LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

30/12/2025. 00:29:51
30/12/2025. 00:29:51

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

INCLUYE LA SENTENCIA

El pacto en exclusiva en un contrato con una agencia para la venta de una vivienda no supone una cláusula abusiva

Irune Agorreta Martínez
Professional Content Thomson Reuters

STS, Sala Civil, de 10 mayo 2019 (RJ 2019, 1933)

En un contrato de mediación con una inmobiliaria para la venta de una vivienda se pactó régimen de exclusividad. El propietario comunicó a la agencia que había vendido el piso y se negó a abonarle los honorarios a pesar de que el comprador tuvo conocimiento de la finca por las gestiones de aquélla. La agencia demandó al propietario por vulneración del pacto de exclusiva y el Juzgado de Primera Instancia núm. 10 de Santander lo absolvió y estimó la nulidad de la cláusula de exclusividad.

Casa en venta

En segunda instancia, la Audiencia Provincial de Cantabria declaró que la cláusula es habitual en este tipo de contratos, acogiendo el criterio de diversas Audiencias Provinciales de que no impide que el propietario venda su finca, sin apoyo del profesional, sino que incorpora una compensación a su favor, si lo hace en el periodo de vinculación en el que se desarrolla una actividad generadora de gastos y esfuerzo. Así pues, el propietario debió pagar los honorarios a la inmobiliaria ya que se benefició de su gestión para conocer al comprador.

Finalmente, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia de la Audiencia Provincial argumentando que la redacción del contrato es clara y comprensible, con términos sencillos que establecen un justo equilibrio entre las obligaciones de las partes, de forma que la mediadora se comprometía a desarrollar una intensa actividad en orden a facilitar la venta de la vivienda, mientras que la propiedad se obligaba a respetar la exclusiva durante seis meses, incluso a no vender por su cuenta, estableciendo una compensación económica para el caso de incumplimiento por la propiedad. Por tanto, la decisión de la Audiencia Provincial, dice el Alto Tribunal, es ajustada a derecho y ponderada, no habiendo ningún desequilibrio entre las obligaciones de las partes, ni la existencia de una indemnización desproporcionada, habiendo resultado probado que el propietario de benefició de la actuación de la agencia inmobiliaria para vender su finca.

¿Quiere leer la sentencia?

 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.

Resumen de privacidad

Este sitio web utiliza cookies para mejorar tu experiencia mientras navegas por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en tu navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. Estas cookies no requieren el consentimiento del usuario. También utilizamos cookies de terceros: analíticas, que nos ayudan a analizar y comprender cómo utilizas este sitio web, y publicitarias, para generar audiencias y ofrecer publicidad personalizada a través de los hábitos de navegación de los usuarios. Estas cookies se almacenarán en tu navegador solo con tu consentimiento. También tienes la opción de optar por no recibir estas cookies. La exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar a tu experiencia de navegación.