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19/03/2024. 04:27:35

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La “educación del cliente” antes de su intervención en juicio

Abogado. Experto en habilidades profesionales
@oscarleon_abog
Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla

Para el abogado es muy importante que durante el acto del juicio el cliente mantenga una conducta ajustada Debemos repasar con el cliente los hechos que conoce y que van a ser objeto del interrogatorio, pudiendo incluso llevarse a cabo un simulacro de la declaración

Antes de la celebración del juicio en el que nuestro cliente vaya a asistir y participar (caso de que lleve a cabo el interrogatorio de parte o declare como acusado o víctima), es fundamental que el abogado realice un proceso de “educación” destinado a familiarizarlo con el acto del juicio y, así lograr la máxima fluidez y eficacia de su intervención, fluidez que se hace extensible a la intervención del propio abogado, puesto que un juicio sin incidentes es clave para facilitar la comunicación abogado-juez o abogado-jurado que debe presidir todo juicio oral.

Abogado y cliente

En este proceso hemos de distinguir tres áreas bien distintas sobre las que tendremos que trabajar con el cliente: aspectos vinculados al desarrollo de la vista, las normas básicas de su comportamiento en sala, el papel al que está llamado y el contenido de su intervención.

Desarrollo de la vista

Respecto al primero, es fundamental ilustrar al cliente sobre cómo es la sala del juzgado o tribunal donde declarará y el lugar en que se situará durante su declaración, pues dicha exposición (que puede ir acompañada de alguna foto o dibujo), hará que el cliente se familiarice con un lugar en el que jamás ha intervenido y que suele ir asociado a una sensación de inseguridad y nerviosismo. En dicha exposición hemos de ubicar también a los distintos actores con los que tendrá que interactuar: el juez, el abogado adverso o fiscal, las otras partes, etc., y la calidad en la que interactuarán con el propio cliente o, lo que es lo mismo, las funciones respectivas de cada actor en su relación con aquél (aquí será clave distinguir, en su caso, entre quienes realizan el interrogatorio y el contrainterrogatorio). Igualmente, es fundamental informar al cliente sobre los rasgos del juez (personalidad, carácter, forma de gestionar el interrogatorio, etc.)

Esta fase puede reforzarse muy positivamente a través de la asistencia presencial del cliente a una o dos vistas en el mismo juzgado (normalmente el día de la declaración) aprovechando los retrasos que suelen producirse.

Comportamiento en sala

Aunque no es extraño que lo pasemos por alto, lo cierto es que para el abogado es muy importante que durante el acto del juicio el cliente mantenga una conducta ajustada a las exigencias formales del mismo, pues de no hacerlo nos podemos encontrar con más de una sorpresa. De hecho, si buscamos entre nuestras experiencias pasadas, podemos constatar que en más de una ocasión el cliente ha gesticulado ostensiblemente durante la declaración de la otra parte o de un cliente; nos ha mirado nervioso exigiendo una respuesta o una forma de actuar o ha entrado en discusión con el abogado de la otra parte que lo estaba interrogando, etc.

Básicamente, hablar de comportamiento es hablar de actitud, la cual está relacionada con la conducta o comportamiento que el cliente debe mantener durante su intervención en juicio. Aquí nos referiremos al conjunto de prácticas o reglas no escritas que seguirse para no aminorar la fuerza persuasiva de su testimonio. Entre dichas conductas destacamos las siguientes:

  • No entrar en polémica bajo ningún concepto con el abogado adverso que lo interroga o con el juez. Hay que mantener la serenidad en todo momento.
  • No mirar al abogado que lo ha propuesto para pedirle apoyo o una pista sobre la respuesta que deba dar a una pregunta adversa.
  • No tutear al juez o al abogado adverso.
  • Procurar adoptar una postura correcta y natural.
  • Mantener un tono de voz ni demasiado bajo ni demasiado fuerte, en el término medio está la virtud.
  • De dichas conductas hemos de detenernos en las gesticulaciones y las miradas a su abogado. Es natural y humano que las personas que se encuentran sometidas a la tensión que genera un juicio gesticulen con el cuerpo, cabeza y brazos cuando otra persona está declarando sobre cuestiones que van contra sus intereses. Sin embargo, esta actitud no suele ser bien vista por el juez. Por ello, es muy importante avisar al cliente de que, se diga lo que se diga, mantenga la calma y no gesticule. De esta forma, no solo se transmitirá al juez una sensación de calma y seguridad, sino que el cliente se encontrará interiormente más tranquilo.

El rol del cliente

El papel es el rol que el cliente va a desempeñar durante la declaración, o lo que es lo mismo, la forma en la que debe realizar su declaración.  Para darle a conocer su rol, podremos explicarle los siguientes aspectos:

  • En su caso, obligación de jurar o prometer decir verdad.
  • Responder a las preguntas del juez y las que le realicen los abogados.
  • Cuando responda deberá atenerse a las preguntas, sin entrar en divagaciones.
  • Cuando le pregunten, que no responda hasta que no concluya la pregunta (no pisar al interrogador).
  • Pedir la repetición de la pregunta o que se le aclare si no se entiende la misma.
  • Si el letrado que lo ha propuesto impugna la pregunta de adverso, no responder y esperar que el juez resuelva la impugnación.
  • Contenido de su intervención

Nos referimos con esta fase a la declaración propiamente dicha, es decir, al contenido de la declaración. En este punto, debemos repasar con el cliente los hechos que conoce y que van a ser objeto del interrogatorio, pudiendo incluso llevarse a cabo un simulacro de la declaración. Esta fase es fundamental para ver cómo encaja la declaración del cliente en el contexto del procedimiento, lo que ayudará a que el cliente se familiarice con la declaración y así anticipe esas posibles situaciones de dificultad.

Las ventajas de seguir este procedimiento de “educación al cliente” son inestimables, y nos permitirán afrontar el juicio concentrados en nuestra propia intervención, evitando así tener que ocuparnos de ir solventando durante el juicio las incidencias que, de no haber preparado al cliente, surgirán.

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