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03/05/2024. 10:00:51

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Sucesión intestada transfronteriza: adjudicación hereditaria a favor del Estado español de causante española nacida en Argentina

Conviene partir de la base que, la declaración de heredero abintestato a favor del Estado precisa de la prueba de la ausencia de parientes con derecho a heredar (cfr. artículos 954 y 956 del Código civil). Ello implica la necesidad de acreditar la inexistencia de cónyuge supérstite, hermanos, hijos...

Entrada en vigor del registro de empresas acreditadas

Desde el pasado día 26 de agosto quienes contraten o subcontraten la realización de cualquier trabajo en una obra están obligadas a acreditar que...

El procedimiento por precario: una simplicidad sólo aparente

La vigente LEC busca, si atendemos a la dicción de lo dispuesto en el art. 250.1.2º, limitar aquello que pueda conocerse en los procesos por precario a aquellos supuestos en que, según el concepto originario del término precario, se busca la "recuperación de la plena posesión de una finca rústica o urbana, cedida en precario". Por lo tanto, cuestiones más complejas en las que exista un origen distinto de esa posesión, deberán ser discutidas en sede del juicio ordinario, reservándose el juicio verbal, según también viene a explicitarse en la Exposición de Motivos de la norma invocada, para "aquellos litigios caracterizados, en primer lugar, por la singular simplicidad de lo controvertido y, en segundo término, por su pequeño interés económico".

La declaración de obra nueva y el depósito del libro del edificio en notaría

Desde la entrada en vigor de la vigente Ley del Suelo, se exige en la declaración de obra nueva terminada (lógicamente también en las...

La cláusula sobre modificación de proyecto en los contratos de compraventa sobre plano

Las cláusulas que suelen recogerse en los contratos de compraventa sobre plano y que autorizan a la promotora la modificación del proyecto  en caso de concurrencia de circunstancias técnicas, constructivas o impuestas por autoridad,  no sólo son admisibles en el tráfico inmobiliario, sino útiles para abordar los imponderables e imprevistos que pueden surgir en un proceso dinámico como es el constructivo, si bien la validez y eficacia de las mismas dependerá de factores que, en última instancia, serán examinados en sede judicial.

El libro blanco sobre integración del mercado europeo del crédito hipotecario

Han coincidido en el tiempo y en la preocupación y resolución de los problemas el Libro blanco sobre la integración de los mercados de crédito en la UE y la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero. El Libro blanco preconiza la aplicación de la rei sitae, pero España se encuentra en el buen camino hipotecario.

La existencia de preferencia adquisitiva del arrendatario en la adjudicación en pago de deudas de viviendas alquiladas

La Dirección General de los Registros y del Notariado en la resolución de 10 de diciembre de 2007 sostiene que no es necesaria la notificación al arrendatario cuando se adjudica en pago a tercero la finca arrendada pues el Art. 25 LAU solo exige la notificación en los supuestos de venta. El rigorismo literalista de la resolución y la limitación que se quiere imponer vía administrativa a la función calificadora de los registradores no parece muy conforme con el espíritu y finalidad de la norma "interpretada".

Valor del edificio asegurado en los seguros decenales de la ley de ordenación de la edificación

La doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado ha consolidado la posibilidad de hasta tres valores diferentes en una escritura de declaración de obra nueva: el aproximadamente real, el fiscal y el asegurado, con el riesgo y la inseguridad que ello conlleva.

La utilización de las legislaciones autonómicas fuera de su territorio. la propiedad horizontal catalana como ejemplo

La proliferación en España de regulaciones que van más allá de la conservación o desarrollo de los antes denominados derechos forales, hace que en ocasiones sea aconsejable, a modo de derecho comparado, el recurso a los diferentes derechos autonómicos para resolver problemas o "dar ideas". Se propone como ejemplo la regulación de la propiedad horizontal en Cataluña realizada por el Libro V del Código Civil Catalán

Entrega de cantidades a cuenta en la compra de viviendas no terminadas

A pesar de algunas contradicciones en su literalidad, la Ley 57/1968 parece estar articulando medidas para garantizar al comprador de una vivienda, no sólo el inicio y terminación de las obras en la fecha pactada, sino también la entrega de la vivienda en plazo. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, amplió esta protección a la construcción de toda clase de viviendas.
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