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30/04/2024. 02:14:33

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Lo único imposible es aquello que no intentas

Mónica Iglesias Sánchez. Abogada – socia en Martínez Echevarría
Mónica Iglesias Sánchez

Este gran tópico, que no por manido deja de ser cierto: “lo único imposible es aquello que no intentas”, lo complemento de inicio con una alusión muy personal. No son citas de grandes mujeres de la Historia sino de quienes son para mí un referente y una cálida cita obligada; mi abuela y mi madre. Mujeres que retaron a su tiempo y que me sitúan como tercera generación en la senda “mujer y derecho”.

Tal vez no estamos muy lejos cronológicamente; pero el momento sí muy diferente de la época en el que ellas vivieron, con la imperativa necesidad de romper estereotipos para poder cursar la carrera de derecho, en la que he encontrado una vocación profesional y alcanzado una posición relevante como socia en un bufete, de lo que me siento especialmente orgullosa.

Mi abuela nació en el año 1900 y, pese a ser hija de notario, tuvo que enfrentarse a su tiempo escandalizando a la sociedad andaluza y siendo fruto de críticas puesto que empezó a estudiar Derecho y Filosofía cuando solo dos mujeres habían accedido a una carrera universitaria en Sevilla. Y ello provocó que finalmente abandonase los estudios.

A ella le siguió su hija (mi madre) que también tuvo que enfrentarse con la reticencia de quien de primera mano sabía la dificultad del camino. Logró matricularse en la vieja Universidad de San Bernardo como libre oyente, al hacerlo fuera de plazo por tener que vencer tantas reticencias familiares, y finalizó la carrera de derecho inaugurando la Ciudad Universitaria (1953-1958) con exitosos resultados.

Estos precedentes personales me sirven para poner en contexto el vuelco de las cifras actuales que demuestran lo mucho que hemos avanzado: según los datos del Instituto Nacional de Estadística en el curso 2020-2021, cinco de cada diez estudiantes que se matricularon en Derecho en la universidad en España fueron mujeres. Este dato muestra que, afortunadamente, hoy parece que el acceso a la universidad por parte de la mujer es otra historia. No obstante, cuando se analiza la progresión profesional de las mujeres, según datos de Cinco Días, tan sólo una de cada cinco socios de los principales bufetes en España y el 12,3% de los jueces del Tribunal Supremo son mujeres, a pesar de que una de cada dos jueces son mujeres. Estos son datos objetivos sobre cuya causa caben múltiples análisis, pero en los que no voy a entrar en este artículo.

Por otra parte, es obvio que la evolución tecnológica es imparable. Su peso en la economía mundial se demuestra con un dato: ocho de cada diez de las empresas más valiosas del mundo lo son, y tan solo el valor de Apple casi duplica el total del PIB de España. La tecnología por lo tanto va a marcar más que nunca nuestro día a día. Y sin duda, su impacto en el ámbito del derecho no se verá al margen de este inevitable proceso, tanto de digitalización como de la incorporación de la tecnología en múltiples aspectos. Hablamos de computación en la nube, la automatización robótica de procesos, donde un software puede acelerar por seis la realización de procesos repetitivos como la sincronización de expedientes jurídicos, del uso de la inteligencia artificial que facilitará predicciones de posibles veredictos finales o fallos de un juez o llevar a cabo un análisis de las decisiones judiciales y patrones que pueden ayudar en futuros casos, entre otros; el mayor peso de la firma electrónica o la biometría y, por último el big data, cuya tecnología y metodología es capaz de procesar millones de datos y documentos.

A diferencia del mundo jurídico, en el mundo de la tecnología, la presencia de la mujer es reducida y es evidente que esto tiene impacto. Según datos de la UNESCO tan solo el 35% de los estudiantes que están matriculados en el mundo en las carreras vinculadas a las disciplinas STEM (ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas, en sus siglas en inglés) en la educación superior son mujeres y, de estas, únicamente el 3% de las estudiantes de educación superior realizan estudios TIC (tecnología, información y comunicaciones).

Y si la tecnología cada vez más impactará en nuestro día a día, es indudable pensar en la influencia que tendrán las personas que desarrollan dichas tecnologías. Hablamos por ejemplo de la inteligencia artificial, y de los sesgos existentes. Algunos de ellos podrán afectar en un futuro a la concesión de un crédito, el coste de un seguro de salud o a ser aceptados en un puesto de trabajo. El sesgo algorítmico sucede cuando un sistema de aprendizaje automático incorpora los valores de las personas que lo desarrollaron o entrenaron. Esto implicaría por ejemplo que un desarrollador incorpora sus propias opiniones, prejuicios a la hora de crear algoritmos y en materia de género, sucede de la misma forma.

El mundo jurídico tiene en el mundo tecnológico un gran reto, por i) la necesaria y urgente incorporación de la tecnología para poder ser más eficientes y eficaces, así como ii) por la necesaria adquisición de conocimiento tecnológico para poder evaluar de forma adecuada el impacto de ésta en nuestra vida profesional. Uno y otro aspecto son esenciales cuando se tiene en cuenta el sesgo de género. La gestión eficaz del tiempo es un valor esencial para el desarrollo profesional de la mujer. Y la menor presencia femenina en el mundo tecnológico revela el mayor esfuerzo que hay que hacer en este ámbito para romper con dicha brecha.

Coinciden mis reflexiones con la celebración del I Foro de Transformación Digital de la Administración de Justicia, previsto para los próximos días 20 y 21 de abril, aunque a la fecha de publicación de este artículo ya habrá concluido. Organizado por el Ministerio de Justicia su objetivo, ciertamente ambicioso, es situar a España a la cabeza en proyectos de transformación digital, particularmente en el ámbito de la Justicia.

También, por el marco temporal, haré referencia al Proyecto de Ley de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 12 de abril. Dicha iniciativa junto con el Proyecto de Ley de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia y la ley de eficiencia digital, constituyen la base legislativa del plan Justicia 2030 y suponen un importante reto pero, en mi modesta opinión, este proyecto da sólo unos breves pasos hacia dicho camino.

Es una obviedad que el Covid-19 ha sido un acelerador de la transformación digital. Lo que he tenido oportunidad de vivir muy de cerca en plena pandemia es el diferente avance del sector privado frente al público. Tuve ocasión de iniciarme en paralelo con la experiencia de las vistas telemáticas tanto en el mundo del proceso judicial como en los procedimientos arbitrales. Fueron claras las diferencias detectadas en cuanto al estado de la digitalización en el sector privado y en las Cortes de Arbitraje españolas. Sufrí cuan poco preparados estábamos en el sector público, con escasísima preparación tecnológica y el largo camino por recorrer en esa ruta necesaria para la transformación digital.

A partir de ahí, miro con optimismo el paso de estas necesarias -aunque insuficientes- iniciativas legislativas que están poniéndose en marcha para adaptarse a lo que califican como Cuarta Revolución Industrial.

La Ley de Eficiencia Procesal prevé introducir cambios para que los procedimientos sean más cortos, y los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC). Se aborda una modificación de las leyes procesales, para dotar de mayor agilidad la tramitación de los procedimientos judiciales. Se habla de introducir de forma generalizada el uso de las nuevas tecnologías, reforzando al mismo tiempo las garantías de su aplicación. También de establecer medidas para adaptar el proceso a las necesidades actuales de conciliación de la vida familiar y personal. Se atisba una idea de cierta mecanización de procesos, que queda circunscrita a la posible extensión de los efectos de sentencias dictadas en procesos en los que se hayan ejercitado acciones individuales relativas a condiciones generales de la contratación.

De forma tímida se apunta la posibilidad de que en las Oficinas de Justicia se celebren juicios telemáticos, diligencias judiciales o conexiones por videoconferencia con los colegios profesionales, entre otras diligencias administrativas. Se prevé que tales intervenciones puedan hacerse desde cualquier lugar, pero solamente sería de utilidad si se dispone de los medios que aseguren la identidad del interviniente a completar por vía reglamentaria. ¿Logrará ello evitar el sesgo territorial?

Sin duda los despachos de abogados necesitamos afrontar la profesión con una nueva mentalidad. Automatizar e informatizar y racionalizar tareas, para reducir el trabajo de los operadores jurídicos. Hemos de aprovechar las herramientas digitales y ponerlas al servicio del abogado para reducir y agilizar su trabajo. Fomentar de esa manera que, como profesionales, nos podamos centrar más en la creatividad y en aplicar las destrezas intelectuales al servicio del cliente.

Nunca la inteligencia artificial sustituirá o reemplazará al abogado, sino que favorecerá el trabajo deslocalizado, y confiemos en que contribuya a reducir las desigualdades y a fomentar el adecuado desarrollo profesional de la mujer en un entorno igualitario.

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