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12/06/2025. 23:22:09
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El fiscal general no se plantea dimitir tras ser procesado por el TS por la filtración contra el novio de Ayuso

Europa Press
  • Reitera su «inocencia» y seguirá «defendiendo la actuación y la integridad de la institución»

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, no se plantea dimitir, tras ser procesado por el Tribunal Supremo (TS) por una presunta revelación de secretos contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, según fuentes fiscales consultadas por Europa Press.

La Fiscalía ha informado de que García Ortiz «reitera su inocencia» y «se reafirma en su compromiso de continuar defendiendo la actuación y la integridad de la institución que representa al frente de la misma».

El jefe del Ministerio Público se mantiene así firme en la decisión que adoptó el pasado 16 de octubre, cuando el Supremo le encausó por las presuntas filtraciones en torno a la investigación contra González Amador por delitos fiscales.

En un escrito enviado ‘in extremis’ por su defensa el pasado viernes, García Ortiz pedía al magistrado instructor, Ángel Hurtado, que archivara las pesquisas en su contra al considerar que el hecho de que González Amador no solo fuera consciente, sino que autorizara las negociaciones en marcha para llegar a un acuerdo con Fiscalía, y de que consintiera que se informara a la prensa de un ‘email’ de su defensa con el fiscal, elimina cualquier secreto en torno a esos contactos.

Hurtado desecha este argumento razonando que correspondía «exclusivamente» a González Amador elegir «libremente» a «quien transmite su propio mensaje», por lo que resta importancia a que permitiera la difusión de un ‘email’ del 12 de marzo de 2024 enviado por el fiscal que le investigaba, Julián Salto, a su abogado, Carlos Neira, para afirmar la entidad delictiva de que se filtrara sin su consentimiento el anterior de 2 de febrero, donde su defensa ofrecía reconocer los delitos fiscales a cambio de pactar.

Además, el magistrado sostiene que la noche del 13 de marzo García Ortiz filtró el correo electrónico del 2 de febrero a la Cadena SER para «ganar el relato» después de que ‘El Mundo’ publicara que era Fiscalía quien ofrecía pactar. Asume asimismo que el fiscal general actuó por «indicaciones» del Gobierno y que desde la sede central de Fortuny se filtró ese mismo ‘email’ a la entonces asesora de Moncloa Pilar Sánchez Acera.

Por contra, García Ortiz aseguró en su escrito que no filtró nada, insistiendo en que se limitó a hacer las gestiones necesarias para saber cómo se llegó al ‘email’ del 12 de marzo -de cuyos extractos parecía que Fiscalía tomó la iniciativa- para posteriormente confeccionar una nota de prensa que se emitió la mañana del 14 de marzo con las comunicaciones previas mantenidas con la defensa de González Amador, que fueron objeto -dijo- de una «presentación sesgada».

Un vacío legal que favorece al FGE

Las causas de cese del fiscal general del Estado están reguladas en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF), cuyo artículo 31 establece que solo «podrá cesar» a «petición propia», «en caso de incapacidad o enfermedad que lo inhabilite para el cargo», «cuando cese el Gobierno que lo hubiera propuesto», «por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones» y «por incurrir en alguna de las incompatibilidades o prohibiciones» establecidas legalmente.

El mismo precepto indica que la existencia de todas estas causas de cese, a excepción de la que contempla la salida simultánea con el Gobierno, «será apreciada por el Consejo de Ministros».

Sin embargo, el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en declaraciones a la prensa ha reiterado este lunes la plena confianza del Gobierno en García Ortiz.

El EOMF no recoge entre las causas de cese objetivas del fiscal general que sea imputado, procesado o juzgado, un vacío legal que se extiende al resto de la normativa interna del Ministerio Fiscal permitiéndole seguir a los mandos, según fuentes fiscales.

En cambio, en el artículo 145 del reglamento de la institución se indica que el fiscal general tendrá que acordar «la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal» cuando «se dicte auto de apertura de juicio oral o de prisión por delito cometido en el ejercicio de sus funciones o con ocasión de ellas».

De esta forma, se da la paradoja de que, si el Supremo sigue la línea marcada en esta resolución de Hurtado y, en el siguiente paso, envía a juicio a García Ortiz y Rodríguez, el fiscal general aún podrá mantenerse en el cargo mientras que ella tendrá que ser suspendida de empleo y sueldo.

No obstante, el propio Reglamento del Ministerio Fiscal contempla que «la suspensión podrá ser alzada por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, de oficio o a instancia del interesado, si varían las circunstancias que motivaron su adopción, tras oír a la Comisión Permanente del Consejo Fiscal y, en su caso, al propio afectado». Añade que «se alzará, en todo caso, si la causa concluye con sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento o archivo».

En este contexto, la exoneración de Rodríguez se ha convertido en esencial para evitar un escenario en el que García Ortiz se mantenga en el cargo mientras su subordinada queda suspendida de empleo y sueldo encontrándose ambos en la misma situación. De hecho, las fuentes consultadas subrayan que llegados a ese punto el fiscal general podría replantearse su continuidad en el puesto.

Cabe recordar que el auto de procesamiento dictado este lunes por el magistrado instructor puede recurrirse tanto ante el propio juez como ante la Sala de Apelación del Supremo.

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