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26/04/2024. 08:12:35

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DENTRO DEL PLAN DE AFLORAMIENTO Y CONTROL DEL EMPLEO SUMERGIDO

Trabajo investiga esta temporada 250.000 empresas

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El Plan de Afloramiento y Control del Empleo Sumergido, aprobado por el Real Decreto Ley 5/2011 y en vigor desde el 7 de mayo se ha articulado en dos fases, una primera de corta duración, del que informamos en su día en Legal Today, dotada de estímulos moderados para dar una oportunidad al afloramiento voluntario y una segunda fase, que es el grueso del Plan y con la que entra en vigor toda la batería de medidas. Supone un endurecimiento de las sanciones, nuevas responsabilidades empresariales y el refuerzo de la actividad inspectora.

Una lupa, un portatil y una hucha de cerdito

La primera fase ha consistido en un corto período de aproximadamente tres meses destinado a la regularización voluntaria del trabajo no declarado, durante la cual no estaban en vigor las medidas del Plan. Informamos de ello en Legal Today nada más que salió.

Se han establecido algunos estímulos moderados, unidos a la posibilidad de no verse incurso en las medidas sancionadoras que entran en vigor a continuación:

  • Inaplicación de las sanciones administrativas correspondientes por esa ocupación irregular de trabajadores.
  • Posibilidad de aplazar el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes al empleo aflorado.
  • Posibilidad de optar por cualquiera de las modalidades contractuales vigentes (Los contratos temporales, con una duración mínima de seis meses).
  • Posibilidad de beneficiarse, en su caso, de las bonificaciones y reducciones de las cotizaciones a la Seguridad Social vigentes en ese momento según la modalidad contractual.

Resultados de la primera fase

En la primera fase se ha producido un incremento de las altas ordinarias y de las altas fuera de plazo: Durante el período de regularización voluntaria (mayo a julio de 2011) se han producido un total de 5.062.336 altas de ocupados en la Seguridad Social, que supone 118.102 altas más que en los mismos tres meses del año anterior, un 2,4%.

Destacan los incrementos constatados en los dos primeros meses de funcionamiento del Plan: 71.300 y 64.601 altas más respectivamente que los meses homogéneos de 2010, lo que supone aumentos del 4,6% y del 3,9%.

A su vez, durante los meses de junio y julio, que se corresponden con el momento álgido del período voluntario, las altas fuera de plazo se elevaron a 32.527, que supone un incremento del 10% respecto del mismo período del año anterior.

Fase actual del plan de afloramiento del empleo sumergido 

Agotado el régimen de regularización, desaparecen todas las ventajas que llevaba aparejadas y además entran en vigor los cambios normativos que endurecen las sanciones y aumentan las garantías frente al empleo sumergido. Hay el objetivo de inspeccionar 250.000 empresas. Esto supondrá un aumento del 12,6% respecto del total realizado en 2010, de las que 15.000 deben ser empresas principales en las cuales presten sus servicios trabajadores de empresas contratistas o subcontratistas, verificando el cumplimiento de las nuevas garantías introducidas por el Plan.

Se prevé:

  • Endurecimiento de las sanciones administrativas asociadas al trabajo no declarado. Se elevan las cuantías de las multas, que en el caso de la falta de alta en Seguridad Social llega a multiplicarse por 5.
  • Se amplían supuestos contemplados en la norma como infracciones.
  • Se amplían algunos períodos de exclusión de beneficios para las empresas infractoras.
  • Se establece una nueva obligación de comprobación a las empresas: Los empresarios que subcontraten con otros la realización de obras o servicios correspondientes a su propia   actividad o que se presten de forma continuada en sus centros de trabajo deberán comprobar, con carácter previo al inicio de la actividad subcontratada, que los trabajadores empleados por los subcontratistas en sus centros de trabajo han sido dados de alta en Seguridad Social.
  • Se tipifica como infracción grave el incumplimiento de la obligación anterior en la ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social.
  • Se amplía el plazo de exclusión del acceso a beneficios y ayudas en caso de infracciones relacionadas con el empleo sumergido. Esta ampliación va desde un máximo de dos años, en   el caso de infracciones muy graves, a un año, ampliable a dos en caso de reiteración en la conducta infractora, en caso de infracciones graves.
  • Extensión de la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas a las empresas que hayan incurrido en infracciones graves, que ha implicado la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público .
  • Publicidad de las sanciones impuestas, cuya concreción se determinará mediante desarrollo reglamentario.

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