La Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género publicó la Estrategia estatal para combatir las violencias machistas 2022-2025, aprobada por Consejo de Ministros/as de 22/11/22.
Como expone la misma, es la segunda aprobada a nivel estatal en España (tras la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia contra la Mujer 2013-2016, además del Pacto de Estado contra la Violencia de Género hasta 2022), con el objetivo de contribuir a la erradicación de las violencias basadas en el género que se ejercen contra las mujeres. Habilita un marco de actuación formulado con la colaboración y participación de las Comunidades y Ciudades Autónomas, de otros ministerios, de la Federación Española de Municipios y de la sociedad civil.
Menciona que su objetivo es proporcionar un marco de referencia para la acción pública. Entre sus medidas, algunas aluden al ámbito penitenciario, las cuales mencionaré además de las relativas a la implicación de los hombres, agresores o no, indicando las unidades y ministerios que según la Estrategia serían responsables de llevarlas a cabo.
LÍNEA ESTRATÉGICA 2:
Medida 51. Introducción de enfoque interseccional en los estudios sobre violencias machistas, teniendo en cuenta la diversidad y especificidades de las mujeres (entre las que menciona a condenadas). Responsables: AGE y CCAA.
Medida 61. Elaboración de estudios especializados sobre mujeres y niñas víctimas de trata con fines de explotación sexual y en contextos de prostitución, con referencia a mujeres en prisión y condenadas a penas o medidas alternativas. Responsables: Igualdad, CCAA y FISCALIA.
Medida 128. Difusión y, en su caso elaboración, de protocolos comunes especializados en todas las formas de violencia machista, para su aplicación en la red de centros de servicios sociales, sociosanitarios y penitenciarios, en coordinación con los servicios especializados. Responsables: Igualdad, Sanidad, Derechos Sociales y CCAA.
Medida 133. Elaboración, actualización y difusión de protocolos comunes sanitarios especializados de detección y atención en violencias machistas para su aplicación en todos los centros que integran el Sistema Nacional de Salud y atendiendo a la diversidad (menciona a las mujeres en prisión, entre otras). Responsables: Igualdad, Sanidad, Justicia, FISCALIA y CCAA.
Línea Estratégica 2.7 “Implicando a los HOMBRES como parte de la solución”:
Este apartado explica que “implicar a los hombres como parte de la solución contribuye a la apropiación del problema y de parte de sus soluciones por parte de niños, jóvenes y hombres, los cuales tienen un papel fundamental en la prevención y erradicación de esta violencia. La mayoría de las políticas de igualdad adolecen de una falta de medidas para promover el cambio en los hombres, pero el objetivo de una sociedad libre de violencias machistas no se conseguirá sin la participación activa y convencida de estos”. Considera conveniente trabajar con los hombres como agentes de cambio y prevención de la violencia, potenciar las masculinidades igualitarias como parte de la solución y para generar en los propios agresores una conciencia de rechazo y de condena ante la violencia cometida que contribuya a la reparación de las víctimas supervivientes. La intervención con agresores contribuye a garantizar la no repetición del daño.
Expone que “desde la sociedad civil se denuncia la escasez de recursos y excesivas listas de espera en las intervenciones con hombres implicados en procesos judiciales y con hombres denunciados y no condenados por cualquier violencia machista. También se perciben carencias en la formación y sensibilización del entorno de trabajo con el agresor, no solo por profesionales de la abogacía y fiscalía. Hablan de la necesidad de reeducación como parte de un modelo de justicia democrática restaurativa y no meramente punitiva.
Las investigaciones sobre violencia machista señalan que esta es ejercida mayoritariamente en el espectro de hombres que no presentan ninguna patología, pero sí la necesidad de referencias más igualitarias en sus relaciones con las mujeres y habilidades socio-emocionales. Ello requiere de profesionales especializados en intervención con hombres. No solo debe intervenir la pena judicial y la condena social, sino también la necesidad de trabajar desde el sistema penitenciario y social por un tratamiento de formación y rehabilitación encaminado a que el agresor entienda el significado de la violencia, su efecto inmediato y las consecuencias a largo plazo y para que no vuelva a repetirla al acabar la condena”.
Algunas actuaciones en esta línea:
Medida 139. Mejora de la información dirigida a los hombres y su entorno para la detección y autodetección de comportamientos y actitudes no igualitarias, sexistas y violentas. Responsables: Igualdad y CCAA.
Medida 142. Apoyo a programas de hombres por la igualdad y de promoción y apoyo a las entidades que trabajan por el cambio de los hombres. Responsable: CCAA.
Medida 143. Creación de recursos especializados dirigidos a hombres para la prevención y actuación frente a las violencias machistas. Responsables: CCAA.
Medida 144. Fomento de acuerdos entre el Ministerio del Interior y las CCAA para la mejora del conocimiento y seguimiento sobre peligrosidad y probabilidad de reincidencia de los agresores condenados y para la ejecución de los talleres de sensibilización, prevención y programas de tratamiento de agresores.
Medida 145. Firma de convenios con Colegios profesionales de Psicología, de Trabajo Social, de Educación Social y Criminología, así como con otras entidades para que los agresores puedan recibir intervenciones realizadas por profesionales especializados, capacitados y con experiencia desde un enfoque feminista, interseccional y de derechos humanos. Responsables: Interior y CCAA.
Medida 146. Consolidación, refuerzo y seguimiento de los talleres y programas de intervención para hombres condenados por cualquier tipo de violencias machistas realizados por profesionales especializados, capacitados y con experiencia desde un enfoque feminista, interseccional y de derechos humanos. Responsables: Interior y CCAA.
Medida 147. Elaboración y difusión de investigaciones y programas validados dirigidos a hombres para sensibilizar y prevenir conductas machistas de riesgo. Responsables: Interior y CCAA.
En relación con algunas de estas medidas, debo hacer hincapié en que la mayoría de los profesionales penitenciarios (mayoritariamente mujeres, sobre todo psicólogas) que trabajan en la intervención con hombres condenados, están capacitados y con formación en dicha intervención con el enfoque mencionado.
Los restantes apartados de la Línea Estratégica 2 incluyen las siguientes actuaciones:
Medida 164. Mejora de la formación especializada en detección precoz de los distintos tipos de violencias machistas, con especial atención a las violencias sexuales, por parte de los equipos de profesionales sanitarios (menciona entre otros servicios, los de instituciones penitenciarias). Responsables: Interior y CCAA.
Medida 166. Impulso de actuaciones de formación especializada en violencias sexuales y en la pareja o expareja, dirigida a las FFCSE, autonómicos y locales, así como al personal de instituciones penitenciarias. Responsables: Interior.
Medida 169. Impulso de medidas de aprendizaje especializado dirigido a los profesionales de los centros penitenciarios, así como en los centros de internamiento de personas extranjeras, con especial atención a mujeres que han realizado movimientos migratorios. Responsables: Interior.
Algunas de estas medidas ya se imponen a través de la Ley Orgánica de Garantía de la Libertad Sexual.
LÍNEA ESTRATÉGICA 3:
Medida 188. Mejora en el acceso a los recursos especializados de determinados colectivos de mujeres, entre las que menciona a las condenadas. Responsables: Igualdad, Justicia, Interior, Sanidad, Derechos Sociales, Transición Ecológica, CCAA y EELL.
Medida 190. Establecimiento de medidas específicas para adaptar los recursos especializados a las necesidades de determinados colectivos de mujeres, entre las que menciona a las mujeres con discapacidad en prisión. Responsables: Igualdad, Sanidad, Derechos Sociales, CCAA y EELL.
Por lo tanto, según la Estrategia, aunque se traten en otras medidas aspectos penitenciarios y de personas condenadas, el Ministerio del Interior sería responsable de las medidas 144, 145, 146, 147, 164, 166, 169 y 188.