de amortización de puestos sin inversión suficiente en medios, personal y creación de plazas judiciales.

 “Estamos dando pequeños, muy pequeños pasos y la justicia rápida no es solo un deseo del Poder Judicial, es un derecho del ciudadano”, reconoció, y dijo: “El tribunal de instancia no existe más que en un determinado cartel en muchas ocasiones”.

La visión desde la jurisdicción

Aner Uriarte Codon se mostró más escéptico respecto de la capacidad transformadora del nuevo modelo organizativo. Recordó que la primera instancia sigue siendo, en esencia, un ámbito unipersonal y que los tribunales de instancia no alteran por sí solos la raíz del problema. “Aquí no estamos cambiando los órganos unipersonales”, apuntó, antes de insistir en que la nueva estructura puede quedarse en un cambio terminológico si no se acompasa con medios y coordinación.

Uriarte puso el foco en dos riesgos: la redistribución de trabajo entre plazas judiciales y la falta de un órgano que resuelva los conflictos de criterio entre presidencias y direcciones de servicios comunes. Su crítica fue especialmente explícita: “Si se establece una estructura bicéfala, tendremos problemas”.

La abogacía y la homogeneidad

Lluís Rodríguez Pitarque, en sustitución de Cristina Vallejo, enlazó la reforma con una tradición de acuerdos para unificar criterios que ya existía en la práctica judicial. Recordó que la propia Ley Orgánica del Poder Judicial ya contemplaba mecanismos de coordinación y que la novedad ahora es reforzar esa homogeneidad a través de las juntas de jueces y juezas de sección.

A su juicio, la finalidad no es tanto crear jurisprudencia en sentido técnico como reducir la llamada “lotería jurídica”. “La reforma busca favorecer uniformidad de criterio”, resumió, y añadió que ello redunda en la seguridad jurídica y en la confianza de los ciudadanos. También reivindicó la utilidad de las reuniones entre operadores jurídicos para ajustar la implantación: “Poco a poco, pues aquello que es la primera cumbre se va mejorando”.

La procura ante el día a día

Carmen Giménez Cardona, decana del ICPM, valoró positivamente la orientación de la Ley 1/2025 hacia la especialización y la comarcalización de los órganos judiciales, al considerar que permiten “ofrecer respuestas más homogéneas y eficaces al ciudadano, evitando desigualdades territoriales”. Destacó también el potencial del nuevo modelo de tribunal de instancia, que facilita la unificación de criterios, la flexibilidad organizativa y un mejor reparto de la carga de trabajo.

Sin embargo, advirtió de importantes problemas en su implantación. A su juicio, “ha faltado pedagogía, preparación y tiempo para acometer un cambio cultural de esta magnitud dentro de la Administración de Justicia” y critica que la transición desde el modelo tradicional se haya realizado de forma apresurada, sobre una estructura ya tensionada por el colapso y la alta litigiosidad.

También señaló disfunciones relevantes en la gestión de recursos humanos, como asignaciones poco claras de personal, movilidad forzada de funcionarios sin especialización previa y rotaciones frecuentes que dificultan la continuidad en la tramitación. Estas circunstancias generan ineficiencias y problemas prácticos, especialmente para operadores como los procuradores, que encuentran dificultades para localizar procedimientos o interlocutores válidos.” Para nosotros, la localización de los procedimientos está siendo verdaderamente un serio problema.», concluyó.

Los MASC en disputa

La segunda parte del seminario acercó el foco del debate a la realidad práctica de los Medios Adecuados de resolución de Controversias (MASC) implantados como requisito de procedibilidad en la Ley 1/2025 . Así, Casado defendió que la ley persigue “cambiar la manera jurídica de afrontar el conflicto” y que el requisito de procedibilidad abre una vía previa al pleito que debería ser natural en una sociedad avanzada. Reconoció, sin embargo, que la obligatoriedad ha tensionado el concepto clásico de voluntariedad.

Por su parte, Lluís Rodríguez Pitarch,  estando todos de acuerdo en que los MASC persiguen un fin legítimo, cree “ que también tienen una importante repercusión económica en el proceso y esta repercusión puede tener un efecto disuasorio”. Eso está bien para disminuir los litigios temerarios o conductas meramente dilatorias, pero en ocasiones dijo “nos podemos encontrar con situaciones de indefensión de ciudadanos que tengan verdaderas expectativas legítimas”.

Para María Dolores Hernández Rueda, el legislador ha apostado por dar una formalidad, a algo que ya existía  “pero yo lo que no sé es si esta formalidad puede venir de arriba hacia abajo, o sea del legislador hacia los justiciables, o debemos fomentar esta cultura del acercamiento de posiciones y de la solución alternativa de otra forma, desde la educación, desde las facultades de Derecho, desde los Colegios de abogados y procuradores”. En su opinión, es una realidad que el que tiene un conflicto con otro quiere que se lo diga un juez y, dijo: “la solución te la pueden dar unos buenos profesionales del derecho, una solución alternativa, formal o informal, que todos intentamos que sea justa”.

Anier Uriarte consideró que “el legislador no fue del todo atinado y por eso se ha generado esa especie de inseguridad jurídica”. Aquí tenemos un procedimiento en el que primero entran los letrados de la Administración de Justicia. Luego, y frente a lo que digan ellos, hay un recurso de revisión ante nosotros y también ellos han tenido una serie de criterios que han generado una cierta desconfianza. “Sí que es cierto que la jurisprudencia menor de las audiencias provinciales ha venido a intentar unificar todo esto al principio de protección, en el sentido de que no tienen que ser un obstáculo para plantear una demanda. Acercada la cuestión, Uriarte apostó por revisar los actuales MASC en procedimientos de familia: “no acabo de ver que para unas medidas provisionales que se tienen que dictar con presteza se haya que acudir a un MASC para plantear la demanda”.

La decana del ICPM, coincidió en la bondad de la especialización y en la utilidad de la conciliación, pero subrayó el coste de la transición. Su posición fue muy clara: el modelo puede ser acertado, pero la implantación ha sido demasiado apresurada. Entre sus frases destacaron: “La especialización me parece fantásticamente necesaria, pero nos ha faltado cierta pedagogía, y las personas y los profesionales somos el corazón de la Administración de Justicia”.

Sobre los MASC, Giménez Cardona señaló que los grandes protagonistas en la práctica cotidiana serán la conciliación judicial y la negociación letrada previa, porque son vías más cercanas y menos costosas que otros mecanismos. También advirtió de los problemas de localización de procedimientos y del desconcierto que está provocando el nuevo mapa en algunos profesionales.

El debate entre el deseo y la realidad está servido

El seminario dejó una conclusión común, aunque con matices muy distintos: la reforma puede mejorar la respuesta judicial, pero solo si se acompaña de medios, tiempo de adaptación, claridad en la competencia y una auténtica cultura de coordinación. Las frases que más se repitieron —“flexibilidad”, “cambio cultural”, “homogeneidad”, “seguridad jurídica” y “derecho del ciudadano”— resumen el espíritu de una sesión en la que nadie negó la necesidad de reformar, pero casi todos pusieron condiciones al éxito.

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