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29/03/2024. 06:03:00

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ANA MARÍA CASTRO MARTÍNEZ, ABOGADA ESPECIALISTA EN DISCAPACIDAD

“Es un instrumento legislativo sin parangón para los Derechos Humanos en general y la gran desconocida para los operadores jurídicos”

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La letrada Ana Castro está especializada en discapacidad. Su debilidad es el derecho penitenciario por lo que ha emprendido en el año 2012 una investigación que culminó en tesis doctoral . El estudio está centrado en reclusos residentes en centros penitenciarios de Galicia, acotado a internos que sufren discapacidad y todo ello en relación al grado de cumplimiento de la “Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad”. El trabajo ha concluido y las conclusiones extraídas . Queda publicarlo , divulgarlo, que tenga interés para la sociedad y que, según lo demostrado, se puedan cambiar las cosas en el entorno de las prisiones en España por parte de quién tenga competencia para hacerlo.

Ana María Castro Martínez

¿Por qué ese interés en la "Convención Internacional de las Personas con Discapacidad"?

Considero que desde su aprobación en New York el 13 de diciembre de 2006 se ha avanzado a nivel mundial por parte de los Estados que lo han ratificado en la consecución de Derechos de las personas que pertenecen a este colectivo. Con este Tratado se intentaba dar visibilidad a un porcentaje de ciudadanos importante dentro del sistema de protección de Derechos Humanos de la ONU, así como dar a conocer y asumir la discapacidad como una cuestión de Derechos Humanos, a través de una herramienta jurídica que es vinculante para los países firmantes , con la finalidad de hacer valer los Derechos de las personas que sufren algún tipo de discapacidad , cambiando el modelo médico al de Derechos Humanos, que es un modelo social , basado en la igualdad de oportunidades de todas las personas y en la no discriminación, entendiendo a la persona con discapacidad como titular de Derechos , responsable y que es capaz de asumir las riendas de su vida . Creo firmemente que es un instrumento legislativo sin parangón para los Derechos Humanos en general y que es la gran desconocida para los operadores jurídicos.

¿Qué relación existe entre este Tratado y el Derecho Penitenciario?

La Convención está enfocada a todas las personas que sufren discapacidad y cuyos Estados donde residen han ratificado la misma. Todas las personas también incluye a los reclusos que están cumpliendo condena en un centro penitenciario o medidas de seguridad en un centro especial o en un hospital psiquiátrico penitenciario.

¿Por qué comenzó a investigar esta relación?

Me percaté que en España la Convención estaba muy poco estudiada a nivel de centros penitenciarios y como esta materia es de mi interés decidí ahondar en la relación del Tratado con el Derecho Penitenciario . Al pertenecer a la Comisión Penitenciaria del Colegio de Abogados de Pontevedra estoy en contacto semanal con reclusos por lo que fue más fácil llevar a cabo el trabajo de campo.

¿En qué consistió de forma resumida su estudio?

Está basado en demostrar el grado de cumplimiento de la Convención pero acotada a la población reclusa de Galicia. Me desplazo desde el 2012 un día a la semana a centros penitenciarios de Galicia donde realicé una serie de encuestas elaboradas por mí para la ocasión a los reclusos que sufren discapacidad con cuestiones desde salud, educación, situación económica y personal, penal… Asimismo he desarrollado entrevistas personales con los reclusos con las características de persona con discapacidad , buscando el lado humano del enfermo. Los participantes han actuado con total libertad de expresión en todo momento y sin ningún tipo de presión . Los datos obtenidos se procesaron y dieron lugar a parte de las conclusiones finales.

¿Le interesan todo tipo de reclusos o algunos en particular?

Me interesan todos pero en especial los que sufren discapacidad intelectual y enfermedad mental.

¿Fue voluntaria la participación para las reclusas y reclusos?

Sí, voluntaria y anónima. Rubricaban un escrito donde yo me comprometía a que sus respuestas no saldrían de mi investigación , no se publicarían con sus datos personales , estando protegidos por la Ley de Protección de Datos. Se ofrecieron voluntarios , les explicaba cúal era la finalidad de las mismas, cubrían las encuestas en mi presencia , me facilitaban largas entrevistas donde se trataron cada uno de los apartados de la Convención . Me encontré con el problema que al principio no sabía bien a quién dirigirme, qué tipo de recluso iba a ser el participante de las encuestas y entrevistas. Poco a poco fui consiguiendo listados de reclusos con discapacidad , incluso la tarde que despachaba aparecían voluntariamente o cuando cubría el servicio de orientación jurídica de la Comisión Penitenciaria se acercaban a interesarse . Y así comencé.

¿Qué pretende cuándo se divulguen las conclusiones?

Que se puedan empezar a cambiar las condiciones de los reclusos que sufren discapacidad en base al cumplimiento de la Convención, que es Tratado Internacional ratificado por España, y por lo tanto, de obligado cumplimiento. He ido divulgando el trabajo que fui realizando desde el 2012 en distintos artículos tanto en revistas jurídicas como en prensa. Lo que no he podido desvelar todavía son las conclusiones finales dado que es preceptivo el visto bueno tanto de la universidad como de Instituciones Penitenciarias, estando a punto de finalizar dicho plazo . También se ha presentado Comunicación en los últimos encuentros de servicios jurídicos penitenciarios donde se expuso la forma en que se ha llevado a cabo la investigación para conocimiento de letrados especialistas en derecho penitenciario así como propuesto la creación de un servicio específico de orientación jurídica dirigido a reclusos que sufren discapacidad.

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