LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

26/04/2024. 15:06:52

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal se ocupará de inercias judiciales y vacíos que desprotegen al reo y desorientan al abogado

Legal Today

Lo penal copa el 72,4% de los asuntos que entran en los juzgados y es de los pocos ámbitos exentos de tasas judiciales. La Ley de Enjuiciamiento Criminal ha sido retocada 44 veces en 30 años. La Decisión Marco 220/2001, relativa al estatuto de la víctima en el proceso penal obliga a España a fundar un instituto de mediación penal, cosa que sólo se ha cumplido si se aplica la Ley del Menor.

Aunque estaba prevista para después del verano, será en realidad en el primer semestre de este año 2013 cuando el Ministerio de Justicia introduzca en los cauces parlamentarios lo que será la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal, texto que urge en el Derecho y que Francisco Caamaño, Ministro de Justicia del gobierno del PSOE, no fue capaz de sacar adelante por la premura de los plazos y la falta de consenso en las fuerzas políticas de las cámaras. La nueva Ley procesal penal se ocupará del plazo del secreto de sumario, el papel de la policía judicial en la investigación de delitos o el derecho de todo condenado a la revisión del fallo condenatorio por un tribunal superior.

"El proceso penal español no es eficaz, como lo demuestra el hecho de que haya 1,2 millones de causas pendientes de tramitación. Tampoco persigue la igualdad de aplicación de la ley para todo el mundo, ni busca la protección de la víctima, ni persigue la recuperación de activos de las organizaciones delictivas. Además, no garantiza un proceso justo para los inculpados". decía el Fiscal del Supremo Salvador Viada Bardají en una entrevista.

A ningún abogado le es ajeno que la Ley de Enjuiciamiento Criminal es de 1882 y que sus artículos están sometidos a una interpretación por parte de los órganos judiciales que poco favor le hace al abogado y mucho menos al enjuiciado "aquí el juez de instrucción puede iniciar investigaciones en condiciones que no puede hacerse en otros lugares del mundo, en donde los fiscales organizan la acusación en función de los medios disponibles. El juez de instrucción no se preocupa de eso; en su Juzgado hace las investigaciones de la manera que quiere" insistía Salvador Viada Bardají.  

De hecho, uno de los cambios fundamentales que instaurará la Ley de Enjuiciamiento Criminal que ahora sólo es un  borrador en las mesas del Ministerio de Justicia está en la fase de instrucción. Fernando de Rosa, vicepresidente del CGPJ decía a este respecto en ocasión del Anteproyecto de LECr que la reforma hace falta "para dilucidar ya de una manera realmente clara a quién le va a corresponder la instrucción, si al juez o al fiscal, sino también para determinar todo lo referente a la redistribución de las libertades de los derechos fundamentales". Para Salvador Viada Bardají el sistema es "obsoleto y demencial. Prueba de ello es que sólo quedan dos países en Europa con este sistema inquisitivo mixto; con una instrucción a cargo de un juez que no es tal, porque no se dedica a resolver conflictos, sino a investigar por su propia iniciativa. En otros países la investigación corre a cargo de la Policía y la Fiscalía, y el juez es de garantías".

Gráfico

Fuente: CGPJ

Francisco Caamaño llegó a sacar un Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Quiere saber cómo estaba configurada? 

El objetivo de Ruiz-Gallardón es dejar de poner parches a una ley que ha sido reformada hasta en 44 ocasiones en los últimos 30 años y abordar e incluir en ella asuntos que definan el proceso penal en el siglo XXI como el plazo del secreto de sumario, el papel de la policía judicial en la investigación de delitos o el derecho de todo condenado a la revisión del fallo condenatorio por un tribunal superior. "La introducción plena de la doble instancia penal -decía Gallardón en el Senado en una de sus intervenciones acerca de las reformas que llevaría a cabo en Justicia- pondrá fin a una carencia que ha motivado, señorías, condenas a España en el ámbito internacional. También ofrecerá la ocasión de reformar los recursos de casación y de revisión". A la condena que se refería el Ministro es la de tribunal de Estrasburgo de 2003, cuando obligó a España a indemnizar a José Ramón Prado Burgallo, ("Sito Miñanco"), por la deficiente regulación de las escuchas telefónicas durante la fase de instrucción.

 

Gráfico 

Población reclusa a 31 de diciembre de 2011

Fuente: CGPJ

Otro de los puntos que cambiarán en la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal es la apelación contra sentencias absolutorias, vista la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y del Tribunal Constitucional que han puesto en un brete el sistema vigente. Asimismo, se simplificará la normativa acerca de la emisión de los veredicto y se reducirán los delitos perseguibles por la acción popular para evitar abusos, se limitarán los delitos competencia del Tribunal del Jurado. ¿Quiere saber algo más acerca de los cambios en la competencia del Jurado? 

El Derecho de la Unión Europea, por otro lado, exige modificar los derechos de los detenidos y acusados y el comiso de bienes procedentes del delito. Ya se han hecho pasos en lo que refiere a drogas 

Secreto de sumario

El Ministro de Justicia, anunció en verano que la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal limitará a un mes el tiempo máximo en el que un sumario podrá estar bajo la condición de secreto, y que ese plazo sólo podrá ser prorrogado "por motivos muy excepcionales" por otras autoridades judiciales independientes del juez instructor. Ruiz-Gallardón ha explicó que con esa medida se pretende "acabar con la ficción de esos sumarios supuestamente secretos que se pueden leer a diario en los periódicos".

El Ministro explicó que la comisión encargada de redactar esta nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal establecerá que el secreto de sumario sólo se podrá prorrogar durante el plazo "máximo" de un mes. Sin embargo, precisó que en aquellos casos en los que existan motivos "extraordinarios o excepcionales", será una autoridad judicial externa a la instrucción del sumario quien tomará la decisión de ampliar ese plazo.

Con esta medida, el Ministerio pretende mantener el "reproche penal" sobre todos aquellos que, estando obligados a guardar secreto de sumario, lo revelan, incluidos quienes tienen "legítimo derecho" a conocer el sumario por su personación en la causa.

En el caso de los medios de comunicación que difunden información sujeta a secreto de sumario, Gallardón aseguró que la nueva Ley "no tiene intención" de penalizar su actuación, ya que, en su opinión, "el reproche debe centrarse en los que violan esta obligación y no en quienes la publican".

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.