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23/04/2024. 11:23:03

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El Tribunal Supremo devuelve a una inmobiliaria una finca incautada durante la Guerra Civil que actualmente era utilizada por el PNV

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Incluye la sentencia

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado devolver a una inmobiliaria una finca urbana en Tolosa (Guipúzcoa) que le fue incautada por razones políticas en 1937 durante la Guerra Civil y que actualmente era usada por el Partido Nacionalista Vasco (PNV).

Un tractor trabajando en una finca.

Así lo acordado la sala de lo civil del Alto Tribunal en una sentencia, en la que estima el recurso de la inmobiliaria Ureta S.A. contra la dictada en 2005 por la Audiencia Provincial de Guipúzcoa y confirma la decisión de un juzgado de Primera Instancia de San Sebastián.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Salas, explica que la finca denominada "Ureta Etxea" fue incautada, junto al resto de los bienes de la citada inmobiliaria "considerada filial del PNV" por tener algunos socios afiliados a este partido declarado ilegal, a raíz de la decisión adoptada por la Comisión Central Administradora de Bienes Incautados por el Estado el 19 de octubre de 1937.

En ese momento en virtud de un decreto de la Presidencia de la Junta de Defensa Nacional pasó a ser propiedad del Estado, que concedió desde la Constitución de 1978 el uso gratuito de la finca al PNV.

La reivindicación de la inmobiliaria fue declarada prescrita por la Audiencia de Guipúzcoa al computar el plazo legal de 30 años previsto en el Código Civil para las acciones desde que la finca se inscribió a favor del Estado, pero ahora el Alto Tribunal concluye que el plazo de prescripción ha de computarse desde la publicación de la Constitución de 1978.

La resolución se ampara en la doctrina fijada por el Supremo en supuestos similares como el caso de la incautación por el Estado del edificio en que se alojaba el "casino de Artesanos de Muxía".

La sentencia, además, excluye que el Estado pueda ampararse en la adquisición del dominio de la finca por usucapión (posesión no interrumpida durante 30 años), "al tratarse de una adquisición forzada y unilateral frente a la que no cabía oposición, asimilable a una posesión adquirida de modo violento".

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