Suiza y Singapur salen formalmente de la lista negra de los paraísos fiscales alineándose con los criterios de transparencia fiscal impuestos por Estados Unidos. Los capitales financieros de los bancos no aceptarán dinero sin la declaración previa de "impuestos pagados", realizado bajo la responsabilidad, incluida la penal, del cliente. El primer envío de información entre las autoridades fiscales tendrá lugar en 2017.
“El fraude fiscal y la evasión de impuestos no son delitos sin víctimas: privan a los gobiernos de obtener los ingresos necesarios para impulsar el crecimiento y ponen en peligro la confianza de los ciudadanos en la justicia y la integridad del sistema tributario”, ha dicho el Secretario General de la OCDE, Angel Gurría, añadiendo que “El actual compromiso de diversos países para implementar la nueva norma mundial, y de una manera rápida, es otro paso importante para asegurarse que los evasores de impuestos no tendrán ningún otro lugar para esconderse.”
La Declaración sobre el Intercambio Automático de Información en Materia Fiscal ha sido aprobada por los 34 países miembros de la OCDE durante la Reunión anual del Consejo Ministerial en París que se cerró ayer. Otros países como Argentina, Brasil, China, Colombia, Costa Rica, India, Indonesia, Letonia, Lituania, Malasia, Arabia Saudita, Singapur y Sudáfrica adoptaron también la Declaración.
Con el acuerdo, en adhesión al Protocolo para el intercambio automático de información bancaria – que será plenamente operativo en 2017 Suiza y Singapur, cuarto y el quinto centros financieros del mundo, se han comprometido a revelar la situación financiera de la sus depositantes a los países (en especial a las autoridades de fiscales) de origen. Esto significa, entre otras cosas, que los capitales financieros de los bancos ya no aceptarán dinero sin la declaración previa de "impuestos pagados", realizado bajo la responsabilidad, incluida la penal, por parte del cliente. La norma fue desarrollada por la OCDE y fue aceptada por los ministros de Finanzas del G-20 en febrero de este mismo año.
La norma obliga a los países y a sus jurisdicciones a obtener toda la información financiera de sus instituciones en materia fiscal y a intercambiar esta información de forma automática con otras jurisdicciones sobre una base anual.
"El fraude fiscal y la evasión de impuestos no son delitos sin víctimas: privan a los gobiernos de obtener los ingresos necesarios para impulsar el crecimiento y ponen en peligro la confianza de los ciudadanos en la justicia y la integridad del sistema tributario", ha dicho el Secretario General de la OCDE, Angel Gurría, agregando que: "El actual compromiso de diversos países para implementar la nueva norma mundial, y de una manera rápida, es otro paso importante para asegurarse que los evasores de impuestos no tendrán ningún otro lugar para esconderse."
El acuerdo acogido por Berna y Singapur, no carente de significado simbólico -habrá que esperar a su llevada a cabo efectiva-, todavía tendrá que sufrir un período de creación y despliegue de acuerdos políticos entre los estados. Dicho período tendrá una etapa crucial, de inicio, a finales de octubre de este año en Berlín, con motivo del Foro Mundial sobre la transparencia fiscal.
La OCDE entregará un Comentario detallado sobre la nueva norma, así como soluciones técnicas para implementar los intercambios de información real, durante una reunión de ministros de Finanzas del G-20 en septiembre de 2014.
Los gobiernos del G20 han encomendado al Foro Mundial sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales organizado por la OCDE, supervisar y examinar la aplicación de la norma.
Más de 60 países y jurisdicciones se han comprometido a una pronta adopción de la norma, y los miembros adicionales del Foro Global están a la espera de unirse a este grupo en los próximos meses.
Modelo de transparencia
El modelo de referencia para el nuevo sistema de la OCDE es la FATCA (la estadounidense Foreign Account Tax Compliance Act, Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras), aunque en su adaptación a la OCDE se ha endurecido. Las diferencias entre las exigencias impuestas por la OCDE y la FATCA de Estados Unidos están determinadas por el carácter multilateral de los intercambios de la primera y la imposición de equiparar las especificidades de los diferentes países miembros.
Se trata del estándar global basada en el intercambio automático de información fiscal, los llamados CRS, las Normas de Información Común, adoptada por la OCDE a finales de enero de este año. El CRS prevé que los intermediarios financieros estén obligados a recoger la información tanto de las cuentas bancarias abiertas antes del 31 de diciembre de 2015, como de aquéllas abiertas sucesivamente por ciudadanos extranjeros. El primer envío de información entre las autoridades fiscales tendrá lugar en 2017.
También hay una serie de diferencias que podrían llevar a los intermediarios a costes adicionales en sus transacciones. Entre éstas, las más importantes están representadas por las reglas más estrictas para la identificación del cliente, un concepto diferente de residencia fiscal (que en el caso de los Estados Unidos está basada en la ciudadanía) y, en algunos casos, la eliminación de umbrales bajo los cuales deja de ser obligatorio hacer las diferentes averiguaciones fiscales: en la disciplina de la OCDE no existen estos límites, por lo que la due diligence hay que hacerla siempre.
El estándar para el intercambio automático de datos de la OCDE también incluye un modelo de Competent Authority Agreement, es decir, un esquema de acuerdo contractual entre las autoridades fiscales competentes que define las modalidades de intercambio automático y el tipo de información financiera y anagráfica que constituyen su objeto, así como las normas aplicables en caso de incumplimiento. El documento de la OCDE detalla los procedimientos de diligencia debida adicional que deben ser adoptados para identificar y clasificar a los clientes.