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23/04/2024. 19:40:01

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Aprobada la “orden de módulos” para el año 2011

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La orden mantiene la reducción general del 5% sobre el rendimiento neto de módulos en aplicación de los acuerdos de la Mesa del Trabajo Autónomo. Se adaptan los módulos del régimen simplificado del IVA a los nuevos tipos del impuesto.

El Ministerio de Economía y Hacienda ha aprobado la Orden Ministerial que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, conocida como “orden de módulos”, para el año 2011.

Una tecla con el símbolo del tanto por ciento y otra del signo de multiplicación

La orden mantiene en líneas generales la estructura de la del año 2010, al margen de las adaptaciones que se han tenido que realizar en relación con las fechas, plazos de renuncias y revocaciones.

Respecto al Impuesto sobre la renta, la Orden para 2011 mantiene los módulos aplicables este año, así como la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos, consecuencia de los acuerdos alcanzados en el Mesa del Trabajo Autónomo. Esta reducción ya fue aplicada en los ejercicios de 2009 y 2010.

Del mismo modo, tampoco experimentan variación alguna los índices de rendimiento neto de los productos agrícolas y ganaderos. Así, se mantiene de cara a 2011 la rebaja excepcional en los índices de rendimiento neto del tabaco, la uva de mesa y la flor cortada, que ya había sido aplicada en los ejercicios de 2009 y 2010.

Régimen simplificado del IVA

Respecto a las modificaciones en el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), la Orden publicada adapta los módulos aplicables a los nuevos tipos impositivos del IVA en vigor desde el pasado 1 de julio. Dicho efecto ya se tuvo en cuenta en la elaboración de la Orden de Módulos de 2010, si bien únicamente para los seis meses en que resultó de aplicación la subida de tipos. En 2011 los nuevos tipos de gravamen se aplicarán durante todo el año y, por tanto, los módulos se adaptan a esta circunstancia.

¿Quiere leer la Orden?

Medidas fiscales para 2011

Las medidas fiscales son las siguientes:

  • Subida del tipo marginal máximo del tramo estatal del IRPF, de forma que:
    • los contribuyentes con bases liquidables generales superiores a 120.000 euros pasarán de tributar al 21,5% a hacerlo al 22,5%,
    • los que acrediten bases que superen los 175.000 euros lo harán al 23,5%.
  • Cambio en el IRPF de la tributación de las retribuciones plurianuales: se establece un límite a los rendimientos a los que se puede aplicar la reducción del 40% (300.000€)
  • Se gravan determinadas percepciones de los socios de las SICAV -para evitar diferir la tributación-.
  • Se elimina la deducción por adquirir vivienda habitual para los contribuyentes con bases imponibles iguales o superiores a 24.170,20 euros, así como la igualdad de trato de este beneficio fiscal con la deducción por alquiler de vivienda.
  • Se incrementa del 50% al 60% la reducción del rendimiento neto por arrendamiento de vivienda, y se reduce de 35 a 30 años la edad del arrendatario a efectos de aplicar la reducción del 100%.
  • El Impuesto de Sociedades se reforma para permitir que las entidades de reducida dimensión que pierdan tal categoría puedan seguir teniendo el régimen especial para este tipo de empresas durante los tres ejercicios siguientes.
  • Se modifica la Ley del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para declarar exentas de la modalidad operaciones societarias las ampliaciones de capital que realicen en 2011 y 2012.

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