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26/04/2024. 06:07:16

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La directiva 2001/29/CE establece como ilegal la copia privada si no hay compensación económica

Socio Director de Suárez de la Dehesa-Iberian Desk

Desde sus orígenes modernos (la Revolución francesa de 1789) el legislador ha reconocido a los autores el derecho de autorizar o prohibir los diferentes usos de que es susceptible una obra de creación, entre ellos la copia. El desarrollo de la tecnología, especialmente en los últimos cuarenta años, ha puesto al alcance de los ciudadanos del mundo desarrollado la posibilidad de hacer copias con absoluta facilidad. Lo que ha determinado que este tipo de copia sea un hábito socialmente arraigado. Copiamos música para escucharla en otro entorno (el automóvil, por ejemplo), o películas para conservarlas, o verlas en otro momento. O simplemente para escuchar o ver en aparatos actuales. Es lo que conocemos como copia privada para uso privado.

La directiva 2001/29/CE establece como ilegal la copia privada si no hay compensación económica

Para resolver la contradicción entre el derecho a autorizar la copia por el autor, y facilidad de realizarla sin posibilidad de control por parte de los consumidores, los legisladores de diferentes países han buscado soluciones adaptadas a su entorno social y sus tradiciones jurídicas. Así algunos (Estados Unidos, Reino Unido) simplemente han prohibido la copia para uso privado. Otros, posiblemente más realistas,  han buscado una solución de equilibrio: la copia para uso privado está permitida, pero quienes verdaderamente se aprovechan comercialmente de ella, y son responsables de haber creado los aparatos y el mercado de la copia privada, es decir los fabricantes y comercializadores, deberán pagar a los autores y otros titulares de derechos (intérpretes, productores) una compensación económica. Lo que hoy conocemos comúnmente por "canon de copia privada".

Ésta es la solución que ha escogido el legislador de la Unión Europea en la directiva 2001/29/CE. De lo que resulta que no hay copia privada, si no hay compensación a los autores.  

En los últimos años hemos oído toda clase de diatribas contra este "canon". Incluso ha llegado a ser uno de los ejes de la última campaña electoral, y ha conseguido movilizar un relevante número de ciudadanos en favor de su supresión. Pero nadie ha sabido, o querido, ilustrarnos acerca de las consecuencias de suprimirlo.

Lo que los ciudadanos debemos preguntarnos, y respondernos, es si preferimos vivir con un canon que nos da la libertad de copiar para disfrutar de la música y las películas cuando y donde queramos, o sin él, y sin poder tener esta libertad.

No hay soluciones milagrosas. No se puede mantener la posibilidad de copiar para uso privado, y suprimir el canon. La directiva 2001/29/CE lo impide, y hacerlo situaría al gobierno español fuera de la legalidad comunitaria. Lo que podría tener como consecuencia la necesidad de indemnizar a los perjudicados. Indemnización que una vez más, y hay precedentes, pagaríamos todos los ciudadanos.

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