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26/04/2024. 21:29:54

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Y ahora ….. Sin mascarillas…

Director Ejecutivo de 720º CH Riesgos

Por todos es sabido que el último Consejo de Ministros celebrado el día 19 de abril de 2022, aprobó el fin del uso obligatorio de la mascarilla en interiores después de 700 días de obligatoriedad, pero cabe preguntarse ¿Seguimos tomando decisiones reactivas?

Tras 700 días “escondidos” tras nuestra mascarilla volvemos a mirar a la cara a nuestros compañeros, empleados, etc… y debemos tomar las decisiones sobre los nuevos Riesgos que la Pandemia ha generado en nuestras Organizaciones y Empresas, ¿Con que “cara” los Directivos van a abordar los nuevos Riesgos?, ¿Seguimos manteniendo nuestra antigua Política Preventiva a pesar de lo visto?, ¿Nos hemos preparado para abordarlos? ¿Qué hemos aprendido en la Pandemia?

Desde un punto de vista legal podemos indicar que la evolución en la re4gulacion del uso de mascarillas en pandemia ha sido la siguiente:

1.- Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se publicó en el BOE del pasado BOE de 20/05/2020 (núm. 142).

“Así, mediante la presente orden se dispone, con carácter general, el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros………

Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad”

Obligatoriedad que se concreta en los artículos Artículo 1. Objeto – Artículo 2. Sujetos obligados – Artículo 3. Espacios en los que resulta obligatorio el uso de mascarilla.

2.- Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se publicó en el BOE del pasado de 30/03/2021 (núm. 76), dispuso la obligatoriedad de las mascarillas.

3.- Posteriormente, el Real Decreto 115/2022, de 8 de febrero (BOE 09/02/2022, núm. 34) modificó la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Por desgracia hemos tenido la experiencia, y tristemente hemos constatado, que las Decisiones Reactivas tomadas a lo largo de la Pandemia no han podido paliar las devastadoras consecuencias que todos hemos sufrido de una u otra forma.

Probablemente podemos argumentar que un tema tan excepcional sorprendió a nuestras organizaciones y empresas, por ser algo inesperado e imprevisible; las pandemias no ocurren con frecuencia en el llamado primer mundo, pero ya es un riesgo que debemos tener en cuenta, pues se ha puesto claramente de manifiesto lo rápido que sucede un acontecimiento no previsto y cómo es capaz de colapsar la economía mundial poniendo en jaque a países solventes.

Se ha puesto de manifiesto no solo la falta de Prevención y Previsión en materia de Bioseguridad, a menudo vinculada a la gestión de prevención de riesgos laborales, sino también la existencia de otros muchos Riesgos para los que la Prevención y Previsión no existían; la Ciberseguridad quizá ha sido la más claramente apreciable, incluso grandes firmas especializadas han sido hackeadas, pero no ha sido la única.

La falta de capacidad de controlar los Riesgos de los empleados en el teletrabajo, las dificultades de acceso a la información cuando no estoy en la sede de mi organización y empresa, la estanqueidad de los departamentos y por tanto de sus Riesgos, entre otras, nos indican que debemos comenzar a pensar en una Política Preventiva y Global sobre nuestros Riesgos y en una revisión profunda de la interrelación entre los mismos.

Esto es algo que nos debe llevar a una reflexión clara: ¿mi empresa tiene la Prevención y la Previsión óptimas en caso de que me suceda un hecho con el que no había contado?, o lo que es más grave, ¿prevengo adecuadamente los riesgos con lo que sí había contado?

El Real Decreto 286/2022, de 19 de abril, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (BOE de20 de abril de 2022, núm. 94), acuerda tras 700 días de la obligatoriedad de su uso de mascarillas, el fin de la misma.

Seguimos sin integrar que la toma de Decisiones Proactivas es clave para anticipar el Riesgo y sus consecuencias y para ello, trabajar con Información veraz es imprescindible, cuando esta no se tiene, o no se trata con la adecuada Inteligencia, nos vemos obligados a tomar Decisiones Reactivas que nos obligan a ir en jaque tras la materialización del Riesgo y por tanto, a asumir la Responsabilidad de no haber realizado una Prevención adecuada y a asumir las consecuencias en mayor o menor medida en función de nuestra capacidad de Previsión.

La disposición anteriormente citada indica en lo referente al uso de mascarillas en los centros de trabajo lo siguiente:

“…..En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación…”

En este aspecto, podemos decir que se vincula el contenido de la evaluación de riesgos laborales al uso de mascarillas, por tanto, se  parece otorgar carácter de riesgo laboral a riesgos que, realmente, responden a salud pública. Es una disquisición ya muy común en el ámbito de los profesionales de los riesgos laborales, ¿es Covid-19 un riesgo laboral en los centros de trabajo o es un asunto de salud pública que también afecta a los centros de trabajo?

Se le otorgan responsabilidades a las organizaciones preventivas de las empresas para las que no tienen capacidad jurídica.

De todos modos, es obvio que hay que tomar medidas sobre aspectos de bioseguridad y que este particular, a pesar de las dudas, debe ser asumido por los Servicios de Prevención en las empresas.

De hecho y además, las empresas -a través de su estructura y con el liderazgo de los Servicios de Prevención, deberán controlar que las medidas que se implantan son efectivamente seguidas por los trabajadores, todo ellos en aras de la “Responsabilidad In Vigilando” que alcanza especialmente a la gestión de prevención de riesgos laborales.

Abundando, la anterior redacción deja en manos del Empresario o Directivo la toma de decisiones sobre el uso o no de las mascarillas, lo que pudiera ser para muchos una decisión meramente anecdótica, teniendo en cuenta que nos podemos contagiar en cualquier otro ambiente o situación en la que no es obligatorio el uso de las citadas mascarillas, lo que debe conducirnos a reflexiones mucho más profundas y que están ya plasmadas en las medidas actuales de la PRL de las Organizaciones y Empresas, tendentes a la Biosecurización de espacios, por lo que ahora las medidas encaminadas al control de aforos, la humedad, la temperatura, la adecuada ventilación, la desinfección de superficies, etc… cobran especial relevancia, pues la falta de control sobre algunas de estas medidas nos puede hacer responsables de enfermedades no controladas que  se puedan fomentar en los espacios en los que desarrollan su actividad laboral nuestros compañeros.

Esta situación debe evitarse actualmente de forma Proactiva, es decir, tomando medidas antes de que se produzca una situación que pudiera causar un Riesgo, pues esto podrá evitar nuestra Responsabilidad In Vigilando. La implantación actual de la PRL en mi Organización o Empresa ¿puede demostrar de forma objetiva y continua la adopción de medidas tendentes a evitar estos Riesgos? Si la respuesta es “no lo tengo claro”, es el momento de hacerse la siguiente pregunta quizá más compleja: En caso de un Accidente Laboral ¿puedo demostrar objetivamente que diariamente mi Organización o Empresa toma las medidas adecuadas para evitarlo?

No debemos olvidar que la responsabilidad de adoptar medidas preventivas recae sobre los representantes legales y los directivos de la organización, ya que, en caso de producirse el evento, son ellos quienes responderán civil y penalmente ante la Justicia de las consecuencias del mismo; por tanto ¿estamos en disposición de demostrar de forma inequívoca que la materialización de un riesgo en un lugar del que soy responsable es verdaderamente UN ACCIDENTE y no una consecuencia de la realización irregular de la actividad? ¿Cómo demostrar y probar que tenemos establecidas las medidas preventivas oportunas o que no carecemos de la prevención adecuada a los riesgos de la actividad? ¿Cómo lo haremos?

Los Sistemas Inteligentes de Análisis y Gestión del Riesgo pueden medir los niveles de cumplimiento de la organización y permiten generar informes diarios sobre cada una de las medidas preventivas implantadas en los distintos procesos, facilitándole un histórico del cumplimiento y evitando su Responsabilidad Invigilando.

También se ha puesto claramente de manifiesto que es necesario apostar por el análisis de la Información, no solo de mi organización sino del entorno que puede afectar a su actividad, ya es  imprescindible conocer los Riesgos Globales a los que nos exponemos a diario, como piensa mi competencia, mis proveedores, los clientes, las empresas del sector y los Riesgos a los que estas están expuestas es necesario, conocer las medidas de prevención que todos adoptan, cómo son sus previsiones, etc…  es inevitable, ya que de materializarse alguno de sus Riesgos, pueden afectarme si carezco de la información necesaria y de la Proactividad que permita anticipar mi respuesta.

Apostar por la Criminología Preventiva y la capacidad y formación multidisciplinar adecuada de los Criminólogos dentro o fuera de mi departamento de prevención, es esencial para ser Proactivos en nuestras respuestas ante los nuevos Riesgos.

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