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08/10/2024. 10:58:20
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Última oportunidad para ahorrar impuestos

Leonardo Cárdenas Armesto

Socio derecho Fiscal y Tributario
AGM Abogados

Como cada año, el Congreso aprobará en próximas fechas, los presupuestos del Estado para el 2011. En el mismo se incluyen novedades y cambios fiscales, que son importantes conocer de antemano, por si fuera posible beneficiarse de los mismos, o por el contrario, antes de que entren en vigor, si ello es posible.

Una hucha de un cerdito blanco y al lado unas monedas apiladas

Para el año 2011 se van a producir significativos cambios, que pueden hacer que determinadas decisiones sea aconsejable adelantarlas. Analizaremos a continuación las que afectan a la renta personal de los contribuyentes:

  1. ADQUISICION DE VIVIENDA HABITUAL
    A partir del 1º de enero, aquellos contribuyentes que tenga una renta (base Imponible), superior a 24.107,20 €, no podrán disfrutar de la deducción por adquisición de la vivienda habitual  o de la rehabilitación de aquéllas que sean de personas con discapacidad. Como a su vez, se establece un régimen transitorio, por el que se respetarán los derechos adquiridos por aquellos ciudadanos que la hubieran adquirido con anterioridad al 31 de diciembre, sería conveniente, en el supuesto de que tuviera intención de compra su nueva residencia, se hiciera antes de esa fecha, ya que se podría ahorrar más de 1.300, € al año, y durante toda la vida del préstamo.
  2. CUENTAS AHORRO-VIVIENDAS
    En el mismo sentido, la deducción aplicable a las cuentas viviendas, no será de aplicación a aquéllos que tuvieran rentas (base Imponible)  superiores a 24.107,20 € al año. En todo caso, todos aquéllos que hubieran antes de 31/12/2010 abierto una cuenta vivienda, no perderán el derecho, si bien no podrán aplicarse la deducción en un futuro.
    Esto implica que pudiera ser interesante realizar una aportación con anterioridad al 1º de enero, si reuniera los requisitos establecidos por la norma.
  3. ALQUILER DE VIVIENDA
    Si se es propietario de un inmueble que se destina a vivienda, la reducción establecida al rendimiento generado por el arrendamiento del mismo, pasa del 50 % al 60 %, por lo que hay una mejora con respecto al actual sistema. No obstante, a pesar de que la reducción podría llegar al 100% de la renta generada, si el contrato se realizaba con un contribuyente menor de 35 años, se ha modificado, rebajando la edad a 30 años, con determinados requisitos.
    Esto significa que si se tiene arrendada una finca a "un joven", no hay que pagar impuestos por el rendimiento obtenido.
     Como a la vez se establece un régimen transitorio, respetando situaciones precedentes,  aún podrán gozar de esa reducción ampliada, los contratos formalizados antes del 31 de diciembre del 2010.
  4. RENTAS PLURIANUALES
    Aquellas rentas generadas en varios años y que son satisfechos en un ejercicio fiscal, como podrían ser, entre otros supuestos, la recuperación de planes de pensiones en forma de capital, bonos o premios  laborales, la reducción del 40 % existente hasta la fecha, solo será aplicable a la cantidad de 300.000 €.
    Esto significa que pueda ser interesante adelantar la percepción del plan de pensiones o de estos premios o bonos, para que no le fuera de aplicación dicha limitación.
  5. OTRAS DEDUCCIONES Y OPCIONES PARA AHORRAR IMPUESTOS
    No hay que olvidar, a la hora de analizar la futura declaración de renta a presentar en junio de 2011,  que la normativa vigente también nos permite aplicar deducciones fiscales, entre otras, a las donaciones a ONG o fundaciones, iglesia o partidos políticos, así como en determinadas Comunidades Autónomas, a las aportaciones realizadas por los business-angels. Otra fórmula puede ser las aportaciones a fondos de pensiones o planes individuales de ahorro sistemático,
    El presente artículo es solo un brevísimo resumen de las normas que muy probablemente  sean aprobadas para el año 2011. La conclusión que debemos extraer es que si planificamos adecuadamente, el ahorro en impuestos puede ser importante, y por tanto la prevención y el conocimiento, son las mejores herramientas que poseemos para cumplir con nuestras obligaciones y ejercer nuestros derechos en un marco fiscal cada más complejo y estricto.

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