
El procedimiento judicial nº225/2020 seguido ante el Juzgado de Marcas de la Unión Europea Nº 2 de España, con sede en Alicante, ha resultado en un fallo que establece un importante precedente en la protección de la competencia y los derechos de diseño industrial. En este caso, una empresa con un control dominante en el mercado de lentes semafóricas en Madrid demandó a un competidor emergente, acusándolo de violar derechos de diseño industrial registrado en la Unión Europea.
Contexto del caso
La empresa demandante buscaba excluir del mercado a un competidor que comenzaba a ganar relevancia en este sector competitivo. La acusación de violación de diseño industrial amenazaba con interrumpir la actividad de la compañía demandada, poniendo en riesgo su viabilidad comercial y su capacidad para participar de manera justa en el mercado.
Estrategia de defensa y reconvención
En respuesta a la demanda, la parte demandada, representada por la letrada Belén Núñez, socia de Falcón Abogados, optó por reconvenir, solicitando la nulidad del diseño registrado por la empresa dominante bajo el argumento de falta de novedad y originalidad. Para sustentar esta posición, se llevó a cabo una investigación exhaustiva que identificó carencias fundamentales en los requisitos legales del diseño cuestionado.
Como parte del procedimiento, se presentó evidencia que incluyó un análisis técnico detallado y pruebas que demostraron que el diseño registrado no aportaba innovación significativa. Incluso se llevaron físicamente los cuerpos semafóricos al juzgado para permitir una comparación directa y facilitar a Su Señoría una evaluación más precisa de las diferencias y similitudes entre los diseños en liza.
Fallo judicial
El Juzgado resolvió que la compañía demandada no había incurrido en una violación de derechos de diseño y declaró la nulidad del diseño registrado por la demandante. Este fallo no solo aseguró la continuidad de las operaciones de la empresa demandada, sino que también subrayó la necesidad de que los registros de diseño cumplan estrictamente con los estándares de novedad y originalidad.
Implicaciones del caso
La decisión reafirma el principio de que la innovación y la competencia justa son valores esenciales en el ámbito empresarial. También resalta la importancia de proteger adecuadamente los derechos de diseño, asegurando que los registros no se utilicen como herramientas para limitar de manera injusta la competencia.