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26/04/2024. 13:04:18

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García-Calvo: Magistrado Constitucional

colaborador de Legal Today

Luis Jimena
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El autor critica el linchamiento mediático sin precedentes al que ha sido sometido Roberto García Calvo en el mismo día de su muerte, a quien se ha juzgado en su condición de Magistrado Constitucional en determinados medios de comunicación como reo o sospechoso de "reaccionario" (o calificativos aún más peyorativos) sin evidencia, prueba o referencia alguna a una sola sentencia constitucional en la que haya intervenido.

Luis Jimena Quesada

En el Diccionario de la Real Academia Española se define "linchar" (del nombre de Charles Lynch, juez de Virginia en el siglo XVIII) como "ejecutar sin proceso y tumultuariamente a un sospechoso o a un reo". Pues bien, García-Calvo ha sido objeto de un linchamiento sin parangón en el mismo día de su fallecimiento en importantes medios de comunicación de difusión nacional (prensa -escrita y digital-, radio y televisión), destacándose sesgadamente más sombras que luces de algún cargo oficial que ocupó durante el franquismo (omitiéndose o pasándose por alto, por ejemplo, que rechazó ser miembro del Tribunal de Orden Público) y, sobre todo, silenciándose los aspectos profesionales de su trayectoria como miembro de la carrera fiscal y judicial y, desde 2001, como magistrado del TC.

No recuerdo haber oído críticas más acerbas siquiera con relación a Ministros o Periodistas "de la democracia" que durante el franquismo militaron en movimientos afines u ocuparon puestos de responsabilidad en la prensa del movimiento. El caso es que García-Calvo accedió al Tribunal Constitucional en 2001 (a propuesta del PP, en el cupo de los cuatro magistrados nombrados por el Congreso) sometiéndose al recién establecido examen parlamentario de los aspirantes a magistrados constitucionales (junto a Javier Delgado, Eugenio Gay y Elisa Pérez), trámite que para él comportó una especie de "interrogatorio de democracia" llevado a cabo por el portavoz socialista, quien efectuó una "audiencia sobre sus opiniones o ideas" (le preguntó su opinión acerca de las parejas de hecho o del aborto) y no sobre su idoneidad profesional como "jurista de reconocida competencia" (art. 159.2 de la Constitución): ¿Acaso no está reconocido el derecho a no declarar sobre su propia ideología en el texto constitucional? ¿Cómo puede alguien defenderse de acusaciones de tinte ideológico cuando se es Magistrado Constitucional y, más aún, después de muerto?

En efecto, los Jueces (también los Magistrados Constitucionales) hablan por sus sentencias. Si nos ceñimos a su etapa como Magistrado Constitucional, ¿puede alguien construir una "teoría de la reacción política" en la persona de García-Calvo? Más aún, ¿puede alguien aportar una sola sentencia constitucional en la que él haya sido ponente o haya formulado un voto particular en tal dirección? Lo dudo. Si accedemos a la base de datos del TC, comprobaremos que García-Calvo figura como ponente de más de un centenar de sentencias, entre las que obviamente pueden encontrarse ejemplos en los que el Alto Tribunal ha declarado inconstitucionales leyes estatales aprobadas durante la etapa de gobierno del PP (por ejemplo, STC 36/2005, de 17 de febrero, sobre inconstitucionalidad de diversos preceptos de la Ley 15/2002, de 1 de julio).

¿Es justo entonces efectuar un "juicio de valores" respecto a García-Calvo en su calidad de Magistrado Constitucional en semejantes condiciones? Se le juzga por la posición que supuesta o previsiblemente habría adoptado en la "futura" sentencia sobre el Estatuto Catalán, o en la "futura" sentencia sobre la ley de matrimonios de personas del mismo sexo. Por lo demás, en la reciente sentencia que avala la constitucionalidad de la ley de violencia de género había anunciado un voto particular, ni siquiera discrepante, sino concurrente; y fue recusado en el recurso que se resolvió mediante la sentencia que confirmó la constitucionalidad de la llamada "enmienda Casas" por una crítica que a mí me parecía razonable, pero que lógicamente él tenía que haber formulado con motivo de la sentencia a través de la oportuna opinión disidente y no en una carta dirigida a la Presidenta del TC. ¿Es justo entonces juzgar la trayectoria de García-Calvo en el TC por estos episodios, o culparle de todos los males del desprestigio actual del TC a tenor de esa carta "imprudente"?

Ni siquiera se trataría de rendirle tributo u homenaje como Magistrado Constitucional por su labor profesional en el Alto Tribunal. Se trataría, siquiera, de dejarle que "descanse en paz"; o, al menos, quien desee ejercer una sana y plural crítica sobre su figura como Magistrado Constitucional, que se moleste en acceder a la base de datos del TC para ilustrar esa crítica con una sola prueba. Mucho me temo que a la mala imagen actual del TC, al margen de las tensiones internas que puedan existir entre los Magistrados Constitucionales, están contribuyendo sobremanera los medios de comunicación social, al retratar una institución dividida entre "progresistas" y "conservadores". El fallecimiento de García-Calvo, lamentablemente, ha alimentado más debate sobre la composición "política" que queda en el TC de cara a la resolución del Estatuto catalán (el TC ya se enfoca como compuesto por "Ministros de la Corte [Constitucional]" -como se denominan en algunos países latinoamericanos-, o como una "tercera Cámara parlamentaria"), que muestras de condolencias. Lo dicho: descanse en paz.

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