
- No será aplicable con carácter general hasta el 2 de agosto de 2026
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El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó el pasado 12 de julio el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Reglamento de Inteligencia Artificial). Entrará en vigor el 1 de agosto de 2024 y será aplicable de manera progresiva ya que no será aplicable con carácter general hasta el 2 de agosto de 2026, pasados 24 meses de su entrada en vigor (lo que se producirá a los veinte días de su publicación, el 2 de agosto de 2026), pero algunas previsiones del mismo son aplicables en plazos distintos.
En concreto, los capítulos I y II serán aplicables a partir del 2 de febrero de 2025, el capítulo III, sección 4, el capítulo V, el capítulo VII y el capítulo XII y el artículo 78 serán aplicables a partir del 2 de agosto de 2025, a excepción del artículo 101, y el artículo 6, apartado 1, y las obligaciones correspondientes del presente Reglamento serán aplicables a partir del 2 de agosto de 2027.
Niveles de riesgo y restricciones
La nueva ley ofrece un enfoque que categoriza los niveles de riesgo y las restricciones que deben acompañar a cada estado en función de la escala, lo que implica la prohibición en casos de riesgo «inasumible», como los sistemas de categorización biométrica, la extracción no dirigida de imágenes para crear bases de datos de reconocimiento facial, el reconocimiento de emociones, sistemas de puntuación social o sistemas que manipulan el comportamiento.
Con todo, están previstas una serie de estrictas excepciones que permitirán el uso de sistemas de vigilancia biométrica en espacios públicos, siempre que haya orden judicial previa y para una lista de delitos estrictamente definidos.
De este modo, la supervisión biométrica en tiempo real se limitará en tiempo y ubicación y ello sólo para la búsqueda selectiva de víctimas de secuestro, trata o explotación sexual, para evitar una amenaza terrorista específica y presente y para localizar o identificar a un sospechoso de haber cometido un delito de los recogidos en la norma.
También quedan definidos los sistemas de IA autorizados pero considerados de muy alto riesgo por su importante impacto en la salud, la seguridad, los derechos fundamentales, el medio ambiente y el Estado de derecho.
Los sistemas de Inteligencia Artificial utilizados para influir en el resultado de las elecciones y el comportamiento de los votantes también se clasifican como de alto riesgo, y los ciudadanos tendrán derecho a presentar quejas y recibir explicaciones sobre las decisiones basadas en sistemas de IA de alto riesgo que afecten a sus derechos.
Otra de las claves ha sido cómo introducir reglas específicas para los modelos fundacionales, como las plataformas ChatGPT o DALL-E, que vieron la luz después de que la Comisión Europea presentara su primera propuesta de regulación por lo que este capítulo se ha ido desarrollando en el curso de la negociación.
La legislación pionera también prevé sanciones para los incumplidores que irán desde los 35 millones de euros o el 7 por ciento del volumen de negocio global hasta los 7,5 millones, en función del tamaño de la compañía.
El objetivo de la nueva regulación europea es fijar estándares de seguridad y de derechos fundamentales que eviten que la tecnología se use con fines represivos, de manipulación o discriminatorios; pero sin que se traduzca en una hiperregulación que lastre la competitividad de la Unión Europea.
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La Unión Europea dispone ya por tanto de una ley sobre el uso de la Inteligencia Artificial pionera en todo el mundo por su ambición y amplio alcance.
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