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¿Qué es una SICAV?

Una SICAV es una Sociedad de Inversión de Capital Variable. La Ley 35/2003, denominada Ley de Instituciones de Inversión Colectiva incluyó en su articulado la definición de SICAV y una nueva regulación de su régimen jurídico con efectos a partir del día 05-02-2004.

Muñequitos formando el símbolo del euro

La citada ley define las SICAVs como sociedades anónimas que tienen por objeto exclusivo la adquisición, tenencia, disfrute y administración, en general, y enajenación de valores mobiliarios y otros activos financieros para compensar por una adecuada composición de sus activos los riesgos y los tipos de rendimientos, sin participación mayoritaria o política en otras sociedades.

Dada la dificultad que entraña dicha definición, vamos a intentar explicarlo de forma más sencilla. La SICAV es un instrumento de inversión colectiva que exige un capital mínimo de 2,4 millones de Euros y 100 partícipes o "socios". Se trata de un capital separado que tributa lo mínimo: un 1% sobre el beneficio que obtiene.

Los requisitos, por tanto, se resumen en dos: 100 personas que sean capaces de reunir entre todos  2,4 millones de Euros. Nada obliga a que el porcentaje de participación de cada "socio" de la SICAV sea igual, es decir, puede componerse de 100 personas que participan con la misma cantidad de dinero (24.000 Euros cada uno), y también pude componerse de un número menor de titulares con los necesarios subordinados hasta sumar 100 "socios". En otras palabras, alguien con 2,4 millones de Euros y poder suficiente para ordenar que 99 personas le acompañen con un solo Euro, puede tener el 99,99% de una SICAV, que se formará sólo para que él  invierta y pague como impuesto el 1%, frente al 21% de IVA, el 30% del Impuesto de Sociedades, el 52% de marginal del I.R.P.F., etc.

La SICAV no es algo para particulares, ni siquiera para particulares con dinero. Es un medio diseñado para profesionales de las inversiones que tienen la obligación de invertir el capital en activos financieros, desde acciones hasta bonos; desde deuda pública hasta privada.

Como sólo tributa un 1%, el 99% restante del beneficio obtenido puede reinvertirse, es decir, no solamente está pensado para profesionales de la inversión, está pensado para que tenga una capacidad de crecimiento exponencial, si la comparamos con otros inversores que pagan el 25%  de Impuesto sobre Sociedades, como media europea.

Cuando el inversor se retira de la SICAV y recoge sus ganancias, el beneficio correspondiente se califica como ahorro y, entonces, tributa entre un 19% y un 23%. Menos que en el Impuesto de Sociedades, pero mucho mas que en Luxemburgo.

Si comparamos la tributación de la SICAV con las tablas de este año del I.R.P.F., cuya declaración hemos sufrido hace apenas unos meses, veremos que el tipo medio de gravamen del 19% de IRPF, corresponde a una base imponible general de unos 20.000 Euros, y el tipo de gravamen del 23% a una base imponible de 33.000 Euros anuales (datos referidos a la Comunidad de Madrid). Es obvio que quien gana 33.007 Euros al año, nunca puede reunir 2,4 millones de Euros. En conclusión, la desigualdad en la tributación es manifiesta.

Recientemente saltó el escándalo al conocerse que el sistema de pensiones de los eurodiputados tiene sus fondos colocados en una SICAV, radicada en Luxemburgo. Pese a reconocer que la fórmula es totalmente legal, surge la duda inmediatamente pues no puede obviarse que las SICAVs proceden de una normativa europea, de la que se benefician los propios diputados europeos. Se cierne el velo de la sospecha porque los padres de esta norma son los mismos eurodiputados, porque beneficia a los ricos y a los muy ricos, que suelen realizar aportaciones electorales, y también a los muy influyentes, que son los propios parlamentarios. Todo este cúmulo de intereses cruzados debe ser una coincidencia pues, en caso contrario, todo el Parlamento Europeo tendría un grado de corrupción equivalente, no a la media de sus miembros, sino a la suma de todos ellos.

Pero, pasemos a analizar la cuestión:

En 1990, las pensiones de los eurodiputados dependían de los correspondientes Estados pero, a iniciativa de los propios eurodiputados, y con la finalidad de "limar diferencias", se crea un "Fondo Complementario Voluntario", es decir, que quién quería pagaba un sistema "privado" de pensiones con cargo a su propio sueldo.

Con este sistema existían dos desigualdades, cada eurodiputado cobraría según las normas de su país, existiendo diferencias y, quien suscribía el fondo voluntario, sufría a su vez una doble discriminación: iba a cobrar más pensión que los demás, cosa que los otros le debían permitir, y tenía menos dinero disponible mensualmente que esos "demás".

La solución era sencilla, lo uno por lo otro, que todos los eurodiputados cobrasen igual y a todos se les pagase la misma pensión, y el modo de conseguirlo fue que el Parlamento asumiese todos los gastos. Esto ocurrió en el año 2009.

Tradicionalmente o, en muchos casos, en Europa, se igualan las prestaciones, fijando mínimos, casi siempre el más mínimo de sus miembros o, en el mejor de los casos, un poco por encima pero muy poco, no crean. Pero en el caso de los eurodiputados, se permitió un sistema máximo nuevo, que va en contra de la solidaridad del sistema europeo de pensiones, donde esta generación paga las pensiones de la anterior, en la confianza de que la siguiente hará lo mismo con ella, pero no ellos, pues sus fondos son únicamente para ellos.

La igualdad de prestaciones de los eurodiputados consistió en respetar los sueldos percibidos antes de hacer la aportación voluntaria e igualarlos por arriba, en consecuencia, el sistema de pensiones dio como resultado una cantidad muy superior a la pensión más alta del país que, en Europa, abona las pensiones más altas, sin estar sujeta a cambios futuros, quiebras de los sistemas nacionales de pensiones, decretazos, etc.

Y, no contentos con todo lo anterior, teniendo información, poder y los contactos necesarios, los eurodiputados decidieron maximizar sus rendimientos, creando la fórmula que menos impuestos pagaba y que, además, se dedica a invertir grandes cantidades de dinero en los mercados. Precisamente, en los mercados que se regulan con las normas que los mismos europarlamentarios dictan influidos por los intereses de los diferentes partes y con toda la información necesaria y secreta, como para dictar esas normas.

Por supuesto, no podemos dudar que el gestor de la SICAV no tuvo nunca, ni información, ni indicación, ni influencia alguna, y era libre de actuar en los mercados sin ningún privilegio o información privilegiada porque eso es lo que debe pensar cualquier persona políticamente correcta.

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