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Absuelto un policía de Vigo que llamó «matado y subnormal» a una persona con discapacidad al no ser insultos degradantes

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, ha absuelto a un policía local tras llamar "matado" y "subnormal" a un discapacitado al no considerarlos insultos "degradantes". En concreto, los magistrados han desestimado el recurso de apelación interpuesto por el denunciante contra el auto dictado...

¿Por qué hay tan pocos abogados en Japón?

El profesor de Derecho Público de la Universidad de Soka (Tokio), Fuminobu Okabe, habla sobre la situación legal en Japón, donde hay un abogado...

¿Quiere saber cómo protege el Arbitraje Internacional las inversiones extranjeras? (I)

El profesor de Derecho Internacional Privado de la Universidad de Navarra, Nicolás Zambrana, habla del Arbitraje Internacional como mecanismo de protección de inversiones extranjeras. "El...

¿Quiere saber cómo protege el Arbitraje Internacional las inversiones extranjeras? (y II)

El profesor de Derecho Internacional Privado de la Universidad de Navarra, Nicolás Zambrana, habla del Arbitraje Internacional como mecanismo de protección de inversiones extranjeras. "El...

Nueva Orden reguladora del Informe de Experto Externo

La Orden EHA/2444/2007 es la primera regulación existente sobre el modelo de Informe de Experto Externo en materia de prevención de blanqueo de capitales. Aunque ha habido muchas quejas por parte de los sujetos obligados y de los expertos externos sobre el contenido de la misma, es cierto que va a permitir una homogeneización que hasta ahora era difícil de conseguir.

Los abogados, sujetos obligados por la normativa de prevención de blanqueo de capitales

Los abogados son sujetos obligados de régimen especial por la normativa de prevención de blanqueo de capitales. Entre sus obligaciones se encuentran informar a las autoridades competentes de cualquier hecho que pudiera ser indicio de blanqueo de capitales cuando participan en determinadas transacciones de carácter financiero, sin ser esta obligación contraria al deber de secreto profesional.

¿Conoce usted qué es el S-1?

La Orden EHA/1439/2006 establece la obligación de declaración de determinados movimientos de medios de pago, con carácter previo al movimiento. La obligación corresponde al portador de los medios de pago. El incumplimiento de esta obligación puede suponer la intervención por parte de las autoridades de los medios de pago intervenidos.

La Tercera Directiva Europea, todavía pendiente de transposición

La Tercera Directiva Europea debería haber sido transpuesta al Ordenamiento Interno antes del 15 de diciembre del pasado año 2007. Si embargo, ni hay transposición a día de hoy, y, es más, parece que ésta se va a hacer esperar. Ante esta situación, los sujetos obligados se encuentran ante un vacío jurídico y aún más, con la presión adicional de que los organismos supervisores están exigiendo el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Directiva en sus inspecciones.

Las inmobiliarias, en el ojo del huracán

Si bien las sociedades de promoción inmobiliaria son sujetos obligados por la normativa de prevención de blanqueo de capitales, el número de sociedades de este sector registradas en el SEPBLAC como sujetos obligados es mínimo. Además, las comunicaciones de operaciones sospechosas que están realizando es muy bajo, lo cual choca con el elevado nivel de riesgo de blanqueo de capitales de este sector. Por ello, las autoridades nacionales e internacacionales (entre ellas el GAFI) han situado al sector inmobiliario en el punto de mira de sus inspecciones.

Escuche los consejos de la experta en Comercio Internacional Angie Raymond (I)

Angie Raymond is a Lecturer in Internacional Comercial Law in the Center for Comercial Law Studies (Queen Mary, University of London). Raymond considers that is...
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