DENTRO DEL PLAN DE AFLORAMIENTO Y CONTROL DEL EMPLEO SUMERGIDO
Trabajo investiga esta temporada 250.000 empresas
7 de Noviembre de 2011
El Plan de Afloramiento y Control del Empleo Sumergido, aprobado por el Real Decreto Ley 5/2011 y en vigor desde el 7 de mayo se ha articulado en dos fases, una primera de corta duración, del que informamos en su día en Legal Today, dotada de estímulos moderados para dar una oportunidad al afloramiento voluntario y una segunda fase, que es el grueso del Plan y con la que entra en vigor toda la batería de medidas. Supone un endurecimiento de las sanciones, nuevas responsabilidades empresariales y el refuerzo de la actividad inspectora.
Legal Today
La primera fase ha consistido en
un corto período de aproximadamente tres meses destinado a la regularización
voluntaria del trabajo no declarado, durante la cual no estaban en vigor las
medidas del Plan. Informamos de ello en Legal Today nada más que salió.
Se han establecido algunos
estímulos moderados, unidos a la posibilidad de no verse incurso en las medidas
sancionadoras que entran en vigor a continuación:
-
Inaplicación
de las sanciones administrativas correspondientes por esa ocupación irregular de trabajadores.
-
Posibilidad
de aplazar el ingreso de las cotizaciones a la Seguridad Social
correspondientes al empleo aflorado.
-
Posibilidad
de optar por cualquiera de las modalidades contractuales vigentes (Los contratos temporales, con una duración
mínima de seis meses).
-
Posibilidad
de beneficiarse, en su caso, de las bonificaciones y reducciones de las cotizaciones a la Seguridad Social
vigentes en ese momento según la modalidad contractual.
Resultados de la primera fase
En la primera fase se ha producido
un incremento de las altas ordinarias y de las altas fuera de plazo: Durante el
período de regularización voluntaria (mayo a julio de 2011) se han producido un
total de 5.062.336 altas de ocupados en la Seguridad Social, que supone 118.102
altas más que en los mismos tres meses del año anterior, un 2,4%.
Destacan los incrementos constatados
en los dos primeros meses de funcionamiento del Plan: 71.300 y 64.601 altas
más respectivamente que los meses homogéneos de 2010, lo que supone aumentos
del 4,6% y del 3,9%.
A su vez, durante los meses de
junio y julio, que se corresponden con el momento álgido del período
voluntario, las altas fuera de plazo se elevaron a 32.527, que supone un
incremento del 10% respecto del mismo período del año anterior.
Fase actual del plan de afloramiento del empleo sumergido
Agotado el régimen de
regularización, desaparecen todas las ventajas que llevaba aparejadas y además
entran en vigor los cambios normativos que endurecen las sanciones y aumentan
las garantías frente al empleo sumergido. Hay el objetivo de inspeccionar 250.000
empresas. Esto supondrá un aumento del 12,6% respecto del total realizado
en 2010, de las que 15.000 deben ser empresas principales en las cuales presten
sus servicios trabajadores de empresas contratistas o subcontratistas,
verificando el cumplimiento de las nuevas garantías introducidas por el Plan.
Se prevé:
-
Endurecimiento
de las sanciones administrativas asociadas al trabajo no declarado. Se elevan las cuantías de las multas, que en el
caso de la falta de alta en Seguridad Social llega a multiplicarse por 5.
-
Se
amplían supuestos contemplados en la norma como infracciones.
-
Se
amplían algunos períodos de exclusión de beneficios para las empresas
infractoras.
-
Se
establece una nueva obligación de comprobación a las empresas: Los empresarios
que subcontraten con otros la
realización de obras o servicios correspondientes a su propia actividad o que se presten de forma continuada
en sus centros de trabajo deberán comprobar,
con carácter previo al inicio de la actividad subcontratada, que los
trabajadores empleados por los
subcontratistas en sus centros de trabajo han sido dados de alta en Seguridad Social.
-
Se
tipifica como infracción grave el incumplimiento de la obligación
anterior en la ley de Infracciones
y Sanciones del Orden Social.
-
Se
amplía el plazo de exclusión del acceso a beneficios y ayudas en caso de
infracciones relacionadas con el
empleo sumergido. Esta ampliación va desde un máximo de dos años, en el caso de infracciones muy graves, a un año,
ampliable a dos en caso de reiteración en la conducta
infractora, en caso de infracciones graves.
-
Extensión
de la prohibición de contratar con las Administraciones Públicas a las empresas que hayan incurrido en infracciones
graves, que ha implicado la modificación de la Ley de Contratos del Sector Público .
-
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de las sanciones impuestas, cuya concreción se determinará mediante desarrollo reglamentario.
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