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26/04/2024. 22:34:07

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Antonio Benavides Vico, autor de ‘Desempleo, Incapacidad, Jubilación y Viudedad/Orfandad’ (Lex Nova)

“Mediante esta obra se pretende aportar un mayor conocimiento a la razón básica de todo Sistema de la Seguridad Social”

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Antonio Benavides Vico, autor de ‘Desempleo, Incapacidad, Jubilación y Viudedad/Orfandad’ (Lex Nova), que alcanza su segunda edición, analiza desde un punto de vista eminentemente práctico el conjunto de las prestaciones de la Seguridad Social tanto contributivas como no contributivas. En su obra destaca la incorporación de las modificaciones producidas en esta materia por la Ley de Presupuestos del Estado para el 2014, y la ley de reforma de las pensiones para la creación del denominado factor de sostenibilidad e índice de revalorización. Hemos querido conocer de mano de Benavides Vico las características de esta publicación de Lex Nova.

Antonio Benavides Vico

‘Desempleo, Incapacidad, Jubilación y Viudedad/Orfandad' (Lex Nova) aborda las distintas prestaciones de la Seguridad Social, aunque incide especialmente en la jubilación. ¿Por qué ha querido enfatizar en ella?

La obra realiza un análisis en profundidad de todas las prestaciones de nuestro Sistema de Seguridad Social, abarcando todos los elementos de las prestaciones, requisitos, cálculo del importe, incidencias más habituales, etc. pero evidentemente dentro del conjunto de la acción protectora, la pensión de jubilación, es sin lugar a dudas la más relevante, tanto por el número de beneficiarios que la perciben  a enero de 2014,  es de 5.523.066 pensionistas, de un total de 9.154.617  pensiones, lo que implica que más del 60 por 100 del total de las pensiones de la Seguridad Social son de jubilación, que conlleva un gasto de más de 5.400 millones de euros mensuales sobre un total de gasto mensual de más de 7.918 millones de euros. Dicha relevancia además se produce por los importantes cambios que la pensión de jubilación ha tenido desde el 01-01-13, por la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, y posteriormente por el Real Decreto-ley 5/2013,  de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

Las modificaciones introducidas, afectan tanto a la pensión ordinaria, con cambios en los requisitos de edad legal de acceso, nuevo cálculo de la base reguladora, nuevos porcentajes de pensión en función del tiempo cotizado, y una mejora significativa en los supuestos de demora de la jubilación más allá de la edad legal. Junto a ello, se regulan nuevas formas de jubilación anticipada, diferenciándose las mismas en función del carácter justificado del cese en la empresa por situaciones de crisis, o bien por el carácter voluntario de la misma, y la jubilación parcial con nuevos requisitos que dificultaran su aplicación. Otro hecho importante  a destacar  son las nuevas modalidades de compatibilidad de la pensión de jubilación con el trabajo, dedicándose íntegramente un apartado de la monografía para analizar los distintos supuestos de compatibilidad, requisitos y efectos sobre la pensión.

Esta obra cuenta con numerosos criterios administrativos de la Seguridad Social desde determinadas formas.

En la aplicación de cualquier regulación o norma jurídica son posibles distintas interpretaciones sobre el contenido de la misma, resulta por ello, muy conveniente conocer el criterio interpretativo de la Entidad Gestora que tiene atribuida la competencia en el reconocimiento de las prestaciones, por ello, se han incluido en la obra numerosos criterios interpretativos que permiten conocer ante un supuesto de hecho con dificultad interpretativa cuál va a ser la resolución que previsiblemente adoptara la Entidad Gestora. Todo ello, sin perjuicio de hacer una referencia también exhaustiva a la jurisprudencia más relevante de la Sala IV del Tribunal Supremo sobre las distintas prestaciones.

La intensidad de las modificaciones introducidas a partir del 1 de enero de 2013, ¿de qué manera afectan al ciudadano?

A partir del 1 de enero de 2013, entraron en vigor los distintos cambios que afectan a la pensión de jubilación, modificaciones que afectaran de forma progresiva tanto a la edad de jubilación, pasando de los 65 años anteriores a una edad que está en función de los años cotizados a la Seguridad Social, y que tras finalizar el periodo transitorio en el año 2027, será de 67 años para quienes no hayan cotizado 38 años y seis meses a lo largo de su vida laboral, teniendo en cuenta que el incremento es progresivo de un mes cada año, en función de lo cotizado, para  este año 2014  la edad legal de jubilación es de  65 años y 2 meses para quien no haya cotizado 35 años y 6 meses, lo que implica que conforme vaya transcurriendo el periodo transitorio el retraso de la edad a la que el trabajador se puede jubilar se amplía salvo que acredite unos periodos de cotización muy prolongados.

Otra afectación puede venir motivada por el menor importe de la pensión, tanto de forma directa por el incremento de los años que se computan en la base reguladora, que llegara a los 25 años en  2022, como por la modificación de los porcentajes de pensión en función de los años cotizados, como por la nueva regulación de la integración de lagunas de cotización,  así como por la limitación del importe del complemento a mínimos para las pensiones cuyo hecho causante hay a sido posterior al 01-01-13, a la cuantía de las prestaciones no contributivas, lo que puede determinar que pese a tener derecho al complemento a mínimos no se perciba el importe de la pensión mínima.

No obstante en las pensiones de orfandad  se ha producido una mejora con la nueva regulación, dado que se amplia la edad que puede percibirse la pensión.     .

¿Qué modificaciones se han producido en las prestaciones de  los trabajadores a tiempo parcial?

La Sentencia del Tribunal Constitucional 61/2013, de 14 de marzo,  declaró inconstitucional y nula la regulación que contenía el apartado 1ª  de la Disposición Adicional séptima de la ley General de la Seguridad Social que regulaba la regulación de las prestaciones de los trabajadores a tiempo parcial, la nueva normativa establecida por el  Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, establece un acceso a las prestaciones  mucho más coherente y ajustado a las características de estos contratos, posibilitando una determinación de días cotizados de forma proporcional a la jornada a tiempo parcial, y una exigencia de carencia reducida  que los trabajadores a tiempo completo en función del denominado coeficiente global de parcialidad. El mecanismo resulta complejo en su aplicación práctica, y para disipar dudas en la obra publicada se incluyen respecto a todas las prestaciones la incidencia de esta nueva regulación, así como ejemplos prácticos de su concreta aplicación.  

¿Considera que la Seguridad Social cuenta con la capacidad suficiente de autonomía económica?

La Seguridad Social, viene atravesando problemas económicos derivados de la reducción de ingresos por cotizaciones que ha motivado la grave situación de desempleo que venimos padeciendo durante los últimos años, esa reducción de ingresos ha venido acompañada por un incremento de gastos que ha motivado las dificultades financieras existentes y la necesidad de tener que recurrir al Fondo de Reserva de la Seguridad Social  en 2012 por más de 7.000 millones de euros y en 2013, por más de 9.000 millones de euros. Las perspectivas para este ejercicio según el presupuesto de la Seguridad Social  es una reducción de las cotizaciones sociales en  el 2,86% respecto al año 2013, lo que conlleva que las cotizaciones sociales pasan de representar el  83% del total  de ingresos al 78%.  Ello motivará previsiblemente el mantenimiento de las dificultades financieras para el Sistema, salvo que la recuperación del empleo motive un incremento de cotizaciones significativo que compense el incremento de gastos que se viene produciendo progresivamente cada ejercicio.

‘Desempleo, Incapacidad, Jubilación y Viudedad/Orfandad' (Lex Nova) es una obra de carácter práctico. ¿De qué manera va a ayudar a quien consulte esta publicación?

La obra pretender ser una herramienta de consulta directa a los numerosos supuestos que de las prestaciones de la Seguridad Social se pueden plantear, tanto  estructurándose la obra de forma esquemática en las distintas prestaciones, donde de forma directa se analizan los requisitos de  acceso, cálculo de las prestaciones, criterios administrativos y jurisprudencia relevante que permite un conocimiento global de toda la cobertura de la Seguridad Social, contando con números esquemas y casos prácticos que permiten una mayor claridad en los temas más complejos. En definitiva se pretende aportar un mayor conocimiento a la razón básica de todo Sistema de la Seguridad Social, la existencia de su acción protectora.

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