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27/07/2024. 04:11:09

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Se retoma el debate para la reforma de la Ley del Aborto

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La secretaria de organización del PSOE, Leire Pajín, aseguró ayer que su partido abrirá de forma inmediata un debate parlamentario para abordar la modificación de la Ley del Aborto. Esta reforma responde a una demanda social, según explicó en una entrevista televisiva, ya que la actual Ley "tiene demasiados años", lo que a su juicio ha provocado que España esté en "una situación que hay que corregir".

Se retoma el debate para la reforma de la Ley del Aborto

Sobre la reforma de la legislación de la interrupción voluntaria del embarazo, en este período de tiempo cercano, lleva hablándose desde fines del 2007. De todos modos, el debate se retrotrae a 1995, cuando el Gobierno socialista del momento presentó un anteproyecto de ley para ampliar los supuestos.

El texto establecía un "cuarto supuesto", al permitir el aborto cuando supusiese para la mujer un conflicto personal, familiar o social, siempre y cuando recibiese asesoramiento acerca de ayudas sociales y económicas para el caso de tener el hijo, y se diese en las 12 primeras semanas de gestación.

A finales de ese año, 1995, el Congreso aprobó por mayoría absoluta ese proyecto de ampliación del aborto. Sin embargo, la convocatoria anticipada de elecciones generales y disolución de las Cámaras evitó que saliese adelante.

En 2004, con la vuelta socialista al gobierno, se volvió sobre esta legislación. Sin embargo, el Congreso rechazó en septiembre de 2004 tres proposiciones de ley auguradas por ERC, Izquierda Verde y BNG.

Legislación, hoy por hoy

Actualmente rige la Ley Orgánica 9/1985, de 5 de julio, de despenalización del aborto en determinado supuestos. Esta ley introdujo el artículo 417 bis al Código Penal, mediante el cual se despenalizó el aborto en ciertos supuestos.

La Ley Orgánica 10/1995 del "nuevo Código Penal" dejó vigente el artículo 417 bis del antiguo código.

Asimismo, es de aplicación el Real Decreto 2409/86 de 21 de noviembre, que, según el propio texto, "viene a precisar y facilitar el estricto cumplimiento de los requisitos legales y sanitarios exigibles en los casos y circunstancias a que se refiere la citada Ley, así como la correspondiente adecuación de la estructura asistencial y sanitaria, habida cuenta de la experiencia acumulada desde la publicación de la Orden de 31 de julio de 1985, siguiendo las orientaciones de la Organización Mundial de la Salud y organizaciones profesionales de carácter internacional, y la entrada en vigor de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, de acuerdo con lo previsto en sus artículos 29.2, 40.7 y disposición final cuarta".

Además, un Real Decreto aprobado en julio, aún no en vigor, que se ocupa de la unificación de los estándares de calidad de las clínicas que realizan abortos.

El texto establece que dichas clínicas deberán realizar consultas toco-ginecológicas, estudios médicos en los que el especialista determine si la mujer en gestación se encuentra dentro de los tres supuestos establecidos por la legislación, y análisis ecográficos y cardiacos antes y después de la intervención para valorar riesgos y consecuencias, prescribir la medicación indicada en cada caso y facilitar la recuperación de la paciente tras abortar.

Además, fija unos mínimos en lo relacionado con la confidencialidad, tanto de las que soliciten información sobre el proceso como las que aborten, con carácter retroactivo. La revelación de los datos sólo podrá efectuarse por orden judicial.

Aborto como delito

El aborto es un delito salvo en los supuestos de:

  • violación denunciada
  • graves taras físicas o psíquicas del feto (previo dictamen de dos especialistas)
  • grave peligro para la vida o para la salud física o psíquica de la madre (con el informe de un médico)

Los facultativos que emiten los dictámenes deben ser distintos al que practica el aborto.

Para los casos de violación y malformación fetal hay plazos: 12 semanas para la violación y 22 para las malformaciones fetales. No hay limitación temporal para la indicación de grave riesgo para la salud física o psíquica de la madre.

En la anterior legislatura no se produjo la modificación de la ley a pesar de que fue una de las promesas electorales y de los escándalos de la clínicas abortistas de fines del 2007, período en el que hubo un médico en prisión preventiva por delito de aborto, asociación ilícita, intrusismo y falsedad documental, clínicas suspendidas por irregularidades y agresiones a empleados de estos establecimientos; todo ello tras saltar a la opinión pública que las clínicas no cumplen la ley y que los abortos de fetos de seis y siete meses se llevaban a cabo en los centros acreditados, pero en la clandestinidad: los datos oficiales del Ministerio de Sanidad indicaban que el 88% de las interrupciones se practicaban durante los tres primeros meses de gestación y sólo el 2% son de embarazos de más de 21 semanas.

Para la reforma, anunciada de nuevo ayer por Leire Pajín, el Ejecutivo ha puesto en marcha dos grupos de trabajo, uno en el Congreso de los Diputados, y un segundo en el Ministerio de Igualdad.

Respecto al primero, el Grupo Parlamentario Socialista presentará en el Congreso la propuesta para constituir una subcomisión, según informó también ayer el portavoz socialista José Antonio Alonso. Al respecto, la Mesa del Congreso decidirá si se adscribe a la Comisión de Igualdad o a la de Justicia, que sería, según la práctica parlamentaria, la indicada en principio.

Alonso ha explicado que en la subcomisión se entrará en el análisis comparado de diferentes legislaciones de países de nuestro entorno, y en seis meses se presentarán conclusiones y propuestas; con lo que el borrador podría estar disponible en el primer semestre de 2009.

Respecto al segundo, el Gobierno constituirá un "grupo de expertos", incardinados en el  Ministerio de Igualdad. Al respecto, fuentes ministeriales han manifestado "existe una terna de expertos que están siendo valorados y a los que se está llamando".

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