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28/03/2024. 13:26:32

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Pasado, presente y futuro de las cooperativas de consumo

Socio de SAN JOSÉ ABOGADOS

A finales del siglo XIX existían en España cooperativas de consumo fuertes, tanto en la zona de Cataluña, como en Valencia o en el País Vasco. La situación cambió posteriormente y el cooperativismo de consumo atravesó por momentos de crisis que se saldaron con el cierre de algunas cooperativas que no supieron o no quisieron adaptarse a los cambios que se estaban produciendo. Surgieron entonces incógnitas sobre la viabilidad de estas agrupaciones sociales y su capacidad para adaptarse a un mercado y a una sociedad en constante proceso de modernización y desarrollo.

Pasado, presente y futuro de las cooperativas de consumo

Las incógnitas parecen haberse despejado y aún hoy en día el cooperativismo de consumo sigue despertando un gran interés. La mayoría de estas cooperativas suministran productos de alimentación, artículos para el hogar, libros y material escolar o servicios turísticos. Pero ¿qué son las cooperativas de consumo?

Los estatutos de la Rochdale Society of Equitable Pioneers fueron aprobados el 24 de agosto de 1844. Parece existir un consenso generalizado en considerar esta fecha como la del nacimiento del movimiento cooperativo puesto que en sus estatutos sociales se reflejaban un elenco de principios que, en esencia, coincidirán con los que después han sido acogidos por la Alianza Cooperativa Internacional. Esta primera cooperativa fue una cooperativa de consumo doméstico que tenía por objeto el proveer a sus 28 socios fundadores con material de trabajo, azúcar, manteca, harina y velas. Se perfilan ya los rasgos definidores de este tipo de entidades, cuyo objeto primordial es el satisfacer las necesidades de abastecimiento de sus socios en cuanto destinatarios finales.

No obstante, desde esa fecha inicial las cooperativas de consumo han ido evolucionado e incorporando nuevas actividades a su objeto, adoptando alguna de las siguientes modalidades en función de las necesidades que sus socios necesitaban cubrir: Cooperativas de trabajo asociado, cooperativas de enseñanza, cooperativas agrarias, cooperativas de viviendas, cooperativas financieras (que incluye a las cooperativas de crédito y a las cooperativas de seguros), cooperativas sanitarias, cooperativas de servicios (ya sean servicios profesionales, servicios empresariales o servicios institucionales) o cooperativas de integración social. Todas ellas tienen un núcleo común: la autogestión de servicios. Sin embargo, su grado de desarrollo ha sido tal que son configuradas como modalidades independientes en la práctica totalidad de la legislación cooperativa, estatal y autonómica.

Además, la limitación de su objeto no ha impedido que las mismas hayan incorporado nuevas prestaciones adicionales, que pueden llegar a incluir la educación, la formación y la defensa de los derechos de sus socios en particular, y de los consumidores y usuarios, en general. Así lo estipula el artículo 88 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas al afirmar que "Son cooperativas de consumidores y usuarios aquéllas que tienen por objeto el suministro de bienes y servicios adquiridos a terceros o producidos por sí mismas, para uso o consumo de los socios y de quienes con ellos conviven, así como la educación, formación y defensa de los derechos de sus socios en particular y de los consumidores y usuarios en general" o, por ejemplo, el artículo 105 de la Ley 4/1993, de 24 de junio, Cooperativas de Euskadi cuando dispone que "Las cooperativas de consumo tienen como objeto procurar bienes o prestar servicios para el uso o consumo de los socios y de quienes con ellos convivan, así como la defensa y promoción de los derechos e intereses legítimos de los consumidores y usuarios".

En definitiva, son cooperativas con un marcado carácter social en las que los consumidores son, a la vez, clientes y empresarios. Clientes en cuanto destinatarios finales de la actividad cooperativizada. Empresarios en cuanto propietarios de la cooperativa. Esta doble condición del socio es la que permite gestionar el consumo sobre la base de las propias preferencias de los socios.

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