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18/04/2024. 18:15:36

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Sergio Salcines

Auditor-Censor Jurado de Cuentas, inscrito en el ROAC con el nº 20130 y experto independiente en materia de prevención de blanqueo de capitales

Sergio Salcines Gasquet (Bilbao, 1974) es licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad Comercial de Deusto y Master en Gestión Avanzada (MEGA) en la misma Universidad. Auditor-Censor jurado de cuentas (inscrito en el ROAC con el número 20130) es Socio Director de Informa Consulting. Anteriormente desarrolló su carrera profesional en Arthur Andersen (hoy Deloitte & Touche) donde alcanzó el puesto de gerente dentro del sector financiero. Profesor de Control de gestión en la Universidad Comercial de Deusto desde el año 2002, ha sido ponente en diversos seminarios a nivel nacional e internacional relacionados con la prevención de blanqueo de dinero y con la gestión de riesgos financieros. Ha participado en el diseño de Sistemas de prevención de blanqueo de capitales: definición de metodologías globales, diseño de modelos, filtros de prevención, scorings, cuadros de mando y sus consiguientes elementos de adaptación organizativa en todos los sectores obligados por la normativa. Ha firmado informes de experto externo y asesorado en materia de prevención de blanqueo de capitales a multitud de organizaciones de todos los ámbitos y sectores de sujetos obligados (tanto de régimen general como especial).

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Billetes de 500, en el ojo del huracán

Durante los últimos años España ha destacado por ser el país de la Unión Europea con mayor porcentaje en movimientos de billetes de alta denominación, billetes de 500 euros (en torno al 30%). Buena parte de estos movimientos se han achacado a operaciones del sector inmobiliario en los que se ha movido cantidades de dinero negro importantes.

Qué debe hacer un abogado para prevenir el blanqueo de capitales

Los abogados son sujetos obligados de régimen especial por la normativa de prevención de blanqueo de capitales. Entre sus obligaciones, se encuentran la de informar a las autoridades competentes de cualquier hecho que pudiera ser indicio de blanqueo de capitales cuando participan en determinadas transacciones de carácter financiero, sin ser esta obligación contraria al deber de secreto profesional.

El papel de los abogados como sujetos obligados por la normativa...

Los abogados son sujetos obligados de régimen especial por la normativa de prevención de blanqueo de capitales. Entre sus obligaciones se encuentran informar a las autoridades competentes de cualquier hecho que pudiera ser indicio de blanqueo de capitales cuando participan en determinadas transacciones de carácter financiero, sin ser esta obligación contraria al deber de secreto profesional.

Fraude fiscal = Blanqueo de Capitales

Que el fraude fiscal es un delito es algo conocido por todas las personas que nos movemos en el ambito jurídico y económico. Todos sabemos que en función del importe defraudado en impuesto y año se tipifica por el Código Penal la sanción correspondiente. Sin embargo, es bastante desconocido que el fraude fiscal es un nuevo concepto de blanqueo de capitales desde la modificación de la Ley 19/1993 con la Ley 19/2003. En ese momento se adiciona  a los conceptos ya existentes de blanqueo de capitales uno nuevo que es el fraude fiscal en aquellas operaciones que el Codigo Penal tipifique con penas de prisión superior a 3 años. Este baremo se reducirá con la transposición de la III Directiva sobre blanqueo de capitales a delitos fiscales castigados con penas de prisión superiores al año de duración.

Los paraísos fiscales siguen siendo atractivos

Las autoridades han ido estableciendo ciertos controles sobre los movimientos de fondos con paraísos fiscales. La normativa de prevención de blanqueo de capitales, por ejemplo, ya estaba exigiendo el control sobre estas operaciones desde el año 1995. Sin embargo, dichas operaciones siguen siendo muy atractivas, como también lo es fijar la residencia en uno de esos países. Por lo tanto, entendemos que el control existente a día de hoy no es suficiente y que se deberían establecer medidas más duras para evitar escándalos como el que se ha destapado recientemente en Liechtenstein.

Nueva Orden reguladora del Informe de Experto Externo

La Orden EHA/2444/2007 es la primera regulación existente sobre el modelo de Informe de Experto Externo en materia de prevención de blanqueo de capitales. Aunque ha habido muchas quejas por parte de los sujetos obligados y de los expertos externos sobre el contenido de la misma, es cierto que va a permitir una homogeneización que hasta ahora era difícil de conseguir.

Los abogados, sujetos obligados por la normativa de prevención de blanqueo...

Los abogados son sujetos obligados de régimen especial por la normativa de prevención de blanqueo de capitales. Entre sus obligaciones se encuentran informar a las autoridades competentes de cualquier hecho que pudiera ser indicio de blanqueo de capitales cuando participan en determinadas transacciones de carácter financiero, sin ser esta obligación contraria al deber de secreto profesional.

¿Conoce usted qué es el S-1?

La Orden EHA/1439/2006 establece la obligación de declaración de determinados movimientos de medios de pago, con carácter previo al movimiento. La obligación corresponde al portador de los medios de pago. El incumplimiento de esta obligación puede suponer la intervención por parte de las autoridades de los medios de pago intervenidos.

La Tercera Directiva Europea, todavía pendiente de transposición

La Tercera Directiva Europea debería haber sido transpuesta al Ordenamiento Interno antes del 15 de diciembre del pasado año 2007. Si embargo, ni hay transposición a día de hoy, y, es más, parece que ésta se va a hacer esperar. Ante esta situación, los sujetos obligados se encuentran ante un vacío jurídico y aún más, con la presión adicional de que los organismos supervisores están exigiendo el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Directiva en sus inspecciones.

Las inmobiliarias, en el ojo del huracán

Si bien las sociedades de promoción inmobiliaria son sujetos obligados por la normativa de prevención de blanqueo de capitales, el número de sociedades de este sector registradas en el SEPBLAC como sujetos obligados es mínimo. Además, las comunicaciones de operaciones sospechosas que están realizando es muy bajo, lo cual choca con el elevado nivel de riesgo de blanqueo de capitales de este sector. Por ello, las autoridades nacionales e internacacionales (entre ellas el GAFI) han situado al sector inmobiliario en el punto de mira de sus inspecciones.