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Sobre la próxima reforma de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres

Antonio Abril Rubio

Estudio Jurídico Antonio Abril

El pasado 27 de diciembre de 2011 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes la Proposición de Ley, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista, por la que se modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres para adaptarla a diversos Reglamentos de la Unión Europea.

Un nudo formado por una carretera

Por su parte, el ejecutivo, en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día 15 de junio del presente 2012 analizó un informe de la Ministra de Fomento, Ana Pastor, sobre el anteproyecto de Ley por el que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con el que se pretende mejorar la competitividad y eficiencia del sector y racionalizar la red de servicios públicos del transporte de viajeros.

La LOTT, aprobada en 1987, ha quedado en muchos aspectos obsoleta, tanto respecto a la normativa nacional y comunitaria, como a la realidad actual del transporte por carretera. Con los objetivos de modernizar la legislación y darle un nuevo impulso se demanda desde las filas socialistas revisar la tipificación de infracciones y su régimen sancionador, eliminar rigideces, duplicidades y cargas administrativas, promocionar la administración electrónica y agilizar los mecanismos de resolución de conflictos, en definitiva, propiciar nuevos avances dirigidos a conseguir un sistema de transporte más eficiente.

El testigo ha sido recogido por el Gobierno de la Nación que, en un periodo de seis meses, ha elaborado un anteproyecto de Ley en el que quedan recogidas la gran mayoría de las modificaciones propuestas por el principal grupo de la oposición. Se incrementa la flexibilidad a las empresas para poder operar en el mercado, se reducen cargas administrativas, se lucha contra el intrusismo, se incrementa la transparencia y se adapta la Ley a la normativa comunitaria.

Los objetivos de esta reforma son: (i) la mejora de la competitividad y la eficiencia dentro del sector del transporte proporcionando una mayor flexibilidad, armonizando la legislación nacional y la normativa comunitaria, desjudicializando conflictos y reforzando la libertad mercantil, (ii) la mejora del servicio público de transporte de viajeros manteniendo la gestión a través de un sistema de concesiones y (iii) la mejora de la transparencia y del control obligando a la inscripción de todos los contratos de gestión de servicio público, armonizando las infracciones y fomentando la administración electrónica.

Para operar en el sector del transporte por carretera es necesaria una autorización administrativa y para poder subcontratar el transporte (o alguna de sus operaciones) es necesaria otra autorización. A partir de ahora ambas operaciones se podrán efectuar con una única autorización. La nueva ley incrementará la transparencia en la gestión y luchará contra el intrusismo, ya que hará públicos los datos registrados relativos a las empresas de transporte y agencias de intermediación que cuentan con autorización. Ello permitirá conocer a quien contrate si el transportista o la agencia están o no autorizados para la realización de su actividad; dicho avance resulta de gran importancia ya que quien contrata con un transportista o agencia no autorizada es responsable por ello e incurre en una infracción administrativa que será objeto, en su caso, de la correspondiente sanción económica. Hasta ahora, si se quería conocer esta información, se tenía que elevar a la administración una consulta puntual. También se incrementa la transparencia para los usuarios de las líneas regulares de viajeros por autobús, gestionadas mediante concesiones, ya que podrán conocer en todo momento las condiciones y tarifas del servicio que van a utilizar.

En la reforma de la Ley se armoniza la clasificación de las infracciones de transporte por carretera en leves, graves y muy graves, en base a la normativa comunitaria que establece una graduación para los incumplimientos más habituales de las llamadas "normas sociales" en el sector del transporte por carretera (aquellas que se refieren a los tiempos de conducción y descanso). Estableciendo una tipología de infracciones, la Comisión pretende acabar con la situación actual en la que la gravedad de un mismo incumplimiento puede ser juzgada de forma diferente entre los diferentes Estados miembros de la UE. La Comisión atiende así las demandas de la industria del transporte por carretera, que llevaba años protestando por la degradación de las condiciones de competencia a la que abocaba la falta de criterios armonizados en este campo.

Para ahorrar gastos en procesos judiciales y anticipar en el tiempo la resolución de los conflictos se aumenta de 6.000 a 12.000 euros el límite económico para poder acudir a las Juntas Arbitrales y resolver posibles desacuerdos en los contratos.

La LOTT ha servido de punto de partida a un abundante desarrollo reglamentario y ha facilitado alcanzar el actual nivel de competitividad de nuestras empresas. Su necesaria modificación persigue mejorar la estructuración empresarial de la oferta de transporte, aumentar la capacidad de las empresas para adaptarse a una demanda cambiante y eliminar rigideces comerciales. Y para conseguirlo es necesario que ésta reforma se lleve a cabo con el mayor consenso de los actores implicados: administraciones públicas, partidos políticos y asociaciones del sector.

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