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29/03/2024. 09:17:44

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¿Dónde puedes demandar con el RGPD?

Legal Department
Áudea Seguridad de la Información

En la protección de datos, puede darse cualquier tipo de ilícito que nos afecte personalmente, como comunicaciones de datos personales a terceros, vulneración de derechos, tratamientos ilícitos por fines incompatibles…

Protección datos

En Áudea Seguridad de la Información somos conscientes de estas situaciones y de los problemas que genera.

En estos casos, la solución que se adopta es acudir a la AEPD para que esta institución sancione a la entidad que ha tratado de forma ilícita nuestros datos personales. Cabe destacar que en ningún caso una denuncia ante la AEPD nos va a proporcionar la posibilidad de obtener una indemnización puesto que, en casos donde se pueda acreditar un daño a la propia persona, se puede acudir a los tribunales para obtener una indemnización.

El supuesto típico puede ser la difusión de nuestra imagen sin consentimiento, y que dicha difusión sea de tal magnitud que pueda afectarnos personalmente y generarnos un daño, por ejemplo, si somos modelos de moda y alguna revista online con tirón en varios países difunde una foto nuestra "comprometida" que nos haga perder patrocinadores y contratos, ahí podríamos acreditar un daño y demandar a dicha revista.

Debido a este tipo se supuestos, el RGPD prevé varias posibilidades para demandar:

  • En cualquier establecimiento del responsable: si dicha editora tiene establecimientos en España, Alemania, Italia y Reino Unido, el afectado podría demandar en cualquiera de esos países.
  • En el propio país de residencia del afectado: si el afectado no quisiera demandar en los países donde exista un establecimiento, podría demandar en el país donde viva el propio afectado.

Posteriormente, queda resolver la ley que se aplica a la demanda, que, al no existir ninguna disposición en este sentido en el RGPD, debemos estar a las propias leyes del país donde demandemos, las cuales suelen estipular que se aplicarán las leyes de los Estados donde se haya materializado el daño, criterio difuso tratándose de ilícitos cometidos en internet.

Como observamos, el RGPD es una norma muy garantista para los afectados. Conscientes de la sociedad global e interconectada en la que vivimos, y los graves riesgos que supone la internacionalización de los datos, no hay más que aplaudir la llegada del RGPD en cuanto a la posibilidad de que cualquier afectado pueda ejercer sus derechos, aunque la empresa infractora se en encuentre en cualquier país del mundo.

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