LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

Portal jurídico de Aranzadi, por y para profesionales del Derecho

19/03/2024. 07:47:06

LegalToday

Por y para profesionales del Derecho

La cuota de autónomos y la tarifa plana

Abogada de ARAG especialista en Derecho Laboral, Seguridad Social, Penal, Extranjería y Propiedad Horizontal

Con la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2018, la cuota de la Seguridad Social de los autónomos ha sufrido un incremento de más de 3 euros respecto a lo que se venía pagando. El trabajador autónomo que cotice, por ejemplo, por la base mínima de cotización, fijada ahora en 932,70 euros mensuales al haberse incrementado también en un 1,4 % con la aprobación de las Cuentas Públicas, pagará una cuota a la Seguridad Social de 278,87 euros al mes, incluyendo la cobertura social por contingencia común.

dinero

Además, si cotizas por contingencia profesional, el autónomo no debe olvidar que la cuota variará dependiendo del código numérico de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (conocido con las siglas CNAE).

Lo mismo pasa, si se cotiza por cese de actividad, que en este caso la cuota de autónomos quedará fijada en 293,80 euros mensuales.

La subida de la base de cotización del trabajador autónomo no sólo afecta a aquellos que están cotizando por la base mínima, pues también ha habido un incremento para aquellos, que si bien son menos, cotizan por la base máxima. Ahora, la más alta ha quedado fijada en 3803,70 euros mensuales.

Sin embargo, la subida no ha afectado al autónomo societario, persona jurídica, pues su cuota a la Seguridad Social quedará en 358,53 euros al mes. Esto significa, que la luz verde de las recién aprobadas Cuentas Públicas del Estado les ha traído a este colectivo una buena noticia, ya que su cuota, por el momento y a la espera de la aprobación de la futura Ley de Presupuestos Generales del Estado del año 2019, no subirá de forma automática por haberse incrementado el Salario Mínimo Interprofesional.

No obstante, hay que tener en cuenta que las bases de cotización pueden cambiar en función de la edad del empleado autónomo. Asimismo, también podrían variar según la actividad que se desarrolle, como por ejemplo la dedicada a la venta ambulante o a domicilio. Incluso, también podría ser distinta para aquellos trabajadores por cuenta propia con pluriactividad, es decir, para aquellas situaciones en las que el trabajador compatibiliza un contrato laboral como asalariado con el desarrollo de una actividad por cuenta propia,  estando de alta en dos o más regímenes distintos de la Seguridad Social. En estos casos, no olvidemos que podrían beneficiarse de importantes bonificaciones, pero eso sí, sin obviar que esas ayudas pueden resultar incompatibles con otros incentivos que buscan fomentar el empleo autónomo como, por ejemplo, disfrutar de la famosa tarifa plana.

La tarifa plana de los autónomos

Ya entrando en la tarifa plana, la recién aprobada Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2018 garantiza su continuidad. También, su ampliación de seis meses a un año de la cuota de 50 euros mensuales a la Seguridad Social para los nuevos autónomos, una ampliación que existe desde el 1 de enero de 2018 y que ya preveía la Ley 6/2017 de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, en sus artículos 3 y 4 que regulaban las medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo.

Recordemos que fue ya en el año 2013 cuando entró en vigor por primera vez la tarifa plana de 50 euros con una duración inicial de seis meses, para quienes iniciasen su actividad por cuenta propia, y que fue, como ya he dicho en enero de 2018, con la referenciada normativa 6/2017 que se amplió al año para los nuevos trabajadores autónomos.

Ahora, la última Ley de Presupuestos aprobada ha puesto en marcha por primera vez una partida presupuestaria destinada a los trabajadores autónomos de los llamados "municipios pequeños". El objetivo que pretende esta nueva medida es incentivar el autoempleo en zonas despobladas, sobretodo rurales, e intentar de esta manera reactivarlas no sólo desde un punto de vista económico sino también social. Por ello, se ha ampliado la tarifa plana hasta los dos años, para aquellos emprendedores que desarrollen su actividad por cuenta propia, en localidades de menos de 5000 habitantes. De esta forma, y con efectos del 1 de agosto de 2018, para acogerse a esta cuota reducida de 50 euros durante el periodo de dos años e incluso al 30 % adicional de bonificación durante el tercer año si eres trabajador autónomo menor de 30 años o autónoma menor de 35 años, se deben cumplir unos requisitos:

  • Estar empadronado en un municipio en el que estén inscritos en el censo del padrón municipal y, sobretodo, en el momento de darte de alta como autónomo, un número inferior a 5000 habitantes.
  • Que el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se produzca a partir del 1 de agosto del 2018, por lo que este incentivo no podrá aplicarse con efectos retroactivos antes de dicha fecha.
  • Darte de alta en hacienda con el modelo 037, es decir, estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de las Haciendas Forales, figurando en la misma, dato imprescindible, la dirección donde se va a desarrollar la actividad que se va a emprender, pues de esta forma la Administración podrá comprobar si se da el derecho o no a la bonificación de la cuota de autónomos por el número de habitantes del municipio en cuestión.
  • Mantener la actividad por cuenta propia en el "municipio pequeño", durante dos años desde el alta en el RETA.
  • Permanecer empadronado en el mismo municipio donde se desarrolla la actividad por cuenta propia, durante al menos cuatro años desde el alta en Seguridad Social.

Así pues, como hemos visto, pese a que los Presupuestos Generales del Estado han puesto en marcha desde el pasado mes de agosto una nueva tarifa plana, según datos del Ministerio de Empleo, publicados en un informe de la Agencia EFE, sigue existiendo aún una desproporción entre los beneficiarios de la tarifa plana y el número de autónomos que se han dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. El Ministerio sabe que se debe seguir trabajando para buscar fórmulas para crear un verdadero empleo perdurable y no para favorecer el crecimiento de los conocidos como falsos autónomos.

Además, algunas asociaciones de trabajadores autónomos ven que los cambios tampoco son suficientes todavía para garantizar la supervivencia del emprendimiento. Por ello, siguen defendiendo que se debe seguir buscando la solución que genere una real estabilidad y que propicie continuar en la senda de la generación de empleo y de actividad. Además entienden que es fundamental que los autónomos recuperen la confianza en el sistema público de la Seguridad Social y, para ello, piden que existan mejoras sustanciales para el colectivo de autónomos.

Por lo tanto, está claro que queda aún mucho trabajo por delante y también mucho por conseguir para garantizar la estabilidad del empleo por cuenta propia.

 

Valora este contenido.

Puntuación:

Sé el primero en puntuar este contenido.