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UNIDROIT se inicia en los contratos agrarios

Profesor Titular de Derecho Mercantil
Universidad Pública de Navarra

Mª Concepción Pablo-Romero Gil-Delgado

Con el proyecto de la elaboración de una Guía Jurídica para los Contratos Agrarios UNIDROIT (Instituto para la Unificación del Derecho Privado) se propone abrir nuevas líneas de trabajo y colaborar, de esta forma, al desarrollo económico y social, aprovechando su proyección en el derecho privado y en, particular, en el ámbito de la producción y las inversiones en el sector agrícola y, todo ello, de acuerdo con los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU. Por otra parte, Unidroit se encuentra en una inmejorable situación para promover acciones en este sector – siempre dentro del ámbito del derecho privado- debido a sus relaciones con otros organismos internacionales, como la FAO y el IFAD, lo que le permiten aprovechar sus experiencias en el ámbito del desarrollo agrícola y la alimentación. No se piense, sin embargo, que es la contribución al desarrollo el único objetivo de la guía, que debe servir para articular un marco de referencia del contrato agrario que responda a las nuevas necesidades del sector agroalimentario, tanto en países en desarrollo como en los desarrollados.

 El interés del Unidroit surgió al observar los cambios que se han producido en las relaciones de relación entre productores y compradores de los productos agrarios, en especial en el sector alimentario, ya que es frecuente que las compañías interesadas en la adquisición de productos de alimentación, no se limiten a adquirir lo producido, sino que exigen compromisos de cantidad y calidad, proporcionado, incluso, los materiales necesarios para la producción,  como semillas o fertilizantes, dando también asistencia técnica o instrucciones acerca de la producción o el resultado final. Por otro lado, los compradores, en muchos casos, compañías internacionales adquieren las materias necesarias en distintos países y a distintos productores, repartiendo de este modo sus riesgos, mientras que éstos, en cambio, suelen estar vinculados solamente a una o dos empresas con lo que soportan todo el riesgo de la explotación sin posibilidad de traspasarlo a otros. Es en este contexto, donde Unidroit entiende que sería de gran utilidad la existencia de una guía que oriente a productores y compradores en las nuevas formas de contratación,  de manera que tengan a su disposición un instrumento útil en la negociación y en el establecimiento de las relaciones contractuales en el este sector de la agroindustria.

A partir de  2009, en la sesión 88 del UNIDROIT, se iniciaron las actividades que han puesto en marcha un grupo de trabajo para la de una Guía Jurídica para la Contratación Agraria (Legal Guide on Contract Farming). En el grupo participan, junto con los representantes del Unidroit, representantes de la FAO y del IFAD, con amplia experiencia en el ámbito de los contratos agrarios, o de la agricultura por contrato como lo denominan en la FAO,  así como representantes de distintas organizaciones internacionales de productores agrarios.

La guía se plantea como un instrumento que sirva de marco de referencia a la contratación en el ámbito agrícola y tiene como  objetivos servir de ayuda, proporcionando un instrumento útil a todos los participantes en la cadena de producción y comercialización de los productos agrícolas que redunde en un mejor y más claro establecimiento de las relaciones contractuales, ya sean productores, empresas transformadoras o distribuidoras. Por otra parte, el hecho mismo de una mejor y más clara relación  entre los participantes en el mercado de productos agrarios  beneficiará sin duda a los consumidores finales.  Y será útil, en la medida en que ayude a las partes  en negociación  y redacción de los contratos que se propongan realizar, al identificar los problemas habituales en la contratación y proponer las posibles soluciones. El hecho de que la guía proporcione una información adecuada y suficiente de los problemas que puedan plantearse entre los contratantes debe servir también para eliminar los desequilibrios en la posición de los contratantes y ayudar, por tanto, a acrecentar la confianza de las partes a la hora de negociar contratos agrarios.

El punto de partida del trabajo es la delimitación de la propia categoría de los contratos agrarios. El término contrato agrario, en el sentido de esta guía, hace referencia a  la particular forma de aprovisionamiento de las compañías que controlan el mercado para abastecerse y asegurarse el acceso seguro a los productos agrícolas o materias primas que reúna las condiciones adecuadas y especificadas en el contrato de calidad, cantidad, localización geográfica y tiempo. En un sentido más estricto, se entienden comprendidos en esta denominación los contratos en los que se involucra el comprador en la producción ya que proporciona al productor algunos de los  elementos necesarios para la misma. En España, puede incluirse en esta categoría la figura contractual regulada en Cataluña, en la Ley 2/2005, de 4 de abril, de contratos de integración. 

En una definición tan amplia caben, desde luego, una  gran variedad de formas, pero la Guía que se propone se centrará en lo que se denomina contratos de producción agraria (agricultural production contract) y que presentan las siguientes características: 1) el agricultor proporciona la tierra, las instalaciones fijas, equipos y trabajo, y acuerda con el contratante la producción de un determinado producto en una fecha determinada, siendo típico que el agricultor solo contrate con una empresa en exclusiva;  2) el contratante encarga la producción de forma que se realice de una determinada forma y con determinadas técnicas de cultivo o producción, dando información, si es necesario, y supervisando la producción;  3) el contratante señala el tipo de elementos que deben ser utilizados en la producción y, es frecuente, que los proporcione él mismo;  4) el precio, pagadero en diversas modalidades, transfiere el valor y determina quien soporta el riesgo.

La primera reunión de trabajo se celebró en Roma los días 28 a 31 de enero pasados, y en ella se debatieron, partiendo de un documento elaborado por la Secretaría General de Unidroit,  desde los distintos puntos de vista de los participantes, las cuestiones fundamentales que preocupan a los diferentes operadores en el sector de la agroindustria y  se entienden que deben estar incluidas en la guía, tales como  la conclusión y documentación del contrato, las obligaciones de las partes, su incumplimiento y las acciones para remediar sus consecuencias,  la duración y renovación del contrato, la ley aplicable y la resolución de conflictos.

Debe quedar claro que no se pretende la elaboración de un cuerpo normativo de armonización contractual sino de establecer, de forma clara y precisa, un régimen general que sirva para su adaptación a las distintas realidades negociales y que pueda, por tanto,  resultar de utilidad  para los contratantes pero también   para  los distintos legisladores nacionales a la hora de abordar el desarrollo de su legislación particular. Está previsto que el grupo de trabajo se reúna en varias ocasiones  a lo largo de este año 2013, y en la primera mitad de 2014 para terminar el estudio y poder presentarlo a la Asamblea General para su aprobación.

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