LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

12/07/2025. 13:08:42
12/07/2025. 13:08:42

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

El poder preventivo: una herramienta legal esencial ante la pérdida o merma sobrevenida de la capacidad natural de una persona

Abogada procesalista del despacho DAUSS

Abogada procesalista del despacho DAUSS

El poder preventivo es un mecanismo legal esencial en el derecho civil, que proporciona una solución ágil para casos de pérdida o merma de capacidad de un sujeto. Consiste en que una persona (poderdante) designe a una o varias personas (apoderados) para que actúen en su nombre en caso de pérdida de capacidad para realizar cualquier tipo de actos de carácter personal o patrimonial.

Este poder se formaliza mediante escritura pública notarial, requiriendo únicamente la comparecencia del otorgante ante el fedatario público. Se puede acordar que el poder no surta efectos hasta que tenga lugar la pérdida de capacidad del poderdante, actuando como una condición. Mientras el poderdante pueda decidir, puede modificar el poder total o parcialmente, incluyendo cambiar a los apoderados, firmando para ello una nueva escritura.

Este instrumento está regulado tanto a nivel estatal en el Código Civil español (CC) como a nivel catalán en el Codi Civil de Catalunya (CCcat). La regulación catalana, introducida en 2010 (art. 222-2 CCcat), precede a la del CC, que la incorporó en 2021. Las diferencias incluyen, entre otras, que el CCcat la ubica dentro de la tutela para evitar asistencia judicial en casos de incapacidad, mientras que el CC la regula como una medida de apoyo tras la reforma de 2021 que modificó el régimen de incapacitación y estableció medidas de apoyo a personas con discapacidad.

¿Quién puede otorgar y recibir el poder?

Puede otorgar un poder preventivo cualquier persona física con plena capacidad de obrar, es decir, mayor de edad en ejercicio de su capacidad natural. Por su parte, puede ser nombrado apoderado cualquier persona física que también tenga capacidad de obrar plena. Asimismo, también se pueden nombrar apoderadas aquellas personas jurídicas o instituciones cuya finalidad sea defender los intereses personales y patrimoniales de las personas que sufren una pérdida o merma sobrevenida de la capacidad.

Se suele otorgar a personas de confianza, como familiares o amigos, pero también a profesionales como abogados. El poder puede ser solidario, permitiendo a cada apoderado actuar independientemente, o mancomunado, requiriendo consenso entre los apoderados para actuar, lo cual es aconsejable, al menos, respecto de aquellas decisiones y actuaciones de especial trascendencia patrimonial. También se pueden nombrar sustitutos en caso de fallecimiento o incapacidad del apoderado principal.

¿Qué se puede regular?

Se puede regular en el poder cuestiones relativas tanto al ámbito personal, como al patrimonial. En cuanto a lo personal, se puede determinar la ayuda requerida, instituciones sanitarias, los cuidados deseados, y cuestiones relacionadas con la salud. En el ámbito patrimonial, se puede establecer cómo gestionar el patrimonio del poderdante, incluyendo bienes muebles e inmuebles, cuentas bancarias, e inversiones. Se pueden limitar las facultades conferidas; es decir, incluir únicamente aquellas facultades que se consideren pertinentes, tales como: operaciones bancarias, representación en procedimientos, etc.

Quedan excluidos los derechos personalísimos, tales como testar o contraer matrimonio.

¿Cómo se puede regular?

Es importante que tengamos en cuenta que el poder nos permite regular su eficacia temporal.  Así, podemos diferenciar dos tipos de poderes:

  • Poder Ordinario: el cual estará vigente desde el otorgamiento. Se puede disponer que el poder continúe vigente si se produjese una pérdida o merma sobrevenida de la capacidad del poderdante.
  • Poder preventivo diferido: desplegará sus efectos en el caso de que exista una pérdida o merma de capacidad del poderdante; por lo tanto, estando sujeto dicho poder al cumplimiento de una condición. Es crucial establecer cómo y cuándo se acreditará la pérdida de capacidad; así, por ejemplo, mediante un informe médico o certificado que lo acredite.

También se debe delimitar cuándo el poder se extinguirá o suspenderá, sobre todo en aquellos casos de cuestionable aplicación, como supuestos de cese temporal de convivencia – por ejemplo, crisis de pasajeras- o incluso cuando no exista convivencia por razones no conflictivas -por ejemplo, que temporalmente residan en diferentes ciudades o países-.

Requisito de inscripción obligatorio

La inscripción del poder preventivo en el Registro Civil del nacimiento del poderdante es obligatoria, además de en un Registro especial de disposiciones no testamentarias según la Comunidad Autónoma. Las modificaciones posteriores deben comunicarse al Registro Civil para actualizar la inscripción.

¿Por qué puede ser interesante otorgar un poder?

Otorgar un poder preventivo es interesante para planificar un posible futuro para cuando se produce una pérdida o merma sobrevenida de la capacidad de una persona, permitiendo gestionar quién se encargará de los aspectos personales y patrimoniales. Elegir un apoderado de confianza es crucial debido a la responsabilidad que conlleva. Sin un poder preventivo, se tendría que recurrir a los tribunales solicitando la adopción de las correspondientes medidas de apoyo, lo que implicaría un claro incremento de costes y de tiempo de solución, en comparación con la rapidez de la solución consistente en el otorgamiento de poderes preventivos.

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.