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26/04/2024. 16:51:46

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Los reales decretos que han venido para quedarse: no “desdigitalicemos” lo que se ha comprobado que funciona

COFUNDADOR DE CYSAE, PARTNER TECNOLÓGICO DE LARRAURI & MARTÍ.

Digital Transformation

Los expertos aseveran que, en los escasos dos meses de confinamiento, el mundo se digitalizó más de lo que lo hubiera hecho en tres años, si el coronavirus no hubiera aparecido. Esta disrupción ha supuesto enormes hitos, como la constatación de que el teletrabajo funciona, que las reuniones pueden celebrarse 100% a distancia, que el papel y boli no son tan necesarios, que el estado de la ciberseguridad es altamente seguro- (no he oído hablar de hackeos masivos ni de caídas de red de algún sistema operativo o plataforma importantes) y que, casi todo lo que se hace off-line, puede llevarse al mundo online de una u otra manera.

Paralelamente, también la legislación se ha actualizado a pasos agigantados. Muchas de estas actualizaciones se han llevado a cabo para permitir- desde un punto de vista legal- hacer determinadas gestiones, trámites y procedimientos a distancia y, sobre todo, a través del uso de herramientas tecnológicas. Desde el punto de vista societario, los avances han sido enormes, tales como:

  • La posibilidad de celebrar reuniones de forma telemática por videoconferencia o llamada sin necesidad de modificación estatutaria; o
  • La posibilidad de celebrar reuniones por escrito y sin sesión sin necesidad de modificación estatutaria;

Además, existen otros proyectos legislativos que no tardarán en ver la luz, como la digitalización de determinados trámites que actualmente se realizan en papel ante notario, como puede ser el otorgamiento de poderes.

La pregunta que cabe hacerse es ¿estas modificaciones legislativas han venido para quedarse o son de carácter transitorio? A nuestro juicio, muchas de estas modificaciones deberían permanecer vigentes.

El RDL 21/2020 del mes pasado parece que viene a confirmar este criterio, ya que indica que “aunque los estatutos no lo hubieran previsto, durante el periodo de alarma y, una vez finalizado el mismo, hasta el 31 de diciembre de 2020, las sesiones de los órganos de gobierno y de administración de las sociedades mercantiles (…) podrán celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple (…).

Esa coletilla en negrita y subrayada, que alarga el periodo de vigencia de la norma hasta el 31 de diciembre va a ser introducida, a nuestro juicio, en otras normas. No sólo eso, sino que creemos que deberían ya permanecer vigentes sin dies ad quem.

Además, en la línea de lo comentado al inicio del artículo, en los últimos meses se han desarrollado herramientas tecnológicas diseñadas expresamente para dar viabilidad técnica a estas nueva formas de proceder telemáticamente, a nuevas formas de comunicación entre empresas e intra-empresa, a mejores formas de firmar documentación y de almacenamiento de la misma, por lo que no tiene sentido dejar atrás dichos avances- que hacen más seguro y eficiente el día a día de las empresas y los despachos- y volver a un sistema basado 100% en el papel y, en ocasiones, en burocracia innecesaria.

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