Frente a la inicial BORRACHERA DIGITAL que ha afectado y afecta, en mayor o menor medida, a un buen número de usuarios de internet, es cada vez más y más frecuente el deseo de los internautas de recuperar su INTIMIDAD y/o ANONIMATO DIGITAL.
Internet ha hecho que se hayan abierto millones de perfiles en redes sociales, que sea "complicado" encontrar a alguien que no tenga una, o varias cuentas de correo electrónico etc.. todo este ACERVO DIGITAL se alimenta a diario con el uso que hacemos de internet: al compartir comentarios, enviar imágenes etc.. incorporándose, queramos o no, a nuestro PATRIMONIO DIGITAL.
Este patrimonio digital, al margen de lo más evidente que pueden ser repertorios de canciones, álbumes de fotos etc… queda también integrado por todos lo que hacemos en la web es decir; los correos electrónicos que enviamos, los chats donde expresamos nuestras opiniones, lo perfiles en redes sociales, la cuenta de whatsapp etc…
Como hemos dicho al principio de esta exposición, la PRIVACIDAD DIGITAL vuelve a ser un "deseo" en alza. Hace tiempo que se habla del SUICIDIO 2.0 o el SUICIDIO DIGITAL (sobre este concepto: http://i-olvido.com/es-posible-el-suicidio-digital/ ) siendo esta práctica la verbalización del pensamiento o "anhelo" de muchos internautas y que no es otro que: QUIERO SALIR DE INTERNET o QUIERO BORRARME DE GOOGLE. El objetivo final de este SUIDICIO DIGITAL sería "desaparecer", en vida, del mundo virtual, en otras palabras, tratar de recuperar el ANONIMATO DIGITAL.
Este concepto de SUICIDIO DIGITAL nos sirve de elemento catalizador para abordar el objeto de estas reflexiones comenzando por:
- ¿QUÉ ES EL TESTAMENTO DIGITAL INVERSO?
Como no puede ser de otra manera, nuestro ordenamiento jurídico no incluye ninguna definición ni de TESTAMENTO DIGITAL, ni de TESTAMENTO DIGITAL INVERSO (sobre estos conceptos: (http://i-olvido.com/testamento-digital-testamento-digital-inverso/).
Este tipo de testamento, no es más que la voluntad expresada por el causante de no tener VIDA DIGITAL tras su fallecimiento. Y el resultado, o consecuencia, sería la eliminación de internet de todo el PATRIMONIO DIGITAL: perfiles en redes sociales, cuentas de correo electrónico, chats.. etc…, y lo que es más importante: SIN QUE NADIE PUEDA TENER, NI TENGA ACCESO, a ese patrimonio.
No se nos escapa que esta decisión lleva aparejada la dificultad de su implementación práctica, pero lo que sí nos parece evidente, es que esta voluntad del causante de "destruir" su HERENCIA DIGITAL, mediante el otorgamiento del TESTAMENTO DIGITAL INVERSO, es conforme a nuestro ordenamiento jurídico, y como he expuesto en otras ocasiones, nos guste o no nos guste. En términos coloquiales, el causante se llevará "todos sus secretos" a su tumba digital, ya que NADIE tendrá acceso a su herencia digital, siendo la manera más "segura" de garantizar su INTIMIDAD y/o PRIVACIDAD DIGITAL.
Frente al testamento digital nuestro derecho nos permite el legado, por tanto:
- ¿QUÉ ES EL LEGADO DIGITAL INVERSO?
En este supuesto no hablaríamos de HEREDERO DIGITAL sino de LEGATARIO DIGITAL. En sentido estricto, quizás no pudiéramos utilizar este término, pero nuestro ordenamiento permite tanto la herencia, como el legado, sujeto a condición. Por poner un ejemplo práctico: "DEJO MI APARTAMENTO DE NUEVA YORK A DON/DOÑA siempre que elimine mis cuentas de correo electrónico y mis perfiles en las redes sociales". Estos conceptos de TESTAMENTO y LEGADO DIGITAL INVERSOS, como casi todo en derecho, abren un sinfín de escenarios: que se elimine mi Hotmail, pero no mi Facebook, que se eliminen todos mis correos y se habrá una cuenta conmemorativa en las redes sociales etc, etc, etc.. y aquí ya debe entra en juego la imaginación jurídica del lector en busca de más aplicaciones a la vida real¡¡
Po lo tanto, y teniendo en cuenta que nuestras vidas son cada vez más digitales, el TESTAMENTO DIGITAL INVERSO y el LEGADO DIGITAL INVERSO tendrán que tenerse en mente a la hora de otorgar la última voluntad, sirviendo al causante, como instrumentos jurídicos para "garantizar" su decisión legitima de INTIMIDAD y/o PRIVACIDAD DIGITAL post-mortem.