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19/03/2024. 09:04:52

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Legislación autonómica: la cosecha normativa del 2019

Magistrado. Doctor en Derecho

Javier Fuertes

(Sobre lo que regulan y no regulan los Parlamentos Autonómicos)

Frente a la escasa cosecha de normas con rango de Ley salidas de nuestro Parlamento nacional  limitada a tres Leyes Orgánicas (dos reformas del Código Penal y una del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana), cinco Leyes ordinarias (secretos empresariales, violencia doméstica, Mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria, contratos de crédito inmobiliario y propiedad intelectual, ésta última para transponer Directivas de la Unión Europea de 2016 y 2017) y dieciocho Reales Decretos-Ley de muy heterogéneo contenido, las Asambleas Autonómicas nos han dejado más de trescientas leyes, si bien lo cierto es que no todos han trabajado por igual.

Están los Parlamentos que han trabajado a destajo, con un alto nivel de productividad (al menos en términos cuantitativos), aquellos que han conseguido dictar veinticinco Leyes. Es el caso de las Islas Baleares (con 25 normas), Aragón (27), las Islas Canarias (29), Catalunya (30) o el Parlamento de  la Comunidad Foral de Navarra (con 41).

En segundo lugar conforman un gran pelotón los que han redactado entre diez y veinte leyes, como son Andalucía (11), Cantabria (11), Asturias (12), Castilla-La Mancha (13), Asturias (14), Madrid (14), el País Vasco (14), la Región de Murcia (15), Castilla y León (16), Extremadura (19) y la Comunidad Valenciana (20).

Y las menos productivas, siempre en términos de cantidad de Leyes, como Galicia (9) y La Rioja (4).

Pero es obvio que es preciso analizar, aunque sea de forma somera y superficial, otros parámetros sobre el tipo de las leyes aprobadas, entre los que se encuentra, por su relevancia práctica, la aprobación de la ley de Presupuestos para el año 2020. Y no todas han cumplido con esa básica obligación. Sí lo han hecho Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Galicia, Comunidad Valenciana, País Vasco,

No ha aprobado sus cuentas la Comunidad Autónoma de La Rioja (por aquello de que dejaron la formación del gobierno para septiembre y que siguen con los presupuestos del 2018). Tampoco lo ha hecho la Región de Murcia, que reguló por Decreto-ley la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2019. Ni Madrid, que regulo mediante Decreto la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid de 2019 para el año 2020. Al igual que Castilla y León, que estableció por decreto las condiciones de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2018 en el ejercicio de 2020.

Y, en el caso de Cataluña, de Extremadura y de la Comunidad Foral de Navarra, los presupuestos para el año 2020 se encuentran en fase de tramitación.

Una muestra que hacer muchas leyes no conlleva el hacer las que realmente son imprescindibles, como lo son aquellas en las que se tienen que recoger las cuentas anuales.

Ahora bien, y con todos los riesgos que ello supone, por opinable,  conviene destacar algunas de las leyes aprobadas por cada una de las diferentes Comunidades Autónomas.

En el caso de Andalucía sería el Decreto-ley  de Medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares.

Para Aragón podrían ser las Leyes  de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón, la de derechos y garantías de personas con discapacidad y la Ley que aprueba el texto refundido de las Leyes civiles aragonesas en materia de custodia.

De Asturias, la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud.

De las Islas Baleares resulta especialmente difícil al haber muchas candidatas. Ley de residuos y suelos contaminados, Ley de Gobierno, la ley por la que se modifica el régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades, la que se ocupa de los derechos de la infancia y adolescencia, la del voluntariado social, así como las relativas al patrimonio inmaterial o la inmediación.

Tampoco resulta fácil en Canarias, de donde cabría destacar la modificación de las leyes reguladoras de cabildos y municipios, de vivienda y del suelo y espacios protegidos, si bien es cierto que hay mucho más.

De Cantabria habría que quedarse con las que buscan la efectiva igualdad entre hombres y mujeres y la de Garantía de los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En el caso de Castilla y León resultan relevantes las modificaciones de la Ley de caza, de la de urbanismo, así como la de medidas urgentes en materia de sanidad.

De Castilla-La Mancha con las leyes de economía circular y de consumo.

Tampoco resulta fácil en Cataluña, donde destacan medidas sobre acceso a la vivienda, cambio climático, así como las relativas a las prestaciones sociales de carácter económico y garantías para las personas con discapacidad sensorial.

De Extremadura no son pocas las normas a destacar. Es el caso de la regulación de urbanismo, vivienda, espectáculos públicos, voluntariado, consumo.

De Galicia habría que quedarse con la de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas así como la del patrimonio natural y de la biodiversidad.

De La Rioja con la modificación de la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

De la Comunidad de Madrid con la de Transparencia y de Participación.

En el caso de la Región de Murcia podrían ser las medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinaria o la de Protección Integral del Mar Menor.

De la Comunidad Foral de navarra, y su ingente producción normativa, bien se pueden destacar la de reforma de la Administración Local, la modificación de la Ley de Haciendas Locales, la de contratos públicos, la que regula el derecho subjetivo a la vivienda o la que se destina a la participación democrática.

En el País Vasco se han dictado importantes normas, entre las que deben destacarse las relativas a la sostenibilidad energética, patrimonio cultural, o establecimientos comerciales.

Tampoco es fácil en la Comunidad Valenciana, donde bien podríamos quedarnos con las leyes sobre infancia y adolescencia, servicios sociales inclusivos, regulación de grupos de interés, entre otras muchas.

Cantidad y variedad. El tiempo dirá cuántas se encuentran en el ámbito de sus competencias y dentro del reparto establecido con el Estado. A buen seguro, algunas serán objeto de estudio por nuestro Tribunal Constitucional.

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